26 febrero 2010

Fallo de la Corte Constitucional colombiana contra la reelección presidenciall

Una lección magistral sobre el principio de la división de poderes acaba de dictar la Corte Constitucional colombiana. Es, sin duda, una sentencia histórica que marca con absoluta nitidez las líneas de separación que deben existir entre los diversos órganos del Poder Público. Es, también, una decisión política de gran trascendencia, dado que su objeto ha sido nada menos que la Ley 1354 del 8 de diciembre de 2009, por la cual se pretendía convocar a un referendum constitucional con la finalidad de proponer la reelección del Presidente Alvaro Uribe para un tercer periodo presidencial.

Con siete votos a favor y 2 en contra, la Corte Constitucional ha declarado inexequible en su totalidad la Ley 1354. Y, a la pregunta de una periodista, el Presidente de dicha Corte, Dr. Mauricio González, en la rueda de prensa que siguió a la lectura de los extractos más sustanciales del fallo, ha afirmado que ninguno de los nueve magistrados recibió presiones del Ejecutivo, ni de los representantes de los demás poderes, respecto de la decisión que les correspondía tomar.

La inexequibilidad total de la mencionada Ley implica la imposibilidad para el presidente Alvaro Uribe de postularse nuevamente como candidato presidencial. Pero, además, la imposibilidad de que cualquier otro mandatario pretenda gobernar ese país por un periodo mayor al establecido expresamente en el artículo 197 de la Constitución colombiana de 1991.

Artículo 197: "Nadie podrá ser elegido para ocupar la Presidencia de la República por más de dos periodos".

En conclusión, la única manera legítima y legal de lograr la prórroga del periodo presidencial o, a tales fines, la modificación del citado artículo, sería mediante una reforma de la Constitución que propusiera el Congreso, o una Asamblea Constituyente, o el pueblo. Y en todo caso, si existieren dudas o disconformidad con respecto al procedimiento que se lleve a cabo para ello -tal como ha ocurrido ahora-, la Corte Constitucional tendría que resolver el asunto por la vía del control de constitucionalidad previsto en los ordinales 1º y 2º del artículo 241 de la Constitución colombiana.

Al margen de estas consideraciones jurídicas, vale preguntarse: ¿Es razonable que un gobernante se mantenga en el poder por más de dos periodos presidenciales? ¿Es admisible el argumento de que no ha logrado concretar sus planes en ese plazo? ¿Cuál podría ser el verdadero propósito de un mandatario que aspire a la reelección continua por tiempo indefinido? ¿Merece la confianza del pueblo un presidente que no haya completado la ejecución de, por lo menos, el 50% de su programa de gobierno en dos periodos?








10 diciembre 2007

Reforma chavista

Por Rivadávia Rosa

O QUE SE PERCEBE NA ‘REPÚBLICA BOLIVARIANA DA VENEZUELA’- como ‘marea roja’ – são integrantes da MILICIA CHAVISTA, devidamente fardados de um lado, e os corajosos estudantes e a grande maioria silenciosa da Nação, que por medo ou por não ter consciência do avanço da barbárie ainda não saiu às ruas. Isso não significa que apóia o regime chavista.

OS CHAVISTA - EM NOME DO PROGRESSIVISMO não têm idéia de que o que estão fazendo na Venezuela são manifestações nazi-fascistas, a exemplo do que aconteceu nos territórios dominados pelo nazismo e na Itália fascista.

As milícias fascistas levaram MUSSOLINI ao poder, pela Marcha sobre Roma; as milícias nazistas nele mantiveram HITLER, permitindo o cenário do incêndio do Reichstag e a dissolução subseqüente do Partido Comunista, que assegurou a maioria parlamentar aos nazistas, sem revolta popular.

