19 marzo 2010

Oficialismo - CNE - Oposición




En teoría, el Consejo Nacional Electoral (CNE) es el fiel de la balanza en todos los procesos electorales y refrendarios que se llevan a cabo en el país. Su función es establecer las reglas y los procedimientos por los cuales se rigen los comicios. Su responsabilidad consiste en garantizar la eficiencia organizativa "y en particular, la claridad, equidad y credibilidad de todos estos procesos y sus resultados...".

Desafortundamente, la práctica dista mucho de esta definición. El ente rector del Poder Electoral, integrado por tres sociólogos, una abogada y una licenciada en computación, es cada vez menos imparcial y equitativo, lo que empaña su claridad y, en definitiva, le resta credibilidad.

En medio de las fuerzas oficialista y opositora, el CNE se inclina demasiado hacia la primera, facilitándole ventajas que le niega a la otra, por ejemplo, no regulando la excesiva y, con frecuencia, exarcebada actividad proselitista y electoral del Presidente de la República a favor de sus candidatos a la Asamblea Nacional, pero exigiendo, en cambio, a los medios de comunicación privados -únicos espacios a los que tienen acceso los candidatos de la oposición- una "cobertura equilibrada".

A quien le corresponde mantener una posición equilibrada mediante la aplicación de reglas equitativas para todos y el cumplimiento a cabalidad del procedimiento es, principalmente, al propio Consejo Nacional Electoral.

18 marzo 2010

El futuro se oculta detrás de una nube


Es difícil la vida en medio de un conflicto, sobre todo cuando éste se ha hecho permanente. Trato de mirar hacia delante y lo que veo es una densa neblina de incertidumbre cubriendo el horizonte. Supongo que lo que hay detrás debe de ser mejor o, al menos, distinto, porque al otro lado de esa inmensa nube está el día siguiente, el mes próximo, el futuro. Y resulta que ahora no sé nada al respecto. Ni siquiera consigo convencer a mi imaginación de que realice un ejercicio hipotético de opciones, de estimación de probabilidades. Desde donde estoy ahora, todo a mi alrededor es blanco o negro. Los matices han desaparecido.

Planificar, en estas condiciones, es una estupidez. El plan más ambicioso apenas alcanza hasta un par de semanas. No hay manera de extender el plazo, porque no es posible saber cuántas cosas habrán cambiado en ese breve tiempo. En un país sin estabilidad de ninguna naturaleza, es temerario apostarle al éxito de una meta cuya realización depende más de circunstancias externas que de uno mismo. Asumir compromisos que comportan obligaciones y responsabilidades (comprar un inmueble, emprender un negocio, invertir en activos, mantener el patrimonio, aumentar la familia, estudiar una especialización...) es asumir el riesgo de ser afectado, directa o indirectamente, por decisiones políticas y judiciales que transforman y, con frecuencia, trastornan lo social y lo económico en nuestra vida.

Algunos de mis amigos se han dado cuenta de esto y han enviado a sus hijos a otros países. Esa es una de las pocas decisiones que -todavía- les pertenecen. Lo que para ellos representa un sacrificio personal, familiar y económico, significa para los más jóvenes una oportunidad de conocer otro estilo de vida, de formarse académica y profesionalmente con otros principios, de madurar como seres humanos con otros valores, de lograr la independencia mediante la responsabilidad de sus actos y, fundamentalmente, de disfrutar la libertad fuera de los linderos del miedo, la censura y la represión. ¡Ojalá entiendan cuán afortunados son! Porque la mayoría de los adolescentes y jóvenes venezolanos no tiene la posibilidad de vivir una experiencia semejante.

Si lo que debería mantenerse estable sigue cambiando y lo único que debería cambiar se mantiene estable, el futuro de quienes permanecemos aquí en casi nada se diferenciará de nuestro presente.

16 marzo 2010

El TSJ vuelve a tomar una decisión en su beneficio

En 2007 modificó el criterio para cancelar el ISLR, favoreciendo a quienes más ganan

La decisión del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de aprobar una resolución mediante la cual la mayoría de sus integrantes se podrán jubilar con sus actuales sueldos y podrán seguir en sus puestos hasta que venzan sus mandatos, si así lo desean, ha vuelto a colocar sobre el tapete el tema de las remuneraciones de los magistrados del máximo juzgado.

