La Academia Venezolana de la Lengua, correspondiente de la Real Academia Española; la Academia Nacional de la Historia; la Academia Nacional de Medicina; la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, la Academia de Ciencias Físicas, Matemáticas y Naturales; la Academia Nacional de Ciencias Económicas y la Academia Nacional de la Ingeniería y el Habitat, en su condición de organizaciones representativas del pensamiento crítico y objetivo de la sociedad venezolana, consideran un deber dar su opinión en torno al cambio constitucional que ha sido propuesto por el Presidente de la República, a la situación que se ha creado con tal motivo y a las consecuencias que se podrían derivar de la falta de un consenso sobre el pacto social que debe unir a los ciudadanos.
Las Academias Nacionales ven con gran preocupación que se pretenda llevar a cabo un cambio constitucional de enorme trascendencia por la vía de la reforma, mecanismo que no es idóneo para realizar ese cambio. El camino legítimo para abordar una modificación limitada de la estructura y de los principios fundamentales de la Constitución -y no de la dimensión propuesta por el Presidente de la República- es la convocatoria de una asamblea nacional constituyente. De lo contrario, se configura un fraude constitucional. Este punto de vista no es una opinión aislada, sino un parecer sustentado en razones muy respetables, un juicio de la comunidad jurídica, incluidas Facultades de Derecho y Colegios de Abogados, que se puede calificar de mayoritario. La escogencia de un camino equivocado para llevar a cabo y hacer aprobar el cambio constitucional propuesto lleva en sí mismo el germen de su ilegitimidad, alegada históricamente para justificar revoluciones y perturbaciones políticas que han afectado a la sociedad venezolana.
La situación se ha hecho aún más delicada con el intento de la Asamblea Nacional de modificar otras disposiciones de la Constitución sin seguir ninguno de los procedimientos de iniciativa previstos en el propio texto constitucional; así como con su pretensión de contrariar el carácter progresivo de los derechos constitucionales, eliminando la cualidad inamovible del derecho a la información y al debido proceso en los estados de excepción; despojando de algunos de sus privilegios a los derechos intelectuales; suprimiendo la representación de la sociedad civil en el Comité de Evaluaciones del Poder Ciudadano; y haciendo más difícil la solicitud de convocatoria de los referendos constitucionales; es decir, alterando negativamente el perfil participativo del texto fundamental; y contrariando su esencia irrevocablemente democrática, cosa que ni siquiera una asamblea nacional constituyente podría realizar.
Toda Constitución, como instrumento fundamental de organización de una comunidad política, ha de ser una manifestación del consenso de los miembros de la sociedad, porque es la base de la convivencia política organizada y de la paz, regula los equilibrios y las relaciones entre los poderes públicos, define los ámbitos de la libertad personal y garantiza la protección de los derechos individuales y sociales. Únicamente mediante el consenso y la exaltación de la convivencia civilizada se puede lograr un verdadero pacto social. Fuera del consenso no hay un auténtico pacto social sino decisión unilateral e imposición de un sector sobre quienes son vistos no como conciudadanos sino como enemigos. Ello resulta absolutamente contrario a la esencia de la verdadera deliberación que es necesaria para elaborar una Constitución, porque en ésta han de quedar salvaguardados los derechos de todos, con lo que triunfan así la convivencia, la justicia y la paz.
Característica esencial del constitucionalismo moderno es el reconocimiento del orden democrático. La democracia no se agota en elecciones y consultas plebiscitarias. Se caracteriza por varios atributos: la soberanía popular, ejercida a través de representantes y, complementariamente, en forma directa; el pluralismo político, representado en el derecho de asociación, el respeto de las minorías y la libre discusión; la división de los poderes, independientes los unos de los otros y con competencias específicas limitadas por la ley; el modelo de economía mixta, con intervención de los particulares en el ejercicio de las funciones de producción e intermediación; la justicia social; el pluralismo cultural, vertido especialmente hacia la educación, hacia los medios de comunicación y hacia cualquier otra forma de concretar la libertad de pensamiento; el reconocimiento de la propiedad privada, de la posesión de bienes, de la libertad de trabajo y de la igualdad de oportunidades; y la confirmación de la existencia de los derechos humanos, valor superior del ordenamiento jurídico. Estas características del ordenamiento democrático constituyen límites infranqueables, pues son inherentes a la persona humana, que ningún poder, ni siquiera constituyente originario, podría legítimamente traspasar. Por ello han sido incorporados como tales al Derecho Internacional Público que obliga a Venezuela.
