31 mayo 2007

Mensaje a los jóvenes que caminan la historia

Por Teódulo López Meléndez*

Primero los regalos, aumentos de sueldo, becas y halagos y después usurpación de las funciones del Consejo Nacional de Universidades y de los Consejos Universitarios de las universidades autónomas. Eso ha sucedido frente a nuestras narices. La zanahoria de la compra no va a funcionar. Las universidades dirán su palabra. Están obligadas a decirla.

Los videos nos muestran la verdad de los hechos, sobre todo en materia de represión. La multitud de estudiantes es la más grande que este columnista ha visto en su vida. Lo dice quien participó activamente en las luchas estudiantiles de los años calientes de la década del sesenta. Los “matemáticos” estériles que sacan porcentajes sobre la población estudiantil y el número de participantes son fofos mentales. Hay una voluntad que apenas requiere de un grito: ¡Viva la inteligencia!

No pretendo ver a Sartre en una barricada en el barrio de Chacaíto. Aquí no existe un Sartre. Esto es lo que tenemos, no más. En la Francia del mayo los filósofos y los intelectuales eran los íconos. Aquí lo son las actrices y los actores. Tenemos lo que los sesudos sociólogos nos han estado repitiendo, un “imaginario colectivo”. La oportunidad es buena para proclamar uno nuevo, pero para ello es menester reclamar a la imaginación su presencia. La imaginación pasa por incluir en el grito una transformación de las universidades, un mantenimiento de una autonomía renovada, un grito a la manera de Córdova. Es decir, llenar la palabra libertad.

Allí, en esa multitud de estudiantes, están los líderes. Deben aprender que no necesitan otros, ni reconocerse en el estereotipo, ni repetir las consignas de otros. Deben abrir la inteligencia y la imaginación, si es que quieren insurgir como la generación del 28, aquella histórica donde estaban Rómulo Betancourt y Jóvito Villalba, entre otros muchos, y marcar la historia de esta república. Nosotros, los de la generación del 58, insurgimos a la caída de una dictadura a la que los universitarios de entonces supieron darle un empuje hacia el final. Nos tocó vivir siempre en democracia, hasta ahora. Estos muchachos de hoy tienen una vaga idea de la tiranía perezjimenista, son hijos de la democracia, no sabían, hasta ahora, como es el aire de un régimen de fuerza.

Y los entrevistados siguen echándose paladas de tierra: “esto no es político”, “nosotros no somos políticos”, “no tenemos nada que hacer con la política”. Cometen el peor error, el más grave de todos. Un ciudadano es un político, no necesariamente un activista político o un dirigente de partido o alguien que pretende ejercer un cargo público. Un ciudadano que reclama un derecho es un político. Los estudiantes que están en la calle están en una acción política, todo el que pelea o emite un grito de defensa o de protesta o de reclamo es un político por la muy sencilla razón de ser ciudadano. La ciudadanía implica el ejercicio diario, cotidiano, constante de la política. El dictador lo que ha pretendido es acabar con la política, definida por mí como el invento de los hombres para vivir en paz, para resolver los conflictos, para armonizar los intereses encontrados con justicia y equidad. Este régimen no quiere política, la quiere extirpar, desaparecer del mapa. Tiene este régimen una contribución valiosa en toda esta cuerda de opinadores que repiten “estos no es política, “yo no soy político”. Semejante declaración permanente convierte a los ojos de la gente a la política en una actividad malsana, detestable y repudiable, para satisfacción del dictador. Los jóvenes deben gritar ¡Viva la política!

Los muchachos que están en las calles deben saber que no son protagonistas de disturbios, que no son siquiera protagonistas de una protesta, que por los azares de la historia se les ha confiado una misión mucho más trascendente: ser parteros de un nuevo tiempo. No están allí para otra cosa que para un despertar. Están allí para tomar un comando donde no hay comandantes. No quiero escribir el día de mañana un artículo titulado “El mayo perdido”. Allí en esa multitud están los estudiantes que hicieron posible aquella frase: “Aquí vive el presidente y el que manda vive enfrente”. Fue en la lucha contra la sucesión de Juan Vicente Gómez y el líder estudiantil que la motivó se llamaba Jóvito Villalba. No puedo saber si esta generación estará a la altura de tamaña responsabilidad. Sólo cumplo con decírselos.

* Escritor

Indiferentes ante el desastre de Irak

Por María José Fariñas Dulce*

Hace 90 años, Antonio Gramsci, del que se cumple ahora el 70 aniversario de su muerte, escribió que la «indiferencia es el peso muerto de la historia». ¿Cuál será 'el peso de la historia' ante el sufrimiento que se ha causado en los últimos años al pueblo iraquí?

Últimamente parece que muchos intelectuales, políticos y periodistas, tanto estadounidenses como europeos, se han ido instalando en el lugar de la indiferencia y el olvido, cuando no de cierta complicidad autista, ante la violencia extrema imperante en Irak, cuya lista de civiles muertos, heridos, desnutridos a causa del largo embargo y desplazados a otros países se incrementa dramáticamente cada día. Indiferencia, también, ante el saqueo desmedido de las riquezas naturales iraquíes y ante la degradación de la democracia, en cuyo nombre se cometen todos estos crímenes. Parece como si se hubieran acostumbrado, cuando adoptan una actitud pasiva, a la estrategia del terror y la barbarie que EE UU ha impuesto en la zona, ante la cual la comunidad internacional, y muy especialmente la Unión Europea, se encuentra paralizada.

El silencio de muchos intelectuales y políticos, junto con la complicidad de algunos medios masivos de comunicación que, a veces, contribuyen a anular la voluntad de las personas y a impedirles ver la realidad, puede conducir a un peligroso solipsismo.

Creo que la voz de este tipo de personas, que tienen capacidad de influir en la opinión pública para concienciar de la barbarie, debería unirse para pedir cada día la retirada de las tropas estadounidenses en Irak y el cese de la política de agresión constante llevada a cabo en la zona de Oriente Medio, tanto por EE UU como por Israel. Debería ser un clamor constante y una denuncia permanente. De lo contrario, la indiferencia o la pasividad pueden servir de sutil coartada para posibles recortes simbólicos o reales en el ejercicio de la libertad de expresión de las ideas y las opiniones relacionadas con determinados temas, como la guerra contra el terrorismo global o la criminalización del Islam y de los musulmanes en países como Estados Unidos. Entrando, de esta manera, en un falso dilema entre libertad y seguridad, que supuestamente inclinaría la balanza hacia ésta en detrimento de aquélla.

Pero no deberíamos olvidar, como no lo hizo Hannah Arendt en su momento, que los recortes en la libertad de expresión enmascaran tendencias totalitarias que pretenden reducir la autonomía y el poder del ser humano, debilitando su capacidad crítica y su dignidad como ciudadanos. Por ello, el verdadero problema no está en mirar hacia otro lado y en olvidar, con mayor o menor rapidez, determinados hechos acaecidos o los datos relacionados con los mismos, sino en algo más profundo.

En primer lugar, está en que la indiferencia (mirar desde la ventana televisiva el sacrificio y sufrimientos de muchos y hacer como si no fuera con nosotros) o, incluso, la aceptación de determinados procesos geopolíticos no conducen más que a un debilitamiento del ser humano, del que sólo la historia podrá dar cuenta.

En segundo lugar, en que la objetivación de dichos procesos, es decir, su presentación como independientes de los actos humanos, conduce a una dejación de la responsabilidad directa o indirecta de los partícipes. Nada de lo que sucede es por casualidad o por azar. ¿Acaso no somos todos culpables cuando nos callamos ante los horrores comedidos en Irak o en Afganistán y ante las torturas y detenciones ilegales que se justifican en aras de la guerra contra el terrorismo global? Sí, lo somos. Y lo que es más grave, nos vamos quedando sin argumentos políticos para defender nuestros propios valores de democracia y libertad.

Y, en tercer lugar, está en saber si los seres humanos somos o no capaces de recordar las injusticias, no con un afán de revancha ni con un interés meramente cuantitativo, sino con la finalidad de hacer justicia a los que fueron atropellados en su lucha por la dignidad y de hacernos justicia a nosotros mismos en la construcción de nuestra historia personal y colectiva.

* Profesora de Filosofía del Derecho de la Universidad Carlos III de Madrid.

30 mayo 2007

CADAL: Declaración en favor de la libertad de prensa en Venezuela

Los abajo firmantes, adherimos a la preocupación expresada por prestigiosas organizaciones internacionales sobre los motivos políticos del Presidente Hugo Chávez para decretar el cierre de Radio Caracas Televisión (RCTV), el canal privado más antiguo del país, cuya concesión expiró el 27 de mayo del 2007.

Esta decisión política del gobierno de Venezuela de no renovar una concesión para transmisión televisiva es un serio retroceso para la libertad de expresión en Venezuela, y está violando el artículo número 1º del Protocolo de Ushuaia que establece lo siguiente: "La plena vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para el desarrollo de los procesos de integración entre los Estados Partes del presente Protocolo". Este Protocolo fue suscripto en la ciudad de Ushuaia, República Argentina, a los veinticuatro días del mes de julio del año mil novecientos noventa y ocho, y a mediados de febrero del 2007 Venezuela lo ratificó formalmente.

Por tal motivo, le reclamamos a los países miembro y autoridades del MERCOSUR, que intercedan ante el gobierno de Venezuela para que deje sin efecto esta medida y que garantice el pleno ejercicio la libertad de expresión en ese país, pues se trata de un pilar básico en el que basa el sistema democrático.

Mariana Aylwin (Ex Ministro de Educación de Chile), Daniel Sabsay (Constitucionalista), Marcos Aguinis (Escritor), Juan José Sebreli (escritor), José Ignacio García Hamilton (Escritor), Fernando Iglesias (Escritor y candidato a Diputado Nacional), Gustavo Espinosa (Representante Nacional, Uruguay), Federico Pinedo (Diputado de la Nación Argentina), Paula Bertol (Diputada de la Nación Argentina), Patricia Bullrich (Presidente Unión Por Todos), Martín Borrelli (Legislador de la Ciudad de Buenos Aires y Presidente del Partido Federal), Marcelo Godoy (Legislador de la Ciudad de Buenos Aires), Marta Varela (Legisladora de la Ciudad de Buenos Aires), Marcelo Meis (Legislador de la Ciudad de Buenos Aires), Carlos Araujo (Legislador de la Ciudad de Buenos Aires), Eduardo Viola (Profesor Titular de Relaciones Internacionales de la Universidad de Brasilia), Tristán Rodríguez Loredo (periodista), Fernando J. Ruiz (Profesor universitario), Carlos Facal (Abogado), Isay Klasse (Editor), Elena Valero Narváez (Escritora), Ricardo de Zavalía (Editor/abogado), Gerardo Ancarola (Abogado), Mary C. Turner (Editora), Noemi Klasse (Profesora), Fernando Gril (Generación Democrática), y Gabriel C. Salvia (Presidente de CADAL).

¿Quién es la Magistrada Luisa Estela Morales?

Una funcionaria del Poder Judicial que fue destituida en dos oportunidades: en 1989 por el Consejo de la Judicatura y en 2003 por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial.