Célula é uma invenção comunista; ao passo que a milícia - uma invenção fascista - correspondia inicialmente a doutrina do fascismo, uma mistura de SOREL, de MAURRAS e de PARETO, que afirma a predominância das elites, das minorias atuantes, e a necessidade de violência para permitir-lhes conquistar e conservar o poder: a milícia organiza essas minorias, ‘excluídos’ e criminosos de toda sorte, assim como a plebe ignara e lhes provê os meios de ação violenta.

OS MOVIMENTOS denominados fascistas, genericamente – tiveram as mesmas características – surgiram na Europa no entre guerras, em cenário de crise econômica, social e de representação política, tais como o FASCISMO ITALIANO, o NACIONAL-SOCIALISMO ALEMÃO, o REXISMO BELGA, o FALANGISMO ESPANHOL, a UNIÃO FASCISTA BRITÂNICA, o PARTIDO CAMPONÊS (ou GUARDA DE FERRO ROMENA), o PARTIDO POPULAR FRANCÊS, o PARTIDO DO DIREITO E O POVO CROATA, o MOVIMENTO DA CRUZ FLECHADA HÚNGARO, a UNIÃO NACIONAL NORUEGUESA, e similares que surgiram com maior ou menor intensidade ao longo da história européia.

O neosocialismo ou socialismo del siglo XXI – latino americano ou está vivendo um auto-engano ou praticando aquilo que sempre fizeram – tentando impor a ideologia criminosa denominada comunismo-socialismo, responsável pela maior barbárie do século passado provocada pela ação (des) humana; apresenta-se supostamente forte, mas na realidade apegado a idéias fossilizadas, expondo a decrepitude símbolizada pelo ditador da Ilha Cárcere de Cuba e, agora o teniente-coronel-golpista-presidente Hugo Chávez Frías.

A genealogia intelectuaL, política e (i) (a) moral dos esquerdistas – está bem assentada - primeiramente como vassalos de MOSCOU-CHINA-HAVANA; depois do colapso por falência múltipla do totalitarismo soviético – apegam-se à tábua de salvação do comunismo cubano, reconfigurado em ‘socialismo del siglo XXI’.

O TRESLOUCADO DEVOTO DE FIDEL CASTRO e pretenso discípulo de SIMÓN BOLÍVAR num ponto e somente num ponto o segue, pois o resto é fraude das idéias do Libertador, confira a máxima:

“Un pueblo ignorante es instrumento ciego de su propia destrucción…” e, completa –“se nos ha dominado más por el engaño que por la fuerza”. SIMÓN BOLÍVAR

No século passado assistiu-se o experimento pseudo humanitário de devotos que diziam movidos pela idéia de salvar a humanidade, enquanto encarceravam, torturavam e matavam milhões de pessoas concretas, reais, palpáveis, dessa mesma humanidade.

PRETENDER SOLUÇÕES ABSOLUTAS E DEFINITIVAS é tentar congelar a história. As tentativas desses absolutismos no século XX foram a causa da extrema perversidade moral do comunismo, do fascismo e do nazismo, nessa ordem de aparecimento cronológico.

O CERTO É QUE TODA essa sucessão de barbárie – herdeira das utopias das esquerdas que tentaram mudar o mundo, não se sustenta em nenhum princípio ético-moral que alegam em suas manifestações, especialmente o compromisso com a LIBERDADE.

CLAMAM por liberdade, solidariedade, igualdade, justiça social, contra a marginalização, a pobreza, a miséria pelo catecismo de um pseudo bom pastor de esquerdas, ENQUANTO A ARROGÂNCIA E A VISEIRA IDEOLÓGICA – os leva a acreditar numa pretensa superioridade intelectual e moral – mas na realidade não passam de LACAIOS DO PENSAMENTO REACIONÁRIO DE ESQUERDA, que pretende ser ‘único e universal’.

ALÉM DO QUE HÁ UMA FORTE CORRENTE DE ESQUERDA – com mais ruído do que inteligência, mas com efetiva retórica – que está violando descaradamente a ‘lei das leis’ – que é A CARTA INTERNACIONAL DE DIREITOS HUMANOS.