La profesora de Fisolofía del Derecho de la Universidad Católica Andrés Bello Liliana Fasciani, en un artículo publicado en su blog, aseveró que la medida busca proteger los ingresos de los miembros del alto tribunal de las disposiciones de la Ley de Emolumentos, la cual fija en 12 salarios mínimos el tope de las remuneraciones de los altos funcionarios.

"El espanto ante tan sustancial desmejoramiento de su calidad de vida les ha hecho reaccionar de una manera completamente distinta de la que se espera de revolucionarios auténticos, incondicionalmente comprometidos con el socialismo del siglo XXI, irreductibles defensores de la justicia social y la igualdad de todos y entre todos. Así que los magistrados del TSJ se dejaron de utopías estériles y decidieron ponerse creativos. Pero, esta vez, de la invención no surgió una sentencia complaciente que enarbola los soberanos derechos colectivos del colectivo soberano, sino una resolución artera y desesperada con fines eminentemente individualistas y materialistas. Se apresuraron, pues, a asegurar sus intereses económicos a futuro, mediante una argucia seudojurídica que les permite jubilarse sin desincorporarse de sus cargos", afirmó la catedrática.

La defensora del Pueblo, Gabriela Ramírez, estimó que la resolución fue aprobada en un momento inoportuno y aseveró que "jurídicamente no es posible ser jubilado y continuar en el cargo".

En 2007 el TSJ ya estuvo en el ojo del huracán cuando la Sala Constitucional, a través de una sentencia, reformó el ar- tículo 31 de la Ley del Impuesto sobre La Renta (ISLR), modificando el criterio para calcular este tributo.

En el fallo se estableció que el impuesto debía ser pagado tomando en cuenta solamente el salario, sin los bonos y remuneraciones adicionales.

El pronunciamiento provocó airadas reacciones desde la Asamblea Nacional, donde se llegó a decir que los magistrados de la Sala Constitucional eran "unos mafiosos" que debían estar "en la cárcel".

En ese momento diputados como Carlos Escarrá (PSUV) acusó a los miembros de la instancia judicial de tomar una decisión para proteger sus bolsillos, sin tomar en consideración los intereses nacionales.

Juan Francisco Alonso
EL UNIVERSAL

11 marzo 2010

Magistrados del TSJ, mercantilistas ante la Ley-Tope

Los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia -con la única excepción de la Dra. Blanca Rosa Mármol- son la mejor muestra de lo peor que puede suceder en un Poder Judicial.

Caracterizados por un caradurismo sin precedentes en la historia del más alto Tribunal del país, manifiesto reiteradamente en sentencias cuyos argumentos obedecen a motivos ideológicos y fines políticos, tan diametralmente opuestos a los preceptos constitucionales, a las leyes y al Derecho, reinciden una vez más en sus despropósitos al tenor de una Resolución, dictada y aprobada por ellos mismos, sin el mínimo asomo de vergüenza.

Se han hecho un régimen "especial" de jubilación a la medida de su desmedida avaricia.

Imbuidos del más puro espíritu mercantilista, ante la inminente sanción de la Ley Orgánica de Emolumentos, Pensiones y Jubilaciones de los Altos Funcionarios y Altas Funcionarias del Poder Público y Control del Gasto Suntuario, aprobada en segunda discusión el pasado 16 de diciembre, los magistrados del TSJ se han adelantado a los efectos de esa suerte de Ley-Tope, sin dejar lugar para las dudas acerca de cuál es su única preocupación: la pérdida de su elevadísimo poder adquisitivo. Basta considerar los siguientes datos relativos a sus ingresos actuales:

- Sueldo básico mensual es de Bs.F.40.000, o sea, Bs.40.000.000 de los de antes;
- Prima de antigüedad y de profesionalización, que puede llegar hasta el 30% de sueldo;
- Caja de Ahorro, el equivalente a 15% del sueldo;
- Bono Vacacional, el equivalente a 3 meses de sueldo;
- Bonificación de Fin de Año, cuyo equivalente puede alcanzar hasta 15 meses de sueldo.
A estos conceptos hay que agregar los servicios de escolta de seguridad, chofer, vehículos oficiales, por mencionar algunos de los muchos privilegios de los cuales disfrutan por virtud del cargo y de los favores concedidos.