En la Gaceta Oficial Nº 34.354, de fecha viernes 24 de junio de 1989, se publicó la sentencia mediante la cual el entonces Consejo de la Judicatura destituyó del cargo de juez titular del Tribunal de Primera Instancia Agraria del estado Yaracuy a la doctora Luisa Estela Morales Lamuño de Acosta. En el texto de la sentencia se señala que Morales Lamuño incurrió en la alteración de actas y otro concurso de infracciones. El 16 de octubre de 1989, la destituida, asistida por el abogado Morris Siarraalta demandó la nulidad de la resolución invocada para dejarla fuera del Poder Judicial. El magistrado ponente fue Román Duque Corredor. En su decisión declaró sin lugares recurso de anulación interpuesto...

En la Gaceta Oficial Nº 37.810 de fecha 4 de noviembre de 2003, en ponencia de Beltrán Haddad, la doctora Luisa Estela Morales Lamuño vuelve a ser destituida, esta vez como responsable de haber cometido ilícitos disciplinarios...

El 14 de julio de 2004, Laurence Quijada, de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, mediante el oficio Nº 01-2004, se dirige al diputado Pedro Carreño (Nota: hoy flamante Ministro de Interior y Justicia) informándole acerca de los postulados a los cargos de magistrados del Tribunal Supremo de Justicia. En esa lista aparece la doctora Luisa Estela Morales Lamuño; sin embargo, la dos veces destituida del Poder Judicial es nombrada presidenta de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, cargo que ejerce en la actualidad. Morales Lamuño ha sido asomada como seria aspirante a dirigir el máximo tribunal de la República.


GACETA OFICIAL NO. 37.810 DEL 4 DE NOVIEMBRE DE 2003

Resumen de la Sentencia dictada el 30 de octubre de 2003 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL en relación con los jueces sometidos a procedimiento disciplinario: JUAN CARLOS APITZ BARBERA, titular de la cédula de identidad No. 6.887.340; PERKINS ROCHA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad No. 7.211.997; LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, titular de la cédula de identidad No. 2.574.795; ANA MARÍA RUGGERI, titular de la cédula de identidad No. 3.415.308; y EVELYN MARRERO ORTIZ, titular de la cédula de identidad No. 4.084.709, en su condición de Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, publicada en Gaceta Oficial No. 37.810 del 4 de noviembre de 2003.

Ponente: DR. BELTRÁN HADDAD .

"Se dio inicio a este procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Decreto de Régimen de Transición del Poder Público, publicado en Gaceta Oficial N° 36.920, de fecha 28 de marzo de 2000, mediante auto dictado por la Inspectoría General de Tribunales y remisión del presente expediente a esta Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en virtud de oficio N° 1231, de fecha 26 de junio de 2003, suscrito por el Presidente de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, Dr. LEVIS IGNACIO ZERPA, sobre presuntas irregularidades cometidas por los ciudadanos JUAN CARLOS APITZ BARBERA, PERKINS ROCHE CONTRERAS, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, ANA MARÍA RUGGERI y EVELYN MARRERO ORTIZ, en su condición de Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, quienes, una vez notificados de la apertura del procedimiento disciplinario, consignaron sus escritos de defensa cursantes a los folios 24 al 50 de la tercera pieza del expediente, folios 51 al 70 de la tercera pieza del expediente, folios 76 al 97 de la tercera pieza del expediente y folios 255 al 283 de la tercera pieza del expediente.

Cumplidos los trámites procedimentales del caso, se procede a dictar decisión en los términos siguientes:

I.

(…)
Cursa del folio 3 al folio 12 de la tercera pieza del expediente el escrito presentado por el Inspector General de Tribunales, ciudadano SERVIO TULIO LEÓN BRICEÑO, en cuyo texto expresa: "…omissis…de los hechos narrados que constan en las actas que conforman el presente expediente disciplinario, se desprende que los Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo: JUAN CARLOS APITZ BARBERA, PERKINS ROCHA CONTRERAS, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, ANA MARÍA RUGGERI COVA y EVELYN MARRERO ORTIZ, dictaron una sentencia como Tribunal colegiado en la que incurrieron en grave error judicial inexcusable, según lo establecido en sentencia de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 3 de junio del (sic) 2003. Lo anterior implica que estamos en presencia del ilícito disciplinario previsto en el ordinal 4° del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial que a la letra dispone: "Artículo 40: Sin perjuicio de las responsabilidades penal y civil a que hubiere lugar, los Jueces serán destituidos de sus cargos, previo al debido proceso, por las causales siguientes:…omissis…4° Cuando hubieren incurrido en grave error judicial inexcusable reconocido en sentencia por la Corte de Apelaciones o el Juzgado Superior o la respectiva Sala de la Corte Suprema de Justicia…" Resulta evidente que el tipo disciplinario citado se corresponde con el proceder de los Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, al haber acordado el amparo cautelar mencionado, ya que la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, consideró como un error jurídico grave e inexcusable, que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, integrada por los Magistrados antes mencionados, haya dado a un amparo efecto constitutivo (creador de una situación jurídica de la cual no ostentaba el recurrente) y no restablecedor de la situación jurídica infringida "…omissis…es de señalar que en una de las causas cursantes en los expedientes objeto de la solicitud de avocamiento que dio lugar a la sentencia citada de la Sala Político Administrativa (expediente N° 02-1724), la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo demostró su disposición de rectificar, pues, ante un recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con amparo cautelar interpuesto contra el mismo acto denegatorio de inscripción registral antes señalado, desestimó la solicitud de amparo, argumentando entre otras cosas que el amparo cautelar no podía ser empleado para ordenar la protocolización del documento de compra venta, siendo ésta la materia que debería ser resuelta en la sentencia de fondo del recurso de nulidad. Esto llevó a la Sala Político Administrativa a admitir que tal fallo interlocutorio "expresa un espíritu de rectificación", pero también señala que esa misma circunstancia evidencia la inconsistencia en el proceder jurisdiccional de esa Corte, lo cual atenta contra la seguridad jurídica y puede afectar el debido tráfico inmobiliario…el indicado "espíritu de rectificación" no parece en criterio de este Órgano Disciplinario, suficiente para eximir de responsabilidad a los Magistrados investigados…por todo lo antes expuesto, acudo ante esa Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, para formular ACUSACIÓN en contra de los ciudadanos: JUAN CARLOS APITZ BARBERA, PERKINS ROCHA CONTRERAS, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, ANA MARÍA RUGGERI COVA y EVELYN MARRERO ORTIZ, en su condición de Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, por haber incurrido en grave error judicial inexcusable reconocido en sentencia por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, prevista como causal de destitución en el ordinal 4° del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial, antes trascrita, por lo que solicito le sea aplicada la sanción de DESTITUCIÓN del cargo de Jueces, como de cualquier otro que detentaren en el Poder Judicial…"

(…)

"La Magistrada sometida a procedimiento disciplinario, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, en su escrito de defensa cursante a los folios 255 al 283 de la tercerapieza del expediente, expuso: "...omissis...así pues, como bien se expuso supra, el presente procedimiento, deriva como consecuencia de la sentencia dictada por la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 3 de junio de 2003, mediante la cual se declaró procedente, entre otros considerandos del dispositivo, la solicitud de avocamiento del expediente N° 02-27371 y, en consecuencia, se declaró nula la sentencia dictada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en fecha 11 de junio de 2002 "…omissis… en atención a lo expuesto, resulta claramente posible en prima facie, determinar dos características o dos elementos primordiales de lo que debe entenderse como un error judicial inexcusable, en primer lugar, como claramente lo ha definido la jurisprudencia es un concepto jurídico indeterminado y, en segundo lugar, es una falta grave que comete única y exclusivamente el juzgador (sic) en el momento de emitir su decisión, que requiere de una decisión que lo declare, que se produzca en una sentencia definitivamente firme y que se causen daños a particulares. No obstante lo anterior, debe resaltarse que aun cuando la jurisprudencia nacional no lo ha determinado tan claramente como lo ha hecho la jurisprudencia y la doctrina comparada, el mismo como falta grave conlleva no sólo a una sanción disciplinaria, la cual es la destitución del funcionario que incurra en ella, sino que a su vez genera el mismo la responsabilidad consecuencial de dicho error, personalmente por parte del juez (sic) y funcionalmente por parte del Estado, siempre que haya sido declarado el error judicial en un proceso autónomo "…omissis…así pues, como bien se expuso, y como así lo ha reconocido tanto la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, como la Inspectoría General de Tribunales, la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo en ningún momento ordenó expresamente el registro del documento de venta, por lo que se advierte, como bien se expresa en su parte motiva, que no dictó ninguna medida cautelar constitutiva, que desnaturalice la esencia instrumental y restablecedora (sic) del amparo cautelar, ya que la misma a diferencia de lo expuesto por la referida Sala, sólo tuvo por mandamiento suspender los efectos de la resolución impugnada, lo cual no conlleva el posterior registro del documento, sino a los efectos de que ante una posible nueva solicitud efectuada por el peticionante, el Registrador pueda considerar y verificar los requisitos para proceder o no a la protocolización del documento respectivo, por lo cual, en tal sentido no se encuentra vaciada de contenido jurídico y se ajusta prudentemente a la pretensión deducida y al orden público involucrado. Ello así, no puede considerarse que la medida cautelar acordada se constituye en un error judicial inexcusable y que haya comportado, respecto de quien suscribe, el deber de haber salvado su voto, pues, como quiera, tampoco implicó un anticipo de la pretensión del recurrente, ni mucho menos el producto de una valoración burda y maliciosa apartada de los principios básicos de la administración de justicia "…omissis…en definitiva, tal y como ha quedado demostrado, quien suscribe no optó por salvar su voto respecto a la sentencia objeto del presente procedimiento administrativo disciplinario, por considerar que el haber acordado el mandamiento cautelar no fue el producto de un examen burdo, grosero y despegado de los más elementales y básicos principios de la administración de justicia. Relevante acotación que se formula, pues, cabe destacar que, no obstante las múltiples competencias de este Órgano Jurisdiccional colegiado y, las numerosas causas cursantes ante esta sede, en muchos casos y en situaciones distintas, quien suscribe no ha vacilado en salvar su voto reiteradamente –que aun y cuando con el acatamiento de estilo-, sin embargo, no han dejado de constituirse en constantes y sanas advertencias jurídicas sobre la fuerza y convicción de sus razonamientos concienzudamente analizados para fundamentar su disenso, listado éste que se anexa marcado con la letra C. Finalmente, si bien es cierto que en la citada sentencia correspondiente al expediente N° 02-27371, no tuve a bien salvar el voto en la misma, es de destacar que en cuanto tuve conocimiento de la solicitud de avocamiento interpuesta por la ciudadana Jenny Mariela Lugo Méndez, en su condición de Registradora Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Baruta del Estado Miranda, asistida por el abogado Andrés Raúl Páez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.635, mediante la diligencia efectuada por el abogado Andrés Raúl Páez, anteriormente identificado, la cual corre inserta al folio 72 del expediente cursante en mi despacho (02-2081), me abstuve de emitir pronunciamiento en dicho caso –vinculado al caso de marras– en calidad de ponente, que pudiera ir en contra de los lineamientos o directrices dispuestos a seguir por el Tribunal Supremo de Justicia… por las razones de hecho y de derecho expuestas, quien suscribe solicita que sean DESESTIMADOS los cargos en la acusación que contra mi persona se ha formulado, por estimar que ha debido salvar su voto respecto a la sentencia que ha dado lugar al presente procedimiento disciplinario, y de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley Orgánica del Consejo de la Judicatura, se dicte decisión absolutoria a mi favor y, en consecuencia, se archive el expediente en lo que respecta a mi persona". (…)

II

PUNTO PREVIO

(…)

"…Las Magistradas LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO y EVELYN MARRERO ORTIZ señalan, la primera, que no se dictó ninguna medida cautelar constitutiva que desnaturalice la esencia instrumental y restablecedora del amparo cautelar ya que la misma sólo tuvo por mandamiento suspender los efectos de la resolución impugnada; y la segunda de las últimas nombradas señala que el encuadramiento de la norma que el Inspector ha realizado no se compadece con la razonabilidad y adecuación de la misma en su aplicación al caso concreto."