Arreganhos dessa prática criminosa já despontam em exemplos emblemáticos, inclusive no Brasil (menina presa ilegalmente é encarcerada com homens em prisão no Estado do Pará/Brasil - governado por uma petista que entendeu ‘perfeitamente’ normal a ato e ainda culpou governos anteriores e outras ações criminosas sucessivas ...).

MAS O QUE SE PODERIA ESPERAR DE UMA FACÇÃO INSPIRADA NO SOCIALISMO JURÁSSICO – de Marx, Lenin, Mao, Stalin , FIDEL, KM JONG II, MANUEL MARULANDA VÉLEZ, conhecido por ‘Tirofijo' (FARC-EP colombiana), ERNESTO CHE GUEVARA (convertido em mito pela esquerda), HUGO CHÁVEZ (Frías), EVO MORALES, DANIEL ORTEGA, RAFAÉL CORREA e outros gêneros de pseudos progressistas messiânicos salvadores da humanidade?

ENTRETANTO - NÃO HÁ NADA DE NOVO – o totalitarismo de esquerda sempre clamou contra os ditadores, ao mesmo tempo em que amava LÊNIN, o fundador do totalitarismo soviético, matava como HITLER e aplicava as idéias de JOSEPH GOEBBELS.

A IDEOLOGIA NEO-REGRESSIVA TOTALITÁRIA - entra no cenário como perversa manipuladora da linguagem, da comunicação pelos meios midiáticos – convertendo-se voluntariamente ou não num instrumento de poder, ao estabelecer uma dialética da discussão, da desqualificação e da marginalização, seja ou não produto da ignorância ou da intencionalidade, em que os termos como fascista ou nazista são utilizados para ‘certificar’ qualquer pessoa que expresse divergência-dissidência do ponto de vista político e que não se enquadre no ‘pensamento único’ esquerdizóide.

NA REALIDADE NUNCA SE COMOVERAM COM AS VITIMAS, das ditaduras comunistas que não podiam se mobilizar, do terrorismo, da escravidão messiânica dos comunistas - que sequer mexiam com suas (in) consciências, mas mesmo assim, cinicamente tomam as ruas clamando contra as injustiças e a liberdade.

AS AÇÕES (I) (A) MORAIS DA ESQUERDA – persistem – em nome dos mesmos ‘princípios’ que diz defender – com o acréscimo que confere prestígio absoluto aos intelectuais e aos movimentos de esquerda, mesmo diante da barbárie mais clamorosa, ao passo que um eventual pensador de direita somente pode se equivocar uma vez antes de ser aniquilado politicamente. ASSIM JULGA-SE no pretenso ‘direito’ de perpetuar uma vida de erros, omissões e crimes e ainda achar que tem prestígio moral.

JOSÉ SARAMAGO, escritor português – defendeu STÁLIN como libertador, era a favor do MURO DE BERLIM, considera CHÁVEZ e CASTRO como referências legítimas, incluindo o PC português, o mais jurássico dos partidos comunistas do mundo, com exceção da CORÉIA DO NORTE, que detêm o título de maior dinossauro; vocifera contra os norte americanos (‘yankees’), clama contra a maldade judaica, ‘absolve’ o terrorismo islâmico, repete os bordões surrados de ‘correção política’, e as universidades do mundo babam de complacência e o elevam aos altares, considerando-o um exemplo de intelectual comprometido. NÃO IMPORTA que tenha defendido os piores assassinos da história recente. CUMPRE apenas o primeiro mandamento do CATECISMO ‘PROGRESSISTA’, e o converte em ícone da ESQUERDA REACIONÁRIA: “odiarás os EUA sobre todas as coisas, e a ISRAEL como se fora o mesmo”.

ESTE É O PROGRESSIVISMO de dupla moral – que se auto define pelo seu próprio conceito de solidariedade – um conceito caolho que ‘chora com um olho às vítimas que gostam, e com o outro absolve os assassinos dos quais são devotos’.

