Estas declaraciones anticipan una reforma constitucional destinada a suprimir el principio de separación funcional de los órganos del Poder Público para imponer en su lugar otro de corte absolutista que legalice constitucionalmente la concentración de todos los poderes en una sola voluntad. Exactamente lo que, en su momento, advirtiera Montesquieu que debe evitarse, pues "cuando el poder legislativo está unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad... Tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado del legislativo ni del ejecutivo. Si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez sería al mismo tiempo legislador. Si va unido al ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor". Y Montesquieu agrega: "Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales..., ejerciera los tres poderes".
La debilidad del Estado de Derecho radica en que, al margen de lo establecido en la Constitución de 1999, el Presidente de la República concentra en su persona todos los poderes. Si, por el contrario, se aplicase efectivamente el principio de separación de poderes, ocurriría que el Estado de Derecho se vería fortalecido por la independencia y la autonomía funcional de todos los poderes.
El principio de la división de poderes tiene por finalidad evitar que uno cualquiera de los órganos del Poder Público abuse de sus atribuciones. Se trata, siguiendo a Montesquieu, de que "el poder frene al poder".Y esto sólo se logra cuando todos los poderes se controlan mutuamente, de modo que en cuanto alguno exceda los límites que le establece la Constitución, los otros actúen como contrapeso y frenen los excesos de aquel.
La colaboración entre unos y otros consiste en que todos ejerzan sus funciones en forma coherente y ajustada a los preceptos constitucionales para mantener la integridad de la Constitución. No se trata, entonces, de una colaboración en el sentido de ponerse de acuerdo para un fin determinado, como es el lamentable caso de los representantes de los poderes públicos en Venezuela, que se han puesto de acuerdo para violar sistemáticamente la Constitución en función de los fines que pretende el Presidente de la República de convertir al Estado democrático de Derecho en un Estado autocrático sin Derecho.
Lo que proponen los magistrados Morales y Carrasquero es conferirle a una sola persona, es decir, al Presidente de la República, todos los poderes del Estado para que gobierne, legisle, juzgue y penalice según su voluntad. Esto sería un acto de servidumbre abominable que liquidaría definitivamente los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos. Aunque de hecho lo está haciendo sin control y sin límites, en contravención de los valores superiores y de los principios y normas constitucionales, con la infeliz anuencia y complacencia de la mayoría de los diputados de la Asamblea Nacional, de los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, de los rectores del Consejo Nacional Electoral, de los representantes del Poder Ciudadano, del Contralor General de la República, de la Procuradora General de la República, de la Fiscal General de la República y de la Defensora del Pueblo.
La conducta de los mencionados funcionarios es la más clara evidencia de que en Venezuela no existe más el Estado de Derecho, pues todos ellos han delegado sus respectivas funciones en el representante del Ejecutivo, convirtiéndose, así, en meros mandaderos de las órdenes de éste.