"Esta Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial con base en los elementos que anteceden, y a los fines de establecer la respuesta coherente a los planteamientos de defensa de los jueces bajo régimen disciplinario, considera que existe el requisito de procedibilidad requerido para valorar y determinar la responsabilidad disciplinaria de los ciudadanos JUAN CARLOS APITZ BARBERA, PERKINS ROCHA CONTRERAS, LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, ANA MARIA RUGGIERI COVA Y EVELYN MARRERO ORTIZ, jueces integrantes de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativa, en el caso planteado como grave error judicial inexcusable por la Inspectoría General de Tribunales."

La sentencia de la Sala Político–Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia estableció expresamente que la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, al no declarar la improcedencia del amparo cautelar solicitado contra el acto administrativo número 219-A, mediante el cual el Registrador Subalterno del Primer Circuito de Registro Público del Municipio Baruta, Estado Miranda, niega la protocolización de un documento de compraventa de unos terrenos, incurre en un grave error jurídico de carácter inexcusable y por esa razón la Sala considera procedente el avocamiento solicitado, imponiéndose además la declaratoria de nulidad de la sentencia cautelar dictada por esa Corte, así como de todas aquellas inscripciones registrales que hayan podido efectuarse como consecuencia de ese fallo."

"El error judicial inexcusable atenta contra principios de derecho y por ello entra en la modalidad de lo antijurídico. Se dice entonces –y así lo ha elaborado como doctrina de la Sala Político Administrativa– que por error judicial inexcusable se entiende aquel que no puede justificarse por criterios razonables, que lesiona gravemente la conciencia jurídica, revistiendo por vía consecuencial carácter de falta grave que pueda concluir a la máxima sanción disciplinaria. De manera que en el error judicial inexcusable no existen las razones jurídicas para sustentar un criterio, existe lo absurdo, es decir, eso, lo que la Sala Político–Administrativa ha considerado, con relación al pronunciamiento de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, "una irregularidad sumamente grave" porque ella es contraria a derecho…"

(…)
"Considera esta instancia disciplinaria que no se ha violentado el principio de presunción de inocencia en la fase instructoria de la Inspectoría General de Tribunales por cuanto su actuación estuvo en todo momento ajustada a la norma del artículo 30 del Decreto de Transición del Poder Público, en cuanto al inicio del procedimiento, la citación de los jueces para que consignen sus alegatos, defensas y pruebas para la posterior decisión de esta Comisión, o sea, se cumplió con el debido proceso administrativo y en ningún momento de esa instructoria se evidencia que a los jueces imputados se les haya privado del derecho a la defensa."

(…)
"De modo que esa conducta concurrente en la decisión judicial tiene trascendencia disciplinaria cuando se configura como error que no es concebible en los jueces antes mencionados, por lo absurdo del fallo en sus efectos, lo que constituye el ilícito disciplinario previsto en el ordinal 4° del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial. ASÍ SE ESTABLECE."

III

"Con fuerza en los fundamentos expuestos esta Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DESTITUYE a los ciudadanos JUAN CARLOS APITZ BARBERA, titular de la cédula de identidad N° 6.887.340, PERKINS ROCHA BARBERA, titular de la cédula de identidad N° 7.211.997, ANA MARIA RUGGERI COVA, titular de la cédula de identidad N° 3.415.308, y LUISA ESTELLA MORALES LAMUÑO, titular de la cédula de identidad N° 2.574.795 de sus cargos de Magistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, y de cualquier otro cargo que desempeñen en el Poder Judicial, al encontrarlos responsables de la comisión del ilícito disciplinario previsto en el ordinal 4° del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial. Con relación a la ciudadana EVELYN MARRERO ORTIZ titular de la cédula de identidad N° 4.084.709, se ordena a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura hacer efectiva la Resolución No. 2002-1165, de fecha 28 de octubre de 2002, emanada del Tribunal Supremo de Justicia. ASÍ SE DECIDE."

(…)

Dada, firmada y sellada en la Sala Plenaria de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial, en la ciudad de Caracas, a los treinta (30) días del mes de octubre de dos mil tres (2003).

ELIO GOMEZ GRILLO
Presidente

BELTRÁN HADDAD
Comisionado

LAURENCE QUIJADA
Comisionada
En la misma fecha se publicó la anterior decisión.

Secretaria de Actas
EXPEDIENTE: 1052-2003
NULIEN VELASCO
Secretaria de Actas (E)"

Fuente: Democracia Cristiana
democratacristiano@gmail.com

Análisis de las sentencias del TSJ en caso RCTV

Por Ricardo Antela G.*

La "Ocupación Previa" simulada y antijurídica de las Instalaciones de RCTV, ordenada por la Sala Constitucional del TSJ

En las siguientes líneas quiero comentar brevemente las Decisiones que el pasado viernes 25 de mayo profirió la Sala Constitucional del TSJ, a través de las cuales, se acordó judicialmente una suerte de Ocupación Previa sobre la red de transmisión de RCTV a nivel nacional, configurando –tal vez ahora más que nunca– una Violación de los derechos constitucionales al debido proceso, a la igualdad y a la propiedad de RCTV, cuyo agraviante ya no es el Presidente y CONATEL, sino peor aún, el Tribunal Supremo de Justicia.

En efecto, mediante sentencias números 956 y 957 del 25/05/2007, ambas con el Voto Salvado del magistrado Pedro Rondón Haaz, la Sala Constitucional dictó Medida Cautelar Innominada a través de la cual, acordó de manera temporal y a los fines de tutelar la continuidad en la prestación de un servicio público universal, el uso de la frecuencia que ha sido asignada a la Fundación TEVES (el canal 2) para televisión abierta en la red de transporte y teledifusión.

El origen de las sentencias

Ambas sentencias admitieron las Demandas por Protección de Intereses Difusos y Colectivos presentadas, en el primer caso por voceros de diferentes Comités de Usuarios, aparentemente afectos al Gobierno, contra los Ministerios para las Telecomunicaciones y la Informática y para la Comunicación y la Información , y contra la Fundación Televisora Venezolana Social (TEVES), y en el segundo caso por otro Comité de Usuarios, aparentemente opositor, contra el Ministro para las Telecomunicaciones y la Informática.

En el primer caso, los recurrentes denunciaron que el Ejecutivo Nacional no tomó las medidas necesarias para garantizar a los ciudadanos el disfrute, a nivel nacional, de las transmisiones de la nueva estación de televisión de servicio público, a partir del día 28 de mayo de 2007, razón por la cual, solicitaron medidas cautelares innominadas que le permitan temporalmente a la Fundación TEVES el acceso, uso y operación de los transmisores, antenas y torres repetidoras ubicadas en el territorio nacional, actualmente utilizada por RCTV para el uso y explotación de la porción del espectro radioeléctrico en la frecuencia del canal 2, ello a los fines de facilitar que las transmisiones de la nueva televisora sean en todo el país.

En el segundo caso, por el contrario, el demandante denunció que el pueblo verá afectada su calidad de vida con el cierre de RCTV, lo que limitará en forma grave e ilegítima el ejercicio pleno del derecho a la libertad de expresión e información de la ciudadanía, al privarla de una de las opciones televisivas que tienen los venezolanos para recibir la programación de opinión, recreación e información de su preferencia, en razón de ello, solicitó que se declare medida cautelar innominada a favor del pueblo venezolano, para que se le permita a RCTV continuar con la transmisión de su programación mientras dure la tramitación del juicio.

No obstante la contradicción entre ambas demandas, la Sala Constitucional dictó Medidas Cautelares similares en ambos casos, que fundamentalmente consisten en que, de manera temporal y a los fines de tutelar la continuidad en la prestación a nivel nacional de un servicio público universal, se autorizó a CONATEL y/o a la Fundación TeVes (Canal 2) para que opere la red de transporte y teledifusión instalada por RCTV (microondas, telepuertos, transmisores, equipos auxiliares de televisión, equipos auxiliares de energía y clima, torres, antenas, casetas de transmisión, casetas de planta, cerca perimetral y acometida eléctrica, entre otros) para transmitir en la frecuencia del Canal 2, "sin que ello implique menoscabo alguno a los derechos de propiedad que puedan corresponderle a RCTV, sobre dicha infraestructura o equipos, salvo aquellos que legal o convencionalmente sean propiedad de la República".

Los defectos y peligros de las sentencias

I
El primer aspecto que llama la atención en ambas sentencias es que las Demandas que le dieron origen no fueron interpuestas contra RCTV, sino contra dos Ministerios, contra la Fundación TeVes e incluso contra el Presidente de la República, respecto del cual se declaró "inadmisible" la demanda. Con lo cual, la Medida Cautelar sobre los bienes de RCTV se dictó sin haber notificado, citado u oído previamente a la Planta de Televisión principalmente afectada, en franca violación de su Derecho Constitucional al Debido Proceso. Peor aún, entre las personas e instituciones a las que se ordenó notificar y/o citar para que comparezcan al juicio, no aparece RCTV, no obstante que resultó ser la principal afectada en este proceso.

Aún más llamativo –y tal vez más cínico– es que ambas sentencias declaran "Procedente" la Medida Cautelar, y la Medida en ambos casos es la misma, no obstante que los fundamentos y petitorios de ambas Demandas son muy distintos, y que por ello, las medidas solicitadas en uno y otro caso eran distintas.

II
En cuanto a los "argumentos" que pretenden sustentar ambas sentencias, la Sala Constitucional señaló que estando involucrados en el caso los derechos de los usuarios de los medios de comunicación mediante la prestación de un servicio público, cuya titularidad recae en el Estado, éste debe procurar la satisfacción eficaz del servicio universal de telecomunicaciones y asegurar a los usuarios y consumidores un servicio de calidad, en condiciones idóneas y de respeto de los derechos constitucionales de todas las partes involucradas. Y en ese orden de ideas se precisó:

"Dicha obligación estatal de asegurar un servicio público de calidad, debe concebirse en cabeza del Estado no en la simple facultad de otorgar una concesión del uso del espacio radioeléctrico o velar en su correcto cumplimiento, sino en situaciones de necesidad asegurar a un determinado medio de comunicación o a diversos medios, mecanismos jurídicos o fácticos de facilitación estructural que permitan su funcionamiento de una manera eficaz y adecuada para la prestación del servicio público,… mediante el otorgamiento, a manera de ejemplo, de permisos de instalación de antenas o construcciones necesarias para su funcionamiento en diversos estados de la República." (Subrayado nuestro)

La Sala resumió que el deber del Estado de garantizar el servicio universal de telecomunicaciones viene dado por el mantenimiento de una estructura operacional suficiente o adecuada que permitan una eficaz penetración, acceso y asequibilidad en el desarrollo de la actividad.

En otras palabras, el Estado tiene la obligación de asignar a la nueva estación TeVes la red de transmisión instalada por RCTV en razón de que, según la Sala, es el Estado quien debe asegurar a un determinado medio de comunicación o a diversos medios (y no se distingue entre públicos y privados), mecanismos de facilitación estructural que permitan su funcionamiento de una manera eficaz y adecuada para la prestación del servicio público.