La propuesta del Presidente de la República ha acentuado la división que sufre la sociedad venezolana. En este caso, sin embargo, no está en discusión el liderazgo del Presidente, como ha ocurrido en los procesos electorales recientes, sino el concepto mismo del país, en un debate cuyo desenlace puede destruir numerosas conquistas democráticas y comprometer gravemente hacia el porvenir la libertad y la seguridad de todos los venezolanos, incluidos, por supuesto, aquellos compatriotas que han ofrecido su respaldo y su voto al Presidente de la República. Todos los sectores, al margen de sus preferencias políticas circunstanciales, deben considerar la gran inquietud que hay en la sociedad por la orientación de los planes educativos, por los ataques a la propiedad privada y por el destino de ésta, por la inseguridad, por la intolerancia y por la consolidación de una insana concentración de todo el poder político y social en cabeza del Poder Ejecutivo.
Las Academias Nacionales estiman que una Constitución no se puede construir ni reformar en medio de una controversia radical; que no se puede obligar a los ciudadanos a someter a la discreción de una eventual mayoría su libertad, su pensamiento, su propiedad o el derecho de educar a sus hijos; que no se debe someter a votación algo que no ha sido suficientemente debatido. Contrariar estos postulados esenciales de la vida civilizada y democrática es crear las condiciones de un conflicto político y social cuyas dimensiones son imprevisibles.
Por las razones anteriores, las Academias Nacionales exhortan a los Poderes Públicos a suspender el curso de una propuesta de cambio constitucional que ha generado un clima de extremada crispación y a llamar a los partidos políticos, a las organizaciones sociales representativas de los empresarios y de los trabajadores, a las universidades, a las organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos humanos y a otros sectores sociales para proponerles un acuerdo mínimo sobre los temas en discusión.
Crear condiciones propicias para una discusión civilizada y democrática de los asuntos constitucionales es un presupuesto indispensable de cualquier proceso de aprobación parlamentaria y de decisión referendaria que sea su consecuencia. En cualquier evento electoral, es necesario que existan los requisitos mínimos para que se obtenga un resultado no sujeto a suspicacias y dignamente aceptable para las minorías disidentes. Cuando los ciudadanos son llamados a pronunciarse en torno al cambio del pacto social, el proceso de consulta ha de estar todavía más alejado de sospechas de manipulación, de ventaja, de abuso o de apresuramiento.
Rtdo. 18/10/07
Las Academias Nacionales ven con gran preocupación que se pretenda llevar a cabo un cambio constitucional de enorme trascendencia por la vía de la reforma, mecanismo que no es idóneo para realizar ese cambio. El camino legítimo para abordar una modificación limitada de la estructura y de los principios fundamentales de la Constitución -y no de la dimensión propuesta por el Presidente de la República- es la convocatoria de una asamblea nacional constituyente. De lo contrario, se configura un fraude constitucional. Este punto de vista no es una opinión aislada, sino un parecer sustentado en razones muy respetables, un juicio de la comunidad jurídica, incluidas Facultades de Derecho y Colegios de Abogados, que se puede calificar de mayoritario. La escogencia de un camino equivocado para llevar a cabo y hacer aprobar el cambio constitucional propuesto lleva en sí mismo el germen de su ilegitimidad, alegada históricamente para justificar revoluciones y perturbaciones políticas que han afectado a la sociedad venezolana.
La situación se ha hecho aún más delicada con el intento de la Asamblea Nacional de modificar otras disposiciones de la Constitución sin seguir ninguno de los procedimientos de iniciativa previstos en el propio texto constitucional; así como con su pretensión de contrariar el carácter progresivo de los derechos constitucionales, eliminando la cualidad inamovible del derecho a la información y al debido proceso en los estados de excepción; despojando de algunos de sus privilegios a los derechos intelectuales; suprimiendo la representación de la sociedad civil en el Comité de Evaluaciones del Poder Ciudadano; y haciendo más difícil la solicitud de convocatoria de los referendos constitucionales; es decir, alterando negativamente el perfil participativo del texto fundamental; y contrariando su esencia irrevocablemente democrática, cosa que ni siquiera una asamblea nacional constituyente podría realizar.