Esa "isla de la felicidad" en la que viven los magistrados del TSJ -y los demás altos funcionarios del Poder Público- está a punto de hundirse bajo el peso descomunal del artículo 8 de la mencionada Ley, que establece el límite máximo de sus emolumentos mensuales en un monto equivalente a quince (15) salarios mínimos. Es decir que, a partir de la promulgación de la que he denominado Ley-Tope, estos sirvientes del Ejecutivo percibirán Bs.F.14.512,50 mensuales, lo que representa una diferencia de aproximadamente setenta por ciento (70%) menos.

El espanto ante tan sustancial desmejoramiento de su calidad de vida les ha hecho reaccionar de una manera completamente distinta de la que se espera de revolucionarios auténticos, incondicionalmente comprometidos con el socialismo del siglo XXI, irreductibles defensores de la justicia social y la igualdad de todos y entre todos. Así que los magistrados del TSJ se dejaron de utopías estériles y decidieron ponerse creativos. Pero, esta vez, de la invención no surgió una sentencia complaciente que enarbola los soberanos derechos colectivos del colectivo soberano, sino una resolución artera y desesperada con fines eminentemente individualistas y materialistas. Se apresuraron, pues, a asegurar sus intereses económicos a futuro, mediante una argucia pseudojurídica que les permite jubilarse sin desincorporarse de sus cargos. Un acto lo bastante deshonesto que explica por si solo lo inexplicable de la jurisprudencia de la última década.

La Dra. Blanca Rosa Mármol votó en contra de la resolución. Al parecer, otro magistrado, para no votar en contra ni a favor, abandonó la Sala antes de la votación.

Texto completo de la Resolución Nº2010-00, tal como lo recibí de mi fuente.


Caracas, ____ de marzo de 2010
199º y 151º

RESOLUCION Nº 2010-00

El Tribunal Supremo de Justicia en ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 267 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con las que preceptúan los artículos 1º y 20 in fine de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia de la República Bolivariana de Venezuela,

CONSIDERANDO

Que el artículo 89 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece: "El trabajo es un hecho social y gozará de la protección del Estado. La Ley dispondrá lo necesario para mejorar las condiciones materiales, morales e intelectuales de los trabajadores y trabajadoras...";

CONSIDERANDO

Que el numeral 1 del señalado artículo 89 Constitucional señala: "... ninguna Ley podrá establecer disposiciones que alteren la intangibilidad y progresividad de los derechos y beneficios laborales...";

CONSIDERANDO

Que la Ley de la Corte Suprema de Justicia, la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y el Reglamento vigente para el régimen de jubilaciones y pensiones del Tribunal Supremo de Justicia, establecen el beneficio de jubilación para los Magistrados y Magistradas;

CONSIDERANDO

Que la jubilación es un derecho derivado del hecho social trabajo que es intangible, progresible e irrenunciable;

CONSIDERANDO

La conveniencia institucional de otorgar el beneficio de jubilación a aquellos Magistrados y Magistradas que tengan derecho a ello y permitir a su vez, que concluyan el mandato constitucional por el periodo para el cual fueron legalmente designados;

RESUELVE

Artículo 1: Se les otorga el beneficio de jubilación a cada uno o una de los Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia que para le fecha de la presente resolución cumplan con todos los requisitos que legal y reglamentariamente se requieran para optar a dicho beneficio.

Artículo 2: Los Magistrados o Magistradas del Tribunal Supremo de Justicia, a los cuales se les haya reconocido el beneficio de jubilación, podrán continuar en el ejercicio de sus cargos, hasta que termine el periodo constitucional para el cual fueron designados o hasta que la Asamblea Nacional efectúe nuevas designaciones.

Artículo 3: La Presidencia del Tribunal Supremo de Justicia, una vez informada de la procedencia del beneficio de jubilación por cumplimiento de los requisitos, queda encargada de la ejecución de la presente resolución.

Artículo 4: Las jubilaciones otorgadas mediante la presente resolución se harán conforme a lo previsto en el Reglamento vigente para el régimen de pensiones y jubilaciones del Tribunal Supremo de Justicia en cuanto se aplique.