En consecuencia, y he aquí lo "forzado" que resulta este argumento, Globovisión, Venevisión y todas las estaciones privadas de radio y televisión en Venezuela, tienen –al igual que TeVes– el derecho de exigir al Estado el cumplimiento del deber señalado por la Sala, y por lo tanto, todos los medios privados tendrían el derecho de exigirle al Estado que disponga –y construya, de ser necesario– una red de transmisión que le permita operar a todos los canales a nivel nacional, pues si el Estado debe mantener una estructura operacional adecuada que permita una eficaz penetración, acceso y asequibilidad en el desarrollo de la actividad de telecomunicaciones, obviamente debe hacerlo en condiciones de igualdad con todos los canales.

En todo caso, aún asumiendo que efectivamente el Estado tiene ese deber, obviamente es el Estado –y no RCTV– quien debe asumir los costos de esa responsabilidad, por consiguiente, es el Estado el que debe construir la red de transmisión de TeVes, y de ser el caso, expropiar la red de RCTV con arreglo a la Constitución y a la Ley, pero en ningún caso "ocupar" las instalaciones de RCTV mediante una medida cautelar cuyo alcance ni siquiera está claramente definido.
Lo anterior configura una clara violación de los Derechos Constitucionales a la Igualdad y a la Propiedad.

III
El otro "argumento" de las sentencias consiste, según la Sala Constitucional, en que la obligación del Estado antes señalada no es una potestad surgida con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, sino una conducta estatal típica en materia de telecomunicaciones, que obliga a permitir el facilitamiento y desarrollo de la actividad comunicacional, pudiendo el Estado en virtud de ello, hacer uso de aquellos mecanismos establecidos en el ordenamiento jurídico para mantener en un momento determinado la actividad operacional de tal servicio.

Y para defender esta postura, la Sala evocó "a título ilustrativo" dos antiguas Resoluciones del Ministerio de Agricultura y Cría, la N° 88 del 07/03/1969 y la N° 355 del 16/11/1973, a través de las cuales el Estado Venezolano autorizó a RCTV para utilizar dentro de las limitaciones técnicas necesarias y sin menoscabo de derechos de terceros, la antena de televisión y torres de "Los Mecedores", propiedad de la República, ubicada en el Parque Nacional "El Ávila", y para hacer las construcciones necesarias para el manejo y funcionamiento de dichas instalaciones, que serán construidas por RCTV a sus únicas y exclusivas expensas. "Tanto el terreno, como las torres y construcciones que se instalen, se entenderán propiedad exclusiva de la República…" (Subrayado añadido).

Este señalamiento se une al que dos días antes hizo la Sala Político-Administrat iva del Supremo Tribunal a propósito del mismo caso de RCTV (sentencia N° 763/2007), según el cual, el vencimiento de la concesión no puede entenderse como una lesión del derecho de propiedad sobre los bienes de RCTV, y que "a pesar de estar en presencia del posible vencimiento de una concesión, hasta el presente no se ha invocado la figura usual de la reversión de los bienes afectos a la concesión en beneficio del concedente" (Subrayado y negrilla añadidos). Aún más, la Sala incluyó un extraño Obiter Dictum en el que se señaló que,
"[L]a concesión es una forma contractual empleada por la Administración para la gestión de los servicios públicos, la cual comporta una delegación que efectúa el Estado a otra persona a su propio riesgo, para el funcionamiento de dichos servicios por un tiempo expresamente acordado.
En este sentido, señaló que resaltan los elementos de temporalidad, exacta delimitación y beneficio económico para el concesionario por el uso y explotación del bien público que con motivo de la concesión se le haya asignado, por cuanto una vez expirado el término de vigencia se produce de pleno derecho la extinción de la relación y, usualmente, la reversión de los bienes afectos a la concesión". (Subrayado y negrilla añadidos)

Es decir, primero la Sala Político-Administrativa recordó en su sentencia que al término de toda concesión, "usualmente" opera la reversión de los bienes afectos a dicha concesión, y que "hasta el presente" el Ejecutivo Nacional no ha invocado la figura "usual" de la reversión, lo que querría decir –añadiría yo– que el Gobierno podría perfectamente en el futuro invocar el Principio de Reversión y con base a ello, en el futuro próximo el Gobierno podría invocar la propiedad de todos los bienes afectos a la explotación del Canal 2, sin indemnización alguna para el propietario de tales bienes.

Y en ese orden de ideas, ya la Sala Constitucional se ocupó de prevenir al Gobierno y a todos en general, que conforme a las antiguas Resoluciones del extinto Ministerio de Agricultura y Cría, las torres y construcciones instaladas por RCTV para la transmisión del Canal 2, son propiedad exclusiva de la República y no de RCTV. Es por ello que la Sala Constitucional acordó el uso temporal de las instalaciones de RCTV "sin que ello implique menoscabo alguno a los derechos de propiedad que puedan corresponderle a RCTV, sobre dicha infraestructura o equipos, salvo aquellos que legal o convencionalmente sean propiedad de la República" (subrayado añadido), en consecuencia, es probable que cuando RCTV pretenda reclamar alguna indemnización por el uso y/o expropiación de sus bienes, el Gobierno invoque la propiedad de la República sobre los mismos y no convenga en indemnización alguna.

El Ejecutivo Nacional no quiso realizar la Expropiación formal de la red de transmisión de RCTV, que era lo procedente en el contexto de lo que para bien o para mal, quiere lograr el Gobierno, en el marco de la cual está prevista la figura de la "Ocupación Previa", previa autorización judicial e indemnización. En lugar de ello, se prevalieron de una sentencia antijurídica que privó a RCTV de su derecho a defenderse, a discutir el valor de sus bienes y a recibir una indemnización previa por el uso y/o expropiación de sus equipos. Peor aún, la Medida Cautelar ni siquiera indicó la duración de la Ocupación, que será Temporal pero no se sabe hasta cuándo, y mucho menos indicó cuáles son los Derechos Patrimoniales de RCTV.

En fin, con los recientes pronunciamientos del TSJ, la conclusión parece ser que cada nueva acción o recurso judicial intentado por RCTV y/o televidentes afectados, implica una arbitrariedad aún mayor que la Desviación de Poder que siempre ha caracterizado la no-renovación de la concesión de ese Canal.

Caracas, 27/05/2007
* Abogado. Profesor de Derecho Administrativo UCAB / Profesor de Derecho Constitucional UNIMET

29 mayo 2007

Los alguaciles del Chavemurato

Por Román J. Duque Corredor

Por lo menos, en el Tribunal del Pueblo nazista, dos o tres tenían calificaciones profesionales como jueces. Otros se esforzaban en justificar que el Führer era el guardián del Derecho. Y porque su función era castigar a los disidentes jurídicamente, se quedaron históricamente con el calificativo de "Los juristas del horror". Lo de "juristas" porque interpretaban el Derecho proclamado en el Tercer Reich como un estado de emergencia sin límites.Y "del horror" porque enviaron a la muerte a opositores bajo un manto jurídico.

Interpretaban la ley buscando la voluntad del Führer en los casos que juzgaban. Éste los dejaba que juzgaran conforme sus ideas y pensamientos, pero se cuidaba de darles ordenes públicamente. Los abogados del Partido se encargaban de construir la doctrina jurídica del Führer. En Venezuela, por el contrario, la mayoría de los jueces del TSJ cumplen con el mandato que les impuso el jefe de gobierno de no sentenciar a sus espaldas. Ya ni siquiera son juristas sino alguaciles gubernamentales. Y porque con sus sentencias permiten un régimen de subordinación de todos los poderes públicos al jefe del gobierno, apuntalan un sistema político de carácter personal de adoración perpetua, que, por el nombre del líder supremo venerado, puede ser llamado "el chavemurato".

De modo que ni siquiera son los juristas de este régimen caudillista sino sus alguaciles, y ello a pesar que al igual del Tribunal del Pueblo del Tercer Reich algunos tienen credenciales para ser juristas de verdad. Es decir, para servir a la justicia , para lo cual no basta con ser abogado o doctor, sino en sentenciar con independencia de criterio, para lo cual además hay que ser valiente.

¡Frenen al maquinista!

Por Liliana Fasciani M.

Diario El Universal

La historia es como un tren: se detiene en muchas estaciones antes de llegar a su destino. El único inconveniente es que el destino del tren de la historia es inalcanzable, a menos que la última parada quede en un pueblo ya extinto.

Por fortuna, Venezuela tiene veinticinco millones y pico de esperanzas que la salvan de la extinción, pese a los esfuerzos de algunos por convertirla en un país fantasma. Pero, por desgracia, nuestro tren avanza tosiendo asmáticamente a través de estaciones inhóspitas cuyos relojes giran al revés.
Es entonces cuando uno se pregunta cuál será la crucial finalidad de un maquinista dedicado por completo al desmontaje de los rieles históricos y de las plataformas institucionales.

Mientras otros países logran sus objetivos de desarrollo sostenible, crecimiento económico, modernización urbana, tecnificación rural, calidad de servicios, eficacia administrativa, excelencia académica, superación profesional, solidez democrática, estabilidad política y bienestar social, los venezolanos no hemos tenido un momento de sosiego en medio de esta barahúnda irracional. El permanente estado de alarma colectiva causado por el incesante traqueteo de alocuciones, acciones y ficciones que promueve el gobierno, perturba –cuando no paraliza– todo intento de aplicación fructífera al estudio, al trabajo, a la creatividad, al entretenimiento y al descanso. No hay manera de sentirse seguro, dormir tranquilamente, vivir en armonía.

Nuestra historia, como cualquier otra, tiene sus capítulos negros, sus notas a pie de página, sus referencias marginales, y tiene, también, sus capítulos brillantes con bellas ilustraciones de acontecimientos y personajes relevantes.

Cruzada la frontera hostil, se suponía que habíamos dejado atrás los oscuros túneles donde moran la incertidumbre y el miedo, que habíamos superado los tambaleantes puentes de cruentas guerras. La verdad es que nunca nos alejamos bastante del peligro. Y ahora, ¿qué insano y perverso interés tiene el maquinista de turno en que los pasajeros de este tren viajemos sin un mínimo de garantías?

El recorrido que hemos hecho desde hace poco menos de una década ha estado signado por variedad de obstáculos, contratiempos, desvíos y tribulaciones. El tren ha pasado de largo por las estaciones de servicio, porque el maquinista ha decidido detenerse únicamente en las casetas abandonadas. Y de un tiempo a esta fecha, celebra la mayor de sus torpezas haciendo sonar estrepitosamente la bocina mientras penetra en un túnel ciego, cuya única salida fue sellada hace años por el derribo de un muro.

Los que viajan en el vagón VIP, no obstante las comodidades, no hacen más que ver hacia la puerta, temerosos de que el maquinista en cualquier momento les ordene saltar por la ventana. Quienes viajan en los vagones “bussiness” ni siquiera disfrutan del paisaje, afanados en meter en sus morrales todo el mobiliario. Los pasajeros de los vagones económicos van y vienen por los pasillos, hambrientos, insatisfechos y con un incurable reconcomio. Y los que vamos en los vagones de carga, aunque el espíritu se nos mantenga a flote y nuestra voluntad siga de pie, viajamos hacinados y excluidos, con el corazón amoratado, y casi-casi amordazada la palabra.