Toda Constitución, como instrumento fundamental de organización de una comunidad política, ha de ser una manifestación del consenso de los miembros de la sociedad, porque es la base de la convivencia política organizada y de la paz, regula los equilibrios y las relaciones entre los poderes públicos, define los ámbitos de la libertad personal y garantiza la protección de los derechos individuales y sociales. Únicamente mediante el consenso y la exaltación de la convivencia civilizada se puede lograr un verdadero pacto social. Fuera del consenso no hay un auténtico pacto social sino decisión unilateral e imposición de un sector sobre quienes son vistos no como conciudadanos sino como enemigos. Ello resulta absolutamente contrario a la esencia de la verdadera deliberación que es necesaria para elaborar una Constitución, porque en ésta han de quedar salvaguardados los derechos de todos, con lo que triunfan así la convivencia, la justicia y la paz.
Característica esencial del constitucionalismo moderno es el reconocimiento del orden democrático. La democracia no se agota en elecciones y consultas plebiscitarias. Se caracteriza por varios atributos: la soberanía popular, ejercida a través de representantes y, complementariamente, en forma directa; el pluralismo político, representado en el derecho de asociación, el respeto de las minorías y la libre discusión; la división de los poderes, independientes los unos de los otros y con competencias específicas limitadas por la ley; el modelo de economía mixta, con intervención de los particulares en el ejercicio de las funciones de producción e intermediación; la justicia social; el pluralismo cultural, vertido especialmente hacia la educación, hacia los medios de comunicación y hacia cualquier otra forma de concretar la libertad de pensamiento; el reconocimiento de la propiedad privada, de la posesión de bienes, de la libertad de trabajo y de la igualdad de oportunidades; y la confirmación de la existencia de los derechos humanos, valor superior del ordenamiento jurídico. Estas características del ordenamiento democrático constituyen límites infranqueables, pues son inherentes a la persona humana, que ningún poder, ni siquiera constituyente originario, podría legítimamente traspasar. Por ello han sido incorporados como tales al Derecho Internacional Público que obliga a Venezuela.
La propuesta del Presidente de la República ha acentuado la división que sufre la sociedad venezolana. En este caso, sin embargo, no está en discusión el liderazgo del Presidente, como ha ocurrido en los procesos electorales recientes, sino el concepto mismo del país, en un debate cuyo desenlace puede destruir numerosas conquistas democráticas y comprometer gravemente hacia el porvenir la libertad y la seguridad de todos los venezolanos, incluidos, por supuesto, aquellos compatriotas que han ofrecido su respaldo y su voto al Presidente de la República. Todos los sectores, al margen de sus preferencias políticas circunstanciales, deben considerar la gran inquietud que hay en la sociedad por la orientación de los planes educativos, por los ataques a la propiedad privada y por el destino de ésta, por la inseguridad, por la intolerancia y por la consolidación de una insana concentración de todo el poder político y social en cabeza del Poder Ejecutivo.
Las Academias Nacionales estiman que una Constitución no se puede construir ni reformar en medio de una controversia radical; que no se puede obligar a los ciudadanos a someter a la discreción de una eventual mayoría su libertad, su pensamiento, su propiedad o el derecho de educar a sus hijos; que no se debe someter a votación algo que no ha sido suficientemente debatido. Contrariar estos postulados esenciales de la vida civilizada y democrática es crear las condiciones de un conflicto político y social cuyas dimensiones son imprevisibles.
Por las razones anteriores, las Academias Nacionales exhortan a los Poderes Públicos a suspender el curso de una propuesta de cambio constitucional que ha generado un clima de extremada crispación y a llamar a los partidos políticos, a las organizaciones sociales representativas de los empresarios y de los trabajadores, a las universidades, a las organizaciones no gubernamentales defensoras de los derechos humanos y a otros sectores sociales para proponerles un acuerdo mínimo sobre los temas en discusión.
Crear condiciones propicias para una discusión civilizada y democrática de los asuntos constitucionales es un presupuesto indispensable de cualquier proceso de aprobación parlamentaria y de decisión referendaria que sea su consecuencia. En cualquier evento electoral, es necesario que existan los requisitos mínimos para que se obtenga un resultado no sujeto a suspicacias y dignamente aceptable para las minorías disidentes. Cuando los ciudadanos son llamados a pronunciarse en torno al cambio del pacto social, el proceso de consulta ha de estar todavía más alejado de sospechas de manipulación, de ventaja, de abuso o de apresuramiento.
Rtdo. 18/10/07
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