31 octubre 2011

Decisiones judiciales ideológicas


La sentencia dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 17 de octubre de 2011, mediante la cual, una vez más, se declara “inejecutable” un fallo emanado de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, es otra de esas decisiones ideológicas que se posicionan en las antípodas del Derecho.

Durante la última década, los magistrados de dicha Sala han asumido una posición crítica de descalificación respecto de algunos criterios y decisiones de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, con base en voluntaristas y equívocas interpretaciones acerca de la supremacía constitucional, la soberanía nacional y la autonomía de los poderes públicos.

Esta nueva tendencia jurisprudencial, encabezada por la Sala Constitucional del máximo Tribunal de la República, pone en duda el carácter imparcial de los órganos de protección internacional de los derechos humanos e induce al Estado venezolano al desacato por incumplimiento de los compromisos adquiridos en materia de derechos humanos y, por consiguiente, a la violación del derecho internacional y de la propia Constitución. Es indiscutible que en esta ocasión, a propósito de la "inhabilitación política" de Leopoldo López, tal como ocurrió en 2009 en el caso de los exmagistrados de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, la referida tendencia equivale a un desconocimiento explícito del rango constitucional de tratados como la Convención Americana de Derechos Humanos, y de las decisiones dictadas por los órganos del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos.

Si los principios y valores que nutren el espíritu del pueblo venezolano en los ideales de libertad y democracia son exactamente los principios y valores superiores sobre los que se funda el Estado democrático y social de Derecho y de justicia, no hay manera de sesgar ni de condicionar la preeminencia expresa de los derechos humanos y la existencia de los mecanismos de garantía para su protección. Sin embargo, es más que evidente y lamentable que el criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia propende a la desconstitucionalización y a la restricción de derechos humanos fundamentales, mediante la imposición de un proyecto ideológico incompatible con los principios democráticos, sirviéndose para ello de conceptos relativos e indeterminados que desdeñan el derecho de los venezolanos a la tutela judicial efectiva y a la protección que brindan los órganos del Sistema Interamericano de los Derechos Humanos. 

Los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia deberían ejercer sus funciones dentro de los límites establecidos en la Constitución vigente y a contribuir, a través de sus decisiones, con el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por Venezuela como país miembro de la Organización de Estados Americanos, en vez de dedicarse con tan pocos escrúpulos al activismo judicial en el sentido negativo de su aplicación.

23 octubre 2011

Adictos al twitter

Suceden tantas cosas distintas en todas partes del planeta, que ya no sé si merece la pena escribir sobre ellas en una cuartilla o dos, cuando existe un modo más puntual, efectivo y veloz de reseñarlas.

En Venezuela, en un mismo día puede ocurrir que asesinen a quince personas, que dos ciudades queden incomunicadas debido al derrumbe de una carretera, que se produzcan al menos tres manifestaciones en diferentes puntos de la capital, que la Asamblea Nacional apruebe una ley absurda, que alguna de las Salas del Tribunal Supremo de Justicia dicte una sentencia inconstitucional, que Conatel sancione a uno cualquiera de los medios de comunicación, que el Presidente de la república improvise alguna nueva forma de vulnerar derechos fundamentales..., mientras la mayoría de nosotros intenta ocuparse en sus propios asuntos sin perder de vista el twitter, porque de cualesquiera de estos acontecimientos nos enteraremos en apenas 140 caracteres.

El twitter se ha convertido en una herramienta esencial de comunicación que supera en mucho a los medios tradicionales por la velocidad de sus actualizaciones. Las personas transmiten toda clase de información (tweets) desde el lugar y en el momento en que ocurren, se multiplican (retweets) con una rapidez asombrosa y se difunden a escala mundial en cuestión de minutos. Nuestra necesidad de saber qué está pasando aquí y allá y ahora es insaciable, pero también existe la necesidad de compartir con los demás algunas de las cosas que cada uno piensa, ve, escucha, desea, decide y hace. 

La adicción a esta red social revela la importancia de las interrelaciones en un mundo donde el tiempo parece que transcurre más rápido que antes, por lo que a la gente le resulta más difícil coordinar sus citas y alcanzar el ritmo de las innovaciones. Las facilidades que ofrece el twitter -desde drenar emociones y comentar un partido de fútbol hasta publicitar una empresa y derribar gobiernos- son extraordinarias por su efecto masivo, un fenómeno incomparable que introduce cambios radicales en la conducta humana.

Sin embargo, habiendo en el mundo 7.500 millones de personas (año 2011), apenas 175 millones utilizan twitter, esto es, poco más del 2.33% de la población mundial, lo que pone en duda su carácter masivo.