El tren de esta historia se estrellará contra el murallón y los viandantes quedaremos atrapados en la oscuridad del silencio…, a menos que se frene al maquinista.


Las vísceras de la dictadura

Por Liliana Fasciani M.

No voy a escribir cuidando de no lesionar susceptibilidades, ni ofreceré excusas por estas palabras si con lo que ellas develan alguien se siente ofendido, porque siendo ésta la mejor manera que conozco de expresarme, lo hago ahora por necesidad más que por hábito, cansada, como la mayor parte de mis compatriotas, de ser objeto de la virulencia oficialista. No quiero que mañana, cuando nos hayan arrebatado los contados espacios que quedan para la libre difusión del pensamiento y la opinión, tenga que arrepentirme por haber callado, o por haber descafeinado lo que pienso.

Percibo en la sociedad venezolana una sensación de impotencia, superior a las demás emociones que en estos días agitan la calle. Para muchos de nosotros, es la primera vez que vemos de frente el desfigurado y macabro rostro de la maldad. No es otra cosa lo que mueve a Hugo Chávez y a quienes sumisamente le obedecen para cometer tantos agravios contra el pueblo, para descargar la exacerbada fuerza de su odio sobre lo que constituye nuestra historia, tradición y grandes logros.

Hugo Chávez tiene el corazón enfermo de rencor, inquina y saña. Ese infeliz, ensoberbecido por un poder que no le pertenece, arbitrariamente se sirve de unas atribuciones dudosamente legítimas para traicionar la confianza de quienes todavía creen en él, para proteger a los bandidos que lamen sus botas mientras asaltan el patrimonio público a plena luz del día, y para vejar, asediar y destruir a quienes tienen la valentía de denunciar sus delitos y los de su pandilla de rufianes, a quienes critican los fracasos de su dispendiosa gestión, a quienes son víctimas de las tropelías de sus esbirros, a quienes protestan por la progresiva mutilación de las libertades, a quienes combaten la sistemática violación de los derechos humanos.

Más allá de la ingente pobreza que niega el pan de cada día a la mayoría del pueblo venezolano, bien nutrido, sin embargo, por el resentimiento y la venganza, más allá de la lastimosa ignorancia que les impide ver dónde está la raíz de la desigualdad y entender que el camino elegido nos conduce hacia un despeñadero, incluso más allá de la lágrima y la risa, hay también unos cuantos corazones corrompidos por la cicatería y la perversidad.

De otro modo no se explica tan eufórica satisfacción cada vez que Hugo Chávez arremete contra aquellos que, por pensar distinto, deseamos otro rumbo y destino para nuestro país. Es una siniestra mezcla de mala voluntad y cerda envidia la que caracteriza a casi todos los que apuestan por esta revolución y se envanecen a su costa.

Cuando el Vicepresidente Jorge Rodríguez pierde el gallo atizando cínicamente sus tergiversaciones de la realidad, cuando el Tribunal Supremo de Justicia, encabezado por la Magistrada Luisa Estela Morales, dicta sentencias que traducen en términos legales las órdenes impartidas a voz en cuello por el propio Presidente, cuando el Ministro de Interior y Justicia Pedro Carreño miente descaradamente sobre las estadísticas criminales, cuando el Gobernador Acosta Carlez obliga bajo amenaza a los funcionarios a inscribirse en el partido único, cuando el Alcalde Mayor Juan Barreto viola, paquidérmico y soez, la autonomía municipal de otros alcaldes, cuando el diputado Carlos Escarrá filibusteramente tuerce la letra de la ley, cuando el moderador Mario Silva, sin el menor respeto por la dignidad humana, descuartiza con servil villanería a sus enemigos, cuando el General en Jefe Raúl Baduel deshonra a la Fuerza Armada con su pusilánime incondicionalidad, poniéndola de rodillas ante su comandante y enfrentándola al pueblo, cuando los borregos colorados gritan y se golpean la palma de la mano derecha con el puño izquierdo, cuando el malandraje tarifado del gobierno impunemente agrede a los disidentes, el pestilente pus del encono y la ignominia, fermentado durante largos lustros en ese pozo séptico deliberadamente destapado por la pérfida mano de su líder, impregna de tal modo el aire que me provoca náuseas.

Es, por lo demás, una desgracia que algunos países del vecindario latinoamericano, así como algunos otros de la Unión Europea, tengan gobernantes capaces de enajenar los principios democráticos de sus pueblos rindiendo pleitesía al despotismo, comportándose con impúdica avaricia, o con pedante indiferencia. Todavía peor es la actitud de un hombre como Insulza, que, irresponsablemente y sin remordimiento, empaña la misión de la muy deslucida Organización de Estados Americanos, cuyos dictámenes usa el dictador para abanicarse.

Hay quienes, por ingenuidad o por temor, aún no se atreven a admitir que la República venezolana ya no es un Estado de derecho, que no existe autonomía entre los Poderes Públicos, que las instituciones han sido secuestradas, que Hugo Chávez dispone a su antojo del Tesoro Nacional sin rendir cuentas a nadie. Pocos son los medios dispuestos a informar que los empleados públicos son explotados por el Estado en funciones ajenas a sus labores, forzándolos a asistir, en horario de descanso, a los mítines del locuaz mandatario, a trabajar en jornadas de ideologización y proselitismo, y a entregar un porcentaje de su salario a la causa revolucionaria. Menos son aún los que reconocen que aplican la autocensura para evitar que los sancionen o clausuren.

Sin embargo, lo verdaderamente patético es que, a estas alturas y pese a las evidencias, haya venezolanos que todavía alberguen dudas acerca de si las amenazas que el dictador reparte como si fuesen talonarios de una rifa, se conviertan en hechos. Y ya resulta el colmo de la hipocresía que haya tantos dirigentes políticos y representantes de gobiernos y organismos de la comunidad internacional que, sean cuales sean sus razones e intereses, pretendan justificar los atropellos y el abuso de poder que cotidianamente comete Hugo Chávez, contra su pueblo y contra gobernantes de otros países, aduciendo en su defensa que fue electo y, además, ratificado, mediante elecciones libres y democráticas.

Eso sólo sucedió en 1998. A partir de entonces, no hay un venezolano, ni siquiera chavista, capaz de poner sus manos en el fuego para asegurar que el hombre que despacha con ínfulas mesiánicas y ambición imperialista desde Miraflores, ocupa legítima y legalmente la silla presidencial.

Entérense, pues, que en Venezuela el autoritarismo aniquiló a la democracia, que la Constitución es un papel pegado a la suela del zapato de Hugo Chávez, y que la libertad, en todas sus versiones, tiene los días contados. Si algunos insensatos todavía tentamos a la suerte expresando públicamente lo que pensamos, es porque se ha hecho imperativo aprovechar hasta la última rendija para que nuestro grito de alerta salga a las calles. Es preciso intentarlo siempre, porque mañana quizá sea tarde.

Autonomía universitaria en peligro

Por Amalio Belmonte

"Universidades autónomas rumbo al socialismo"
“La educación punta de lanza de la revolución”

Con esta consignas cargadas de exclusividad ideológica y, como ya lo anunciara .para la Fuerza Armada Nacional. El Presidente de la República ratifica, con medidas más específicas, el propósito para que las Universidades Nacionales se sumen a la construcción del hombre nuevo socialista, como única opción en los ámbitos académicos que hoy ejercen la autonomía universitaria.

No este asunto que sorprenda a la comunidad académica venezolana, porque anuncios de esta naturaleza forman parte del proyecto hegemónico oficial para sustraerle a la sociedad toda forma de intermediación entre sus integrantes y el poder, y desmontar toda la institucionalizada nacional, especialmente aquellas que constituye espacio preferente para el pensamiento libre y la autonomía, que es siempre objetivo esencial para los gobiernos con tendencia al autoritarismo.

Las acciones directas represivas del pasado se sustituyen por la creación de instituciones de educación superior paralelas a las Universidades Autónomas (que en numero de 28, de acuerdo con el discurso presidencial) “sería el germen de una alma mater combativa socialista y transformadora”, donde las credenciales de ingreso se fundamentaría en el grado de aquiescencia ideológica con el gobierno, según le oímos en el mismo acto al discreto Ministro Luis Acuña.

Hacia estas instituciones con características de escuelas de cuadros para los brigadistas del socialismo del siglo XXI, suerte de cruzados contra la educación autónoma, se dirigirán los favores presupuestarios oficiales. De esta forma se disminuye el peso de las Universidades Autónomas, y se prepara el camino para su extinción. No es medida que intente con racionalidad solventar las dificultades de muchos jóvenes para ingresar a la educación superior, es tan sólo una etapa más para establecer la hegemonía ideológica y educativa del gobierno en el país.

Comienza la intervención de las Universidades Autónomas

Ha sido recurrente por parte del gobierno y del Frentes de educadores Bolivarianos y sus equivalentes en el medio estudiantil, acusar a la Prueba de Aptitud Académica y a las pruebas internas de la universidades , como lo afirmó el Presiente, de ser “ viejos métodos que han sido fuente de corruptela, son además instrumentos para la exclusión que favorece a un sector privilegiado y excluye al pueblo” Estos argumentos, cuya único mérito es la persistencia en el discurso de los voceros oficiales, jamás han querido ser examinados científica y académicamente por los voceros oficial, cuando se les ha invitado a examinarlos con los especialistas de la academia.
Esta aprehensión contra las Universidades Nacionales constata la concepción absolutista que desconoce pensamiento distinto al suyo, contraviene la idea de la democracia y niega la diversidad. Ocurre con las instituciones productora de conocimiento lo que advertimos contra quienes generan valores o crean bienes y servicios. Todo aquel que piense sin la tutela del gobierno es sospechoso de conspiración, y provoca dudas acerca de sus fervor patriótico, administrado este último por los bien pensantes que controlan el poder.
Prohibido pensar y actuar si ello ocasiona molestias al gusto oficial por la subordinación.

Meses atrás los delegados del gobierno de los liceos bolivarianos solicitaron esta medida al Presidente para que les permitieran continuar su formación ideológica adquirida en la educación preuniversitaria aduciendo que la Autonomía Universitaria representaba un obstáculo para esa ambición. El jefe de gobierno les prometió que tomaría las medidas correspondientes, que objetivamente son las que anuncio ayer desde el llamado acto de las Universidades por el Socialismo del Siglo XXI Por cierto estas pruebas internas están autorizadas por la vigente Ley de Universidades. Pero conocemos la escasa inclinación de los funcionarios por lo que expresa la Constitución y las Leyes de la Republica. Sólo la voz del máximo caudillo es la encarnación de la ley.

El gobierno decidirá con su proverbial autoritaritarismo, cuáles serán los requisitos para el ingreso a la educación superior y elaborará los criterios ideológicos respectivos que garanticen la pureza política de los elegidos, para hacer de ellos “el hombre nuevo” , formado por viejos con ideas viejas, dispuesto para aceptar pasivamente la inasible idea del Socialismo del Siglo XXI.

El próximo paso es la autonomía propiamente dicha. Tanto el ministro Héctor navarro como antes lo hacia, Samuel Moncada y ahora el profesor Acuña. Igual el frente de Educadores Bolivarianos han mantenido que la Autonomía, defendida por ellos en el pasado, se ha transformado en un mecanismo para elitizar a las universidades y evitar “que se tiña de Pueblo”. Luego no debe sorprender que la acusen de no cumplir lo criterios de pertinencia social, menos aún de impedir que los estudiantes abreven sin dudas en esa idea nebulosa, derrotada una y más veces por la historia que es el socialismo del siglo XIX, devenido en eslogan repetido bajo la forma de Socialismo del Siglo XXI.