As alianças esquerdista com regimes que negam o holocausto – seguem na maior desfaçatez.

MANTÊM UM ÓDIO PERMANENTE contra os yankees ‘malvados’ norte americanos e os ‘perversos judeus’, mas não hesitam em ‘absolver’ todos os ditadores do planeta desde que sejam ‘vermelhos’ – pois se preocupam mais com os erros dos democratas do que a barbárie dos tiranos comunistas.

NÃO ESCAPAM TAMBÉM DA IMPOSTURA MORAL – as mulheres que vivem sob as tiranias islâmicas, sem nenhum direito, abandonadas a sua própria sorte; a situação e a dor delas não preocupa nenhum voz da esquerda. NÃO ESTÁ no catecismo do bom ‘progressista’ lutar pelas vítimas do ISLÃ; nem a liberdade – mas minimizando o terrorismo nihilista, ‘absolvendo’ os suicidas ‘jihadistas’, reconvertidos em milicianos fanáticos e enlouquecidos movidos pelo ódio contra dezenas, centenas de pessoas nos ônibus de JERUSALÉM ou nos mercados de BAGDÁ.

NESTE século XXI - esse experimento comunista continua vivo na cabeça de muitos. MAS O CONTRAPONTO ao horror dessa falácia não deve nem pode cessar. Parafraseando HERÁCLITO – deve-se combatê-lo como se faz com um incêndio (“é preciso combater a injustiça com mais prontidão do que um incêndio.”) seja que nome tiver - marxismo-leninimo-estalinismo-maoísmo-castrismo-lulismo-petismo-chavismo-islamo-fascismo.

NÃO SE PODE ADMITIR que prevaleça a visão dantesca de fraternidade preconizada por ROBESPIERRE, nesta máxima:

“Seja meu irmão ou te mato.”

MUITOS ESTÃO percebendo hoje a barbárie, mas ela vem de longe:

“Quem é a favor do mundo socialista, da Rússia, ou da China, ou de Cuba, é também a favor do Estado assassino.” NELSON RODRIGUES

Chavez Confronts Divided Nation in Constitution Vote (Update2)

Por Matthew Walter and Helen Murphy

Bloomberg.com

Venezuela's Hugo Chavez, after nine years of easy electoral victories, faces something new this weekend: a close race.


A referendum will decide the fate of Chavez's plan to expand his powers by ending presidential term limits, allowing emergency rule, and making it easier to seize private property, among other items. Should it pass, the Venezuelan president will get almost complete power over local budgets and spending.

"After standing by the president in all he's done, we don't think this reform is necessary," said Arcadio Montiel, a lawmaker with the Podemos party, which split from Chavez's ruling coalition earlier this year. "For the first time, the people aren't going to obey the president."


Opposition to the proposal gained momentum this month after the Podemos party and a former defense minister broke ranks with Chavez, calling the plan a power grab. Some pollsters say the outcome of the Dec. 2 vote is too close to call a year after Chavez won re-election with 63 percent support. Venezuela law prohibits the publication of poll results in the week before the election.

On the Edge

"The opposition stands on the precipice of handing Hugo his worst defeat since the 48-hour coup" in 2002, said Edwin Gutierrez, who manages about $5.5 billion of emerging-market debt for Aberdeen Asset Management in London. "The big fear is that Chavez decides to win regardless -- he doesn't accept defeat well and the streets could get messy."

Pollster Consultores 30.11 has said voters are likely to approve the measure and UBS AG and Lehman Brothers Inc. today wrote in reports that voters are more likely to back Chavez.

"The polls that normally favor Chavez are showing a victory for the president, although not by the same margin over the opposition as he has enjoyed so far," said Marion Barbel, an analyst at Global Insight in London. "The fight will be tighter for Chavez."