Artículo 5: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su aprobación.

Comuníquese y publíquese.

Dada, firmada y sellada en el Salón de Sesiones del Tribunal Supremo de Justicia, en Caracas, a los ________ ( ) días del mes de marzo de dos mil diez. Años: 199º de la Independencia y 151º de la Federación.

04 marzo 2010

Carta a una amiga en el Imperio

Querida amiga Soul:

Te escribo desde esta orilla, azotada a diario por el niño Esteban que sacude las placas totónicas y bolísticas de las heroínas y héroes venezolanos con sismos de diversos grados en la escala de Richpoor, causando desplomes pavorosos en las despensas de los hogares de la patria, en los pupitres de las escuelas, en las camas de los hospitales, en los baches de las carreteras, en los recovecos de los barrios, en los taladros de las petroleras, en los potreros de las fincas, en fin, hasta en las güayas de los puentes. A esto hay que agregar la serie de tsunamis legislativos, con olas gigantescas de hasta quince metros de artículos, que arrasan ferozmente superficies enteras del sector productivo, propiedades privadas, espacios públicos e instituciones. Por desgracia, en éstas últimas la destrucción ha sido total.

Te cuento que, simultáneamente, mientras se sucede una réplica tras otra de este terremoto interminable, cuyo epicentro es sito en Miraflores, bandas de magistrados disfrazados con largas togas y pandillas soldadescas y milicianas armadas saquean y destruyen todos los derechos y libertades que encuentran a su paso.

Los sobrevivientes, algunos verdaderamente en shock, otros un poco desorientados, deambulan por lo que queda de los poblados y ciudades, tratando de encontrar alguna reliquia familiar, una alcancía, o una lonchera, mientras esperan la ayuda humanitaria que debe enviar la OEA y la comunidad internacional. Pero, hasta ahora, lo único que ha llegado es un grupúsculo de zurdos insensibles que quieren ver de cerca los estragos causados por Esteban y que, encima, en vez de traer, se llevan un montón de vainas que aquí nos servirían para reconstruir este país en ruinas.

El resto de nosotros, que es la mayoría, aunque magullados por la fuerza brutal del fenómeno que, en algunas poblaciones, ha cobrado las vidas de muchos compatriotas, estamos vivos, gracias a Dios, procurando rescatar de los escombros a los que están atrapados, cuyos gritos de auxilio nos alcanzan dondequiera que pisamos. Tal como te imaginas, la tarea se complica por la ineficacia de nuestras herramientas jurídicas y por el entorpecimiento de las labores de rescate por parte de las autoridades.

Sin embargo, lentamente, pero con determinación, hemos empezado a remover los cascotes y a despejar las áreas para levantar nuevamente los pilares del edificio constitucional, que es, como bien sabes, la planta matriz de nuestra Democracia. Ella tiene gravísimas lesiones y politraumatismos generalizados que la han dejado al borde de la muerte, por lo que se mantiene en cuidados intensivos. La pobre no previó que su casa sufriría tan serios daños en toda su estructura, principalmente en sus fundaciones. Pero estamos haciendo todo lo posible por salvarla y por restaurar, ladrillo a ladrillo, su digna base de operaciones.

El trabajo es arduo y no admite pausas, pese a que todos los días se producen varias réplicas que nos llenan de espanto. Sin embargo, superado el susto, seguimos trabajando ,y cada vez más gente se anima y se suma a la titánica lucha contra la naturaleza del fenómeno que nos embate.

Ya sé que preferirías estar aquí que en el Imperio, porque, sin duda, tu aporte sería de gran utilidad y provecho. No obstante, piensa en lo mucho que puedes hacer, aun a distancia, concienciando a los paisanos que están allá y acullá acerca de la importancia de divulgar, por todos los medios, la difícil situación en que nos ha sumido el sismo, y la necesidad de recibir sus contribuciones, preferiblemente en un mismo paquete –para reducir costos–, el próximo 26 de septiembre del telúrico y nada corriente año 2010.

Afectuosamente, tu pana, quien suscribe,
Liliana

P.D. Se rumorea que los maracuchos están preocupados porque, para colmo, el Relámpago del Catatumbo no aparece.