En tiempos de elecciones gremiales en la UCV y en la larga etapa que nos conducirán, salvo decisión contraria del gobierno, a las elecciones rectorales del año 2008, deberíamos unirnos para luchar por los principios que le conceden legitimidad a nuestra Institución: la Autonomía y la Libertad Académica Estamos seguros que el gobierno no encontrara a la UCV de forma diferente a la manera digna como reaccionó contra dictadores y represores.

Seguimos luchando
Impermeables al desaliento

Aspas de ventilador

Por Olivia Biasini

El presidente se echa aire con los pronunciamientos del Senado de Estados Unidos, el Parlamento europeo y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que expresaron su preocupación por la decisión del Estado venezolano de cancelar la concesión de un canal de televisión, crítico de su gobierno.

Se echa aire porque considera estas declaraciones trozos de papel sin ningún contenido, por su razonamiento entendemos que para el solo vale el poder, el que manda es el que tiene la iniciativa, sin importar las razones morales que se le puedan sugerir cuando actúa sin prestar atención a los intereses y derechos de los ciudadanos, en especial, los que están en minoría.

El presidente tiene tiempo echándose aire con muchas cosas, por ejemplo, con el Parlamento venezolano cuando le quita el poder de dictar las leyes. Lo mismo ha hecho con el poder judicial, cuando en lugar de adecentarlo como queríamos los venezolanos −convirtiéndolo en el poder de la justicia y del respeto a los derechos individuales de los venezolanos− lo único que ha hecho es quitar una tribu y poner otra, al servicio del poder.

En cuanto a la Constitución de 1999, hija de una Asamblea Constituyente hecha a su medida, ya no la saca del bolsillo ni habla del libro azul ni de la bicha, porque se ha transformado en un trozo de papel que tiene cierto poder que le molesta, porque fue aprobada por el pueblo y le impide perpetuarse en el poder e imponernos la ideología de su grupo político a todos los venezolanos, por eso, quiere cambiar el pedazo de papel para poder “echarse aire”.

La Constitución tiene algunos limites al poder como el respeto de la propiedad privada que ha sido vulnerado con la decisión del Tribunal Constitucional de confiscar propiedad de RCTV para dar paso a la señal de TVES, que al parecer “no tenía con que” iniciar sus trasmisiones sino la seguridad de aprovechar decisiones judiciales “interesadas” .

Una limitación importante es el artículo 23º de la Constitución de 1999 que informa a los venezolanos “que los Tratados, Pactos y Convenciones relativas a derechos humanos, suscritos y ratificados por Venezuela, tienen jerarquía constitucional”. Esto quiere decir que las convenciones firmadas en la OEA tienen el mismo rango que la Constitución y, la decisión contra RCTV viola algunas de sus normativas.

El articulo 23º declara que estas normativas “prevalecen en el orden interno, en la medida que contengan normas sobre su goce y ejercicio mas favorables a las establecidas por la Constitución y las leyes de la República”, como sabemos, los tratados y sus organismos son mas favorables a la libertad de expresión que el poder del presidente, por tanto, es seguro que Venezuela será condenada en la Comisión y la Corte Interamericana, al “echarse aire” con el articulo 23º de la Constitución

El presidente, adelantándose a una decisión de los organismos que defienden los derechos como límites al poder, ha dicho que si Venezuela resulta condenada, se saldrá de la OEA, así, se echará aire con el artículo 31º que establece el derecho ciudadano de usar los organismos internacionales para defender sus derechos y ordena al Estado cumplir “con las decisiones emanadas de los organismos internacionales.”

En definitiva, la camarilla que usurpa el poder al violar la Constitución, se echa aire con Venezuela y todos nosotros, que nos convertimos en “aspas del ventilador” que le echa aire a nuestros hermanos chavistas, empeñados en cimentar su poder sobre la muerte física y desaparición de las libertades de la mitad del pueblo venezolano.

El verdadero Samuel

Por José Alberto Medina Molero

(Al Dr. Prieto Figueroa, in memoriam)


“Usted formó mi corazón para la libertad,
para la justicia, para lo grande, para lo hermoso".

Simón Bolívar

“Lloro sobre los libros que he leído
para que se ahorren las palabras
que mortifican
mi ausencia “.

Abrahan Salloum Bitar


”Aún cuando conozco
sin mí no existirían,
yo sin ellos,
lanzo adventicios pájaros
a navegar la demudez
irreflexible de la noche”

Téodulo López Melendez


Ese anciano que, en 1854 muere entre penurias, en el rústico pueblo de Amotape en Perú, ese que fabricaba velas para vivir en su etapa final, probablemente haya sido, junto a Don Andrés Bello, uno de los más grandes intelectuales del siglo XIX en Latinoamérica. Simón Rodríguez, ó como quiso a darse conocer (como parte de su desenfada y bohemia manera de ser, la cual aparejaba con armonía a la reflexión y al arrojo), Samuel Robinson, fue un hombre notablemente extraordinario.
Un ser humano, que soñó con un hombre mejor. Ahora que, tanto se habla de educación, se hace apremiante revisar la historia de este sencillo venezolano (nacido en Caracas un 28 de Octubre de 1769), y constatar sus enseñanzas.

Lo primordial de su obra (y aquello, por lo que se le recuerda con proverbial admiración) fue dar forma, robustez y sentido a la existencia de otra personalidad fundamental de Venezuela y el mundo: Bolívar, El Libertador. Nutrió, a pedido del abuelo del héroe, su mente, con las ideas más avanzadas de la época (Montesquieu, Rosseau, Voltaire, Diderot), esas que no se tenían a la mano en estas abandonadas provincias de ultramar. Las que retumbaban, con sonora libertad en la lejana Europa. Pudo verter, en el espíritu de la naciente figura, lo novedoso, lo progresista, lo justo (materia prima para que el genio de América, llevara a cabo la magistral obra de la Libertad). Trabajo, que reforzó con suma dedicación a partir de 1804, cuando en un periplo por los Alpes, llegan a Roma, luego de haber presenciado, con no poca molestia, la autocoronación de Bonaparte.

El otro gran aporte de Rodríguez a la posteridad, fueron sus ideas educativas, destinadas a crear un ser con conciencia, con criterio, con amplitud de miras y de horizontes, con visión, con tolerancia, con la dignidad que merece su condición (pues como afirma Fernando Savater, es con la educación con las que nos ganamos el derecho a ser realmente humanos) y naturaleza. Prefería su proyecto( para contrastar directamente con la realidad y fijar conocimientos) salir del aula, a efectuar excursiones y caminatas de contacto directo con la naturaleza, pero sobre todo preconizaba (y ello es resaltado, en forma por demás admirable en la novela que Uslar Pietri le dedicó, “La Isla de Robinsón” ) la necesidad de educar al niño, combatiendo las ideas absurdas y sin sentido racional de sus antepasados, sólo así decía Samuel, podrían formarse ciudadanos para las ciudades de América.

Simón Rodríguez, comprendió como pocos, el drama de estas naciones, nacidas del desorden de la guerra y huérfanas de instituciones serias, válidas, funcionales y quiso enderezar, desde la raíz el árbol de la miseria de estas regiones. Sólo que aró en el mar, y las consecuencias no tardaron en manifestarse con brutal crudeza, en la forma de las más espantosas barbaries, anarquías, iniquidades, seguidas de salvadores iluminados que, torcían aún más el rumbo de las naciones, para volver luego a las barbaries, y así recomenzar el tétrico ciclo de los países anémicos de ciudadanía, de respeto real a las instituciones, leyes y al derecho de los demás.

¿Cuando retomaremos para nuestras naciones, el verdadero modelo educativo de ese andariego sabio que fue Simón Rodríguez, de forma de apalancar un futuro de progreso, armonía, civilidad y respeto mutuo? Sin lugar a dudas, cuando tal cosa hagamos, se encenderá para alumbrarnos ese camino, la reflexiva vela que fabricó Samuel en ese remoto pueblo de Perú.

Carta abierta de RELIAL sobre la situación en Venezuela

A la Corte Interamericana de Derechos Humanos,

A la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,

Al Gobierno de Venezuela,

A la Opinión Pública de América Latina,

Las instituciones integrantes de la Red Liberal de América Latina (Relial) nos pronunciamos en contra del cierre de Radio Caracas Televisión (RCTV), decisión instrumentada por el Gobierno de Venezuela, y en general, contra el creciente clima de inseguridad y acoso que sufren todos aquellos venezolanos que se declaran contrarios o tan siquiera independientes a los designios del presidente Hugo Chávez.

El presidente Chávez exige sumisión total. No le ha bastado destrozar las instituciones de la democracia ni concentrar en sus manos la suma del poder político. No le ha sido suficiente construir desde el poder y con recursos públicos un partido único, ni transgredir las más elementales normas de seguridad jurídica, atentando contra todo derecho de propiedad. Tampoco le ha bastado intervenir en los asuntos internos de la mayoría de los países latinoamericanos ni animar una ola de populismo clientelista nunca vista en la región.

Ahora, el presidente Chávez está decidido a suprimir la libertad de opinión y la protección judicial que merecen propietarios y trabajadores de prensa y periodistas de RCTV. Su decisión despeja toda duda acerca de cuáles son sus verdaderas intenciones políticas: la de reproducir en Venezuela el Estado totalitario que ha sufrido Cuba durante ya casi cincuenta años.

Por ello hacemos un llamado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, para que combatan por todos los medios jurídicos a su alcance la violencia que hoy sufre RCTV pero también un sinnúmero de venezolanos cuyo único error ha sido pensar distinto al presidente Chávez. Al respecto, la persecución que hoy se libra en contra de funcionarios del Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad (CEDICE), integrante de esta red, es un buen ejemplo de cómo se utilizan en Venezuela los instrumentos del Estado en aras de venganzas políticas.

Hacemos también un llamado al propio gobierno de Venezuela, para que detenga el atropello en que está empeñado. Conculcar el derecho a disentir no es más que mero ejercicio de poder, que no de autoridad. Un verdadero estadista no criminaliza las libertades ni persigue a sus opositores. Su proceder le deslegitima cada vez más y le cuestiona gravemente frente a aquellos que alguna vez le vieron como una esperanza, hoy frustrada.

Finalmente, solicitamos a todos los ciudadanos latinoamericanos interesados, particularmente a los propios periodistas de la región, manifestarse públicamente contra la decisión del presidente Chávez, además de enviar cartas y correos electrónicos de protesta a las embajadas venezolanas en sus países. Lo que hoy experimenta RCTV va más allá de un simple litigio contra una empresa: Ubica las libertades de todos los latinoamericanos en uno de sus niveles más bajos de la historia reciente y sienta un precedente que, en el futuro, cualquier gobierno podrá alegar para agraviar a sus ciudadanos y a sus libertades, tal como ya parece suceder en Ecuador y Bolivia. Nadie puede permanecer indiferente viendo como un país se encamina a ser una dictadura.


