18 noviembre 2007

Blanca paloma de la Paz

Por María Walter

En el orden de las vicisitudes humanas
no es siempre la mayoría de la masa física la que decide,
sino que es la superioridad de la fuerza moral
la que inclina hacia sí la balanza política.

Simón Bolívar


Uno de los mayores daños que se le puede hacer a una República es propiciar que sus ciudadanos se enemisten entre sí, pues de esa manera, si alguna fuerza enemiga externa existiera pendiente para efectuar un ataque, dicha división le resultaría altamente ventajosa... No habría sino esperar el buen momento para irrumpir, confiando “internamente” la ceguera se nutra de la encendida emocionalidad y unos contra los otros derrumbando la posibilidad de sueños por años compartidos, faciliten camino...

Está visto, la guerra es la peor calamidad que puede vivir un pueblo, peor aún, si ésta se sucede entre hermanos; por ello, nada más alejado entonces de la verdad y la luz que la guerra, evitable gracias al raciocinio; ausente éste, como absurdo civilizatorio buscan justificarlo, caracterizándolo como tránsito indispensable a la paz futura, absurdo repetido, una y otra vez, buscando mercados, mientras tú, paloma, blanca paloma de la Paz, insistes en volar entre las multitudes. Hábiles tus giros, apenas se ven, por ello, el valor de la sensatez ha de caracterizar a quien en ejercicio del poder, guía. Si no somos capaces del entendimiento, a qué fin entonces el verbo al servicio del Hombre, a qué fin el estudio, la doctrina? Más aún, a qué fin, la pretensión de un nuevo paradigma, según se asegura de corte más humano si “exhibido en la historia futura” da al traste con la libertad, impone el uso de la fuerza, acalla las conciencias, amortaja.

Si algo trae de propio el Siglo XXI es favorecer el encuentro entre los Seres, pues, no en balde la propia Madre Tierra habla de los errores en los que consuetudinariamente se ha incurrido, por ello, estatuir un nuevo orden en este Siglo no se concibe sin el indispensable diálogo franco y fecundo pues la noción del valor de la vida colectiva ha adquirido –se supone- suficiente fuerza moral, exigiendo, la búsqueda de oportunidades de encuentro y realización humana, máxime cuando con alocados vientos y marejadas, la Tierra ya cansada de nuestros desatinos perfila lo imperioso de la Unión y la Solidaridad en la Humanidad Viviente so pena de extravío definitivo.

Cuando llegado el momento de propiciar acuerdos, en lo político, por lo contrario, se opta por caminos pedregosos, la insensatez aparece dispuesta a la trifulca, ganando adeptos, asumiendo “enemigos”. Una misma sangre / Nación / oportunidad de realización, es entonces expuesta al tropel, cual si la vida nada significara. Cual si la Libertad fuese cosa de libros y falsas militancias. Extraña manera de soñar la Patria Grande de Bolívar, extraña manera...

Por ello, el desconocimiento de la Ley, no exime de su cumplimiento.

Articulo 1 Constitucional: La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación: la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad del territorio y la autodeterminación nacional.

Artículo 2 Constitucional: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 3 Constitucional: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.

Artículo 4 Constitucional: La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

Articulo 5 Constitucional: La Soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente mediante el sufragio, por los órganos de ejerza el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 6 Constitucional: El gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que lo componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Artículo 7 Constitucional: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetas a esta Constitución.

La conciencia como el eco aflora, libre como hoja blanca de la historia.

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