Suscriben,
Argentina:
Red Libertad
Fundación Atlas 1853
Fundación Cívico-Republicana
Recrear para el Crecimiento
Partido Primero la Gente
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Bolivia:
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Notoria: Agenda para una sociedad libre

Brasil:
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Instituto Liberdade
Democratas, Rio Grande do Sul
Instituto de Estudos Avançados
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Chile:
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Colombia:
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Costa Rica:
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Instituto para la Libertad y el Análisis de Políticas
Asociación de Consumidores Libres
Instituto Libertario

Ecuador:
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Honduras:
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Colaboradores de Relial:
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Para mayor información contactar a:
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Presidente de la Red Liberal de América Latina
y del Partido Movimiento Libertario (Costa Rica)
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Responsable de la publicación:
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Controle dos meios de comunicação

Por Rivadávia Rosa

“Os jornais são armas; eis porque é necessário proibir a circulação de jornais burgueses; é uma medida de legítima defesa!” Leon Davidovich Bronstein (Trotsky)

O que está se vendo é o regresso à ilusão estatista, a fé no Estado como protagonista econômico, que parecia ter desaparecido com o totalitarismo soviético.

A viseira imposta pelos sistemas de idéias totalitárias, de cunho paranóico exercem pressão sobre as práticas, sem tomar medida de afastamento irredutível do real com relação à representação, identificada por HANNAH ARENDT de ideo-lógica e por RAYMOND ARON de ideocracia, mas que no fundo não passa de um totalitarismo disfarçado, posto que configurado numa mistura de cegueira ideológica, traz em si os traços do totalitarismo que se manifesta pelas tentativas de abolição da pluralidade, da divisão e do conflito, da professia/promessa de um outro mundo é possível, sem separação e sem mediação, da ‘construção’ um homem novo, passando o Estado a prescrever o que deve ser a sociedade, e até a ocupar o lugar da sociedade civil, acirrando o conflito social visando o aniquilamento das classes sociais; destrói gradativamente a liberdade de religião e de opinião, de imprensa e de associação; no lugar do exercício do princípio da tolerância erige a propaganda em método de governo, sob a alegação de ‘democratização dos meios de comunicação’.

Nessas condições PARECE NATURAL ‘movimentos’ aliados ao governo contrário ao agronegócio, defenderem a coletivização agrária e a planificação industrial movido pelo ódio visceral como princípio contra o mercado, condenando assim as pessoas a morrerem de fome, de frio e de doenças, ao invés de contribuírem para o progresso da Nação.

Por fim, procura abolir todo ponto de referência do sentido comum e de bom senso, que nos torna insensíveis às provas da realidade, a ponto de comprometer a possibilidade de discernimento político e do conhecimento científico, evita a livre formação de convicções por meio da comunicação e do raciocínio, e se dissolve na obrigação doutrinária não só no sentido político, mas também científico, cultural, ético e estético.

Nesse sentido o que parece um paradoxo – governantes e intelectuais ‘orgânicos’ auto identificados como democratas ‘elegem’ CUBA e seu ditador como exemplo e guia para vários governos da região o que demonstra inequivocamente a afinidade com o regime do ditador da Ilha de Cuba, que nos estertores, mantém inúmeros dissidentes presos (delitos de opinião) – mas não obstante continua sendo objeto de adoração patológica pelos seus devotos.

CONFIRA como insidiosamente é 'fundamentado filosoficamente' o CONTROLE DOS MEIOS DE COMUNICAÇÃO, por um dos ‘filósofos’ remanescente da Escola de Franfurt (Instituts fur Sozialforschun ou Institut für Forschungen über die Geschichte des Sozialismus und der Arbeiterbewegung, über Wirtschaftsgeschichte und Geschichte und Kritik der politischen Ökonomie).

O valor da notícia

A imprensa de qualidade desempenha um papel de liderança: rádio e TVs dependem de temas e contribuições provenientes do jornalismo "argumentativo".

JÜRGEN HABERMAS

Semanas atrás, a página de economia do jornal alemão "Die Zeit" assustou seus leitores com a manchete “O cuarto poder corre perigo?”. Tratava-se da notícia alarmante de que o "Süddeutsche Zeitung" rumava para um futuro econômico de incertezas.
A maioria dos acionistas quer se ver livre do jornal; caso as coisas se encaminhem para um leilão, é possível que um dos dois bons diários supra-regionais da Alemanha [o outro é o "Frankfurter Allgemeine"] caia nas mãos de investidores privados, fundos de investimento ou conglomerados de mídia.
Haverá quem diga: "Business as usual" [negócios, como sempre]. O que poderia haver de alarmante no fato de que os proprietários queiram fazer uso de seu direito de se desfazer de seus negócios, sejam quais forem seus motivos?
A crise dos jornais, desencadeada no começo de 2002 pelo colapso do mercado publicitário, ficou para trás -no "Süddeutsche Zeitung" e em outros órgãos de imprensa da mesma dimensão. As famílias que agora se dispõem a vender sua participação detêm 62,5% das ações e escolheram um momento propício.
Apesar da concorrência digital e dos novos hábitos de leitura, os lucros vêm aumentando.
Deixando de lado a boa conjuntura econômica, os lucros se devem sobretudo a medidas de racionalização com impacto direto sobre o desempenho e a margem de manobra das redações. Notícias bombásticas à maneira do jornalismo norte-americano ditam a tendência atual.
Assim, por exemplo, o "Boston Globe", um dos poucos jornais de centro-esquerda dos EUA, teve que renunciar a todos os seus correspondentes no estrangeiro, enquanto os grandes encouraçados da imprensa nacional - como o "Washington Post" e o "New York Times" - temem a capitulação diante de fundos ou conglomerados ávidos por "sanear" jornais em vista de taxas de lucro descabidas; no caso do "Los Angeles Times", esse já é fato consumado.

Jugo do lucro

Há três semanas, o "Die Zeit" voltou à carga, falando de um "ataque de Wall Street à imprensa dos EUA".
O que há por trás desse tipo de manchete? Certamente, o temor de que os mercados não façam justiça à dupla função que a imprensa de qualidade até hoje desempenhou: atender à demanda por informação e formação, sem comprometer taxas de lucro aceitáveis.
Mas os lucros em alta não serão uma confirmação de que jornais "enxutos" satisfazem melhor os desejos de seus consumidores?
Conceitos vagos como "profissional", "arrojado" ou "sério" não servem apenas para velar a preeminência concedida ao leitor adulto, que sabe o que quer?
A imprensa terá o direito de, sob o pretexto da "qualidade", cercear a liberdade de escolha de seus leitores?
Por que forçar a leitura de reportagens áridas em vez de "infotainment" [fusão, em inglês, das palavras "information" e "entertainment", informação e entretenimento], comentários objetivos e argumentos circunstanciados, ao invés de encenações apelativas de personalidades e acontecimentos?
A objeção que se manifesta nessas questões se baseia na suposição polêmica de que os consumidores escolhem com autonomia, segundo suas preferências pessoais. Mas essa espécie de verdade acaciana certamente induz ao erro quando se trata de uma mercadoria tão peculiar quanto a informação política e cultural. Pois essa mercadoria a um só tempo atende e transforma as preferências de seus consumidores.

Formação em massa

Não há dúvida de que leitores, ouvintes e espectadores seguem suas preferências ao fazer uso dos meios de comunicação: querem se divertir ou se distrair, querem se informar ou tomar parte em debates públicos.
Mas, quando se interessam por um programa político ou cultural, quando recebem a "bênção matinal realista" da leitura de jornais, todos se expõem - com alguma medida de autopaternalismo - a um processo de aprendizado de resultados imprevisíveis.
No curso de uma leitura, novas preferências, convicções ou juízos podem se formar.
A metapreferência que orienta uma tal leitura se dirige então àquelas prioridades que se exprimem na auto-imagem de um jornalismo independente e que fundamentam o prestígio da imprensa de qualidade.
A polêmica sobre o caráter peculiar da mercadoria "informação e formação" faz pensar no slogan que fez furor quando do surgimento da televisão: essa nova mídia não seria mais que "uma torradeira com imagens".
Pensava-se que a produção e o consumo de programas televisivos podiam ser deixados inteiramente a cargo do mercado. Desde então, as empresas de comunicação cuidam de fornecer programas para seus espectadores enquanto vendem a atenção do público a seus anunciantes.
Sempre que imperou sem peias, esse modo de organização causou danos políticos e culturais. O sistema "híbrido" de televisão [na Alemanha] é uma tentativa de remediar o mal.

E as leis locais, as decisões de tribunais federais e os princípios de programação das emissoras públicas refletem a noção de que as mídias eletrônicas não devem satisfazer apenas as necessidades mais comercializáveis dos consumidores.

Ouvintes e espectadores não são apenas consumidores mas também cidadãos com direito à participação cultural, à observação da vida política e à voz na formação de opinião.
Com base nesses direitos, não é o caso de deixar programas voltados a tais necessidades fundamentais da população à mercê da conveniência publicitária ou do apoio de patrocinadores.
Mais ainda, as taxas que financiam esses serviços também não devem variar ao sabor dos orçamentos locais, isto é, da conjuntura econômica - é o que argumentam algumas emissoras num processo contra os governos locais, em trâmite no Supremo Tribunal Federal alemão.
A idéia de uma reserva pública voltada para a mídia eletrônica pode ser interessante.
Mas algo assim poderia servir de modelo para a organização de jornais e revistas "sérios", como o "Süddeutsche Zeitung" ou o "Frankfurter Allgemeine Zeitung", "Die Zeit" ou "Der Spiegel", para não falar das revistas mensais mais ambiciosas?

Efeito político

O resultado de um estudo sobre fluxos de comunicação pode ter interesse nesse contexto: ao menos no âmbito da comunicação política - ou seja, para o leitor enquanto cidadão-, a imprensa de qualidade desempenha um papel de "liderança": o noticiário político do rádio e da televisão depende em larga escala dos temas e das contribuições provenientes do jornalismo "argumentativo".
Suponhamos que uma dessas redações caia nas mãos de investidores que trabalham com lucros rápidos e prazos curtos: a reestruturação e o enxugamento nesses lugares estratégicos não tardarão a pôr em risco os padrões jornalísticos e a afetar em cheio a vida política.
Pois a comunicação pública perde vitalidade discursiva quando lhe falta informação fundamentada ou discussão vivaz, coisas que não se obtêm sem custos.
A esfera pública não teria mais como opor resistência às tendências populistas e não seria mais capaz de desempenhar funções que lhe cabem no quadro de um Estado democrático de Direito.
Vivemos em sociedades pluralistas. O processo de decisão democrático só pode ultrapassar as cisões profundas entre visões de mundo opostas se houver algum vínculo legitimador aos olhos de todos os cidadãos.
O processo de decisão deve conjugar inclusão (isto é, a participação universal em pé de igualdade) e condução discursiva do conflito de opiniões.
Pois tão-somente a discussão deliberativa fundamenta a suposição de que, no longo prazo, os processos democráticos propiciam resultados mais ou menos racionais.
A formação de opinião por via democrática tem uma dimensão epistêmica, uma vez que envolve a crítica de afirmações e juízos errôneos.
Esse é o papel de uma esfera pública dotada de vitalidade discursiva.
Esse papel se evidencia intuitivamente tão logo se tenha em mente a diferença entre o conflito público de opiniões concorrentes e a divulgação de pesquisas de opinião.
Opiniões que se formam por meio de discussão e polêmica são, a despeito de toda dissonância, filtradas por informações e argumentos, enquanto as pesquisas de opinião apenas invocam opiniões latentes em estado bruto ou inerte.
Mediação
É claro que os fluxos díspares de comunicação numa esfera pública dominada pelos meios de comunicação de massa não permitem o tipo de discussão ou consulta regrada que tem lugar em tribunais ou sessões parlamentares.
Mas isso também não é necessário, pois a esfera pública é apenas um dos elos relevantes: ela faz as vezes de mediação entre discursos e discussões nos foros do Estado, de um lado, e as conversas episódicas ou informais de eleitores potenciais, de outro.
A esfera pública dá sua contribuição à legitimação democrática da ação estatal ao selecionar temas de relevância política, elabora-os polemicamente e os vincula a correntes de opinião divergentes.
Por essa via, a comunicação pública estimula e orienta a formação da opinião e do voto, ao mesmo tempo em que exige transparência e prontidão do sistema político.
Sem o impulso de uma imprensa voltada à formação de opinião, capaz de fornecer informação confiável e comentário preciso, a esfera pública não tem como produzir essa energia.
Quando se trata de gás, eletricidade ou água, o Estado tem a obrigação de prover as necessidades energéticas da população.
Por que não seria igualmente obrigado a prover essa outra espécie de "energia", sem a qual o próprio Estado democrático pode acabar avariado?
O Estado não comete nenhuma "falha sistêmica" quando intervém em casos específicos para tentar preservar esse bem público que é a imprensa de qualidade.
Melhores resultados
O problema é apenas de ordem pragmática: como se alcançam os melhores resultados?
Em certo momento, o governo [do Estado] de Hessen concedeu ao jornal "Frankfurter Rundschau" um crédito subsidiado - sem sucesso. Mas as subvenções diretas são apenas um dos meios disponíveis.
Outros caminhos são as fundações com participação pública ou a renúncia fiscal para famílias envolvidas no ramo.
Nenhuma dessas soluções está livre de problemas. E ainda é preciso aclimatar a idéia de subvenções a jornais e revistas.
Em termos históricos, a idéia de regular o mercado da imprensa tem alguma coisa de contra-intuitivo. Afinal, o mercado foi outrora o cenário em que idéias subversivas puderam se emancipar da repressão estatal.
Mas o mercado só é capaz de desempenhar essa função se as determinações econômicas não penetrarem nos poros dos conteúdos culturais e políticos dispersos no mercado.
Agora, como antes, a crítica adorniana da indústria cultural constitui o ponto central. A observação cética é indispensável, pois nenhuma democracia pode se dar ao luxo de uma falha de mercado nesse setor.

JÜRGEN HABERMAS (1929) é um dos principais filósofos e sociólogos vivos. Colaborou entre 1955 e 1959 com Adorno e Horkheimer no Instituto de Pesquisa Social, em Frankfurt, e lecionou nas universidades de Heidelberg e de Frankfurt. Entre suas obras de maior impacto traduzidas para o português estão "Mudança Estrutural na Esfera Pública", "Direito e Democracia" e "Consciência Moral e Agir Comunicativo" (Tempo Brasileiro). Este texto foi publicado originalmente no jornal alemão "Süddeutsche Zeitung". Tradução de Samuel Titan Jr.

Folha.uol.com.br

Crítico compara Habermas a Vladimir Putin e chama seu artigo de "frívolo"

DA REDAÇÃO

Em artigo para o jornal "Tagesspiegel", o crítico literário Marius Meller - editor literário desse jornal entre 2003 e 2006 e colaborador de publicações como "Frankfurter Allgemeine Zeitung", "Merkur" e "Kursbuch"- fez duras objeções ao argumento de Jürgen Habermas sobre o aporte de subsídios estatais para garantir a qualidade dos jornais impressos.

"Em questões de moral, sr. Habermas, o ator principal é o indivíduo, não o sistema. Já nos anos 1980, o sr. profetizou a queda da democracia por conta da televisão privada, e estava errado. Eu sinceramente espero que o esquema gnóstico de bem e mal que o sr. tão frivolamente aplica ao liberalismo e ao neoliberalismo não se torne uma ideologia que um dia venha a invocá-lo como sua fonte", escreveu em 18/5 em resposta ao artigo de Habermas (leia pág. ao lado), originalmente publicado em 16/5.
Quanto mais livre a economia, mais livre é a imprensa, escreve Meller, o que significaria que, ao propor uma estatização dos meios de comunicação, o filósofo alemão estaria sugerindo que a imprensa livre corrompe.
"O que o sr. sugere relembra a Rússia em tempos recentes", completa, "e dá margem a pensar, sobretudo para alguém que conhece sua teoria sobre a mudança estrutural do público, que o sr. é o porta-voz do presidente Vladimir Putin, alfineta.

Folha.uol.com.br

09 mayo 2007

Algo más sobre el arbitrario retiro de una señal de T.V.

Por Alberto Baumeister Toledo*

No había querido pronunciarme por esta vía en torno al lamentable problema de la decisión de arrebatar la autorización para uso del espacio radioeléctrico de una empresa de televisión venezolana. Ya a poco tiempo de que se cometa ese atropello torna indispensable que nos pronunciemos sobre ello.

Dije sí, con ocasión a los actos de soberbia del señor Chávez, expresados hace meses atrás, que las amenazas ya desde entonces proferidas del castigo que le esperaba a esa empresa (que por supuesto serán luego otras las que vengan televisoras o no) eran un atropello a la Ley y un desatino político, ante la falta de fundamento de los argumentos utilizados para justificarlo, proferidos por el señor que dice nos manda, y que resumidamente consistían en fundamentar la negativa de prórroga en una ajustada posición del gobierno de turno, ante el atropello de que había sido objeto por la conducta de esa empresa privada, en tanto que en varias ocasiones, había proferido ataques verbales, omisión de información, divulgación no veraz de noticias o desviada información en torno a sucesos políticos que perjudicaban la imagen del gobierno y afectaban la vida política del país.

Ello resultaba insensato, en primer lugar, por ser dicha declaración una prueba evidente de no haber el Estado desempeñado adecuadamente su labor de custodio de los intereses públicos y conducta ciudadana, en tanto que si así habían ocurrido los hechos, ese Estado fue negligente en enjuiciar y sancionar tales conductas contrarias a la Ley o inclusive a la moral ciudadana.

Pero en segundo lugar, al confesar también que ello había ocurrido, y nada se hizo, ni siquiera levantar los expedientes conducentes a demostrar los ilícitos administrativos o penales, y ahora, luego de años o meses de haber acaecido tales ilícitos, la decisión como sanción de negar la continuación de la habilitación de uso o concesión para la explotación del espacio radioeléctrico en uso, evidentemente ello constituye una clara "desviación de poder" por parte del Estado, y por tanto un gesto condenable y censurable y que en efecto atacaba sin sentido alguno las libertades ciudadanas y particularmente la libertad de información, en tanto ello en lugar de ser la pretendida sanción, se convertía en una simple retaliación o venganza, gesto y actitud inexplicables e injustificables dentro de las conductas públicas.

Faltando poco para que se cometa dicha tropelía y barrabasada final, con la cual tanto se tiene amenazadas a dicha empresa y a la ciudadanía, otra más de las que viene ejecutando ahora este oprobioso régimen, creo prudente, sin aspavientos ni torceduras políticas, ni para que se nos tome por defensores de una determinada empresa con la cual ningún nexo me une, quiero precisar la falta de fundamento jurídico de esas decisiones, y por ello reputar que tales actos constituyen un desatino jurídico, político y social.

En efecto, debe recordarse que con la última modificación de la Ley Orgánica de Telecomunicaciones en Venezuela (al igual que la Ley española, que le sirvió de inspiración), se produjo un cambio radical en el régimen de las telecomunicaciones, al establecer el principio de la libertad económica de las mismas, eliminando la reserva que de ellas tenía para sí el Estado e incluso modificándose el concepto que de las mismas se tenía como "servicios públicos".

Es decir, al derogarse la vieja Ley de Telecomunicaciones, las actividades relativas a las mismas pasaron de ser actividades públicas que estaban reservadas al Estado, a actividades privadas realizadas por los particulares en ejercicio del derecho a la libertad económica (Art. 112 de la Constitución), en concurrencia con el Estado.
En consecuencia, ahora el uso de los espacios radioeléctricos dejó de ser una cesión que hace el Estado de sus derechos sobre los mismos, los cuales ejerció hasta entonces a su solo arbitrio por vía de facultar su explotación a través de concesión para que una determinada actividad de los particulares pueda ser ejercida en torno a ese bien o derecho de uso privativo del Estado.

Se modificó el sistema, conforme todas las tendencias legislativas modernas en la materia, para que fueran los particulares quienes en lo sucesivo dispusieran del mismo y al Estado sólo le quedó confiado regular su explotación ordenada, salvo casos de emergencia o de especial interés en la defensa nacional, para lo cual se requiere todo un procedimiento especial para que así se considere y se le aplique dicho régimen, que no es el caso concreto.

Con lo dicho y en virtud del señalado cambio, sin lugar a dudas y a la luz además del contenido mismo de las normas de la comentada Ley y su reglamentación, el Estado quedó privado de hacer y disponer a su buen saber y entender (potestad discrecional) en materia de uso y explotación de los espacios radioeléctricos y todo lo relativo a ello se tornó en una actividad estrictamente reglada, conforme a la cual, cumplidos los extremos de la Ley, el Estado NO ES QUE PUEDE, SINO QUE TIENE Y DEBE, facultar al particular bien para la explotación y uso de la actividad o bien de que se trate, y por tanto está obligado a otorgarle la habilitación de uso, o bien para facilitarle la extensión, prórroga o continuación de la actividad que viene cumpliendo.

Esta Ley no es ni de la Cuarta ni de las anteriores Repúblicas, es de la época y hechura de este insólito socialismo que nos viene arrastrando no en pro de una patria mejor, sino hacia la muerte de nuestras libertades, a la conculcación de nuestros derechos y a soportar las cada vez mayores desatinadas decisiones de quien ejerce el poder de gobernarnos, a su juicio omnímoda e ilimitadamente.

No sé si es que los talentos jurídicos, no necesariamente relumbrosos ni escogidos que prestan sus servicios al gobierno desaparecieron o se han olvidado de conceptos tan simples como los antes expuestos, pues no se necesita especial inteligencia para leer lo que dice la ley que regula en concreto esa materia, pero pareciera que le tienen terror a destacarle al gran jefe sus disparates y dislates y callan y omiten esas advertencias para no disgustarlo y porque al fin y al cabo quien mete la pata es él y ellos tendrán una justificación para decir que no les preguntaron ni ellos tampoco opinaron sobre el tema.

Juan Pueblo debe y tiene que tener claras las ideas sobre este delicado asunto. No puede ser que una perorata disparatada en la que se achaque el asunto a una simple retaliación, como si se tratara de pelea entre guapos de barrio, justifique si se deja o no hacer una determinada actividad, y sea ello el fundamento para tomar una determinada decisión administrativa, pues con ello lo que termina por hacerse es que esa acción del gobierno termine siendo censurable por ominosa, arbitraria y por ser adoptada en absoluta contrariedad a lo prescrito en una ley vigente.

Lo de la no prórroga, lo del arrebato de la autorización o habilitación para que esa señal no siga en poder de un particular es una clara violación de la Ley, una burla a la libertad de información y un irrespeto a la Constitución Nacional y a los pactos internacionales vigentes y suscritos por Venezuela. Invito al más conspicuo y acreditado profesional del Derecho o especialista en la materia a que me rebata lo sostenido en esta Opinión.

* bautole@gmail.com