Voters will consider the changes in a two-part ballot. The first block of 33 measures includes the elimination of term limits. The second set of 36 changes includes rules to guarantee gay rights and make it easier to fire judges.

Cracks

Venezuela's opposition has failed to curb Chavez's expanding powers over the past nine years. A general strike ended with half the workforce purged from the state oil company, and Chavez handily defeated a recall referendum. The opposition's boycott of congressional elections solidified his power, giving Chavez's coalition every seat in congress and control of the courts, central bank and state media.

The proposed changes to the constitution, approved by congress, opened cracks in Chavez's coalition. Loyalists, such as former general and ex-Defense Minister Raul Baduel, called the plan a grab for power that was unconstitutional.

Clashes between protesters and police turned violent in recent weeks as opponents, including the Catholic Church, students and business groups, took to the streets to rally voters to go to the polls. Tens of thousands of people, including opposition parties and university student groups, flooded a main boulevard in downtown Caracas yesterday, waving Venezuelan flags and banners to urge voters to reject the new constitution.

Pro-Chavez

Chavez supporters are staging their own march in the capital today. Thousands wearing red shirts and waving banners that read "Yes With Chavez" gathered at points across the city to march to a pro-Chavez rally in downtown.

The outcome will probably depend on voter turnout, since Chavez supporters have historically been more likely to participate, said Liliana Fasciani, a legal philosophy professor at the Universidad Catolica Andres Bello in Caracas and a newspaper columnist.

"Abstention helps the government," she said in a telephone interview. "The outcome is all going to depend on whether there is a huge participation level, or if people are afraid to vote or don't have confidence in the system."

Abstention has been fueled by what opposition politicians say are efforts by Chavez and his supporters in Congress and the courts to erode voters' confidence in the confidentiality of their ballots.

In the presidential election of December last year, the opposition filed two dozen complaints with the national electoral courts and international observers, saying authorities ignored requests for information on voting-machine software, the fingerprint devices used to establish voters' identity and the voting booths.

After a recall referendum on Chavez in 2004, people who signed a recall petition were put on a list that prevented their hiring by any state company. Some people were fired.

Steering the Ship

"Blacklisting left a mark in the memories of voters that has taken years to erase," said Roberto Abdul, a director at Sumate, a civic-action group that organized the recall bid.

Should the constitution changes pass, Chavez will be able to turn huge swaths of existing states into federal territories and create communal councils that would undermine existing city governments.

"I'll spend the rest of my life fighting for the future of the Venezuelan people," Chavez said in a speech Nov. 28. The new constitution is needed "so that I can continue steering the ship of the Republic, so that the revolution doesn't go away."

Mayor Oreja dice que votar "no" en el referéndum venezolano es lo "más democrático"


José Manuel Hernández, Jaime Mayor Oreja, Milagros Paz, Liliana Fasciani, Alberto Carnero

Libertad Digital

Mayor Oreja ofreció una rueda de prensa en la sede de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES) en la que estuvo acompañado por un representante del primer partido de la oposición Primero Justicia, Juan Manuel Hernández; la profesora de Derecho Constitucional en la Universidad Católica, Liliana Fasciani y la presidenta del Centro de Estudiantes de la Universidad del Zulia, Milagros Paz.

Tras escuchar sus testimonios, el portavoz del PP en el Parlamento Europeo y vicepresidente del Grupo Popular Europeo, cargó contra un régimen que "pretende coartar la libertad" y que deja como evidencias, el cierre de la cadena independiente Radio Caracas Televisión o la ideologización de las Fuerzas Armadas para que "sean rojas rojillas".

Mayor Oreja lamentó que el presidente golpista haya prohibido la presencia de observadores internacionales en las elecciones del próximo día 2 de diciembre, aunque recordó que aún así viajará una delegación del PPE. "No están solos" espetó el portavoz popular en solidaridad con la oposición política y social al régimen.
Momentos antes el representante de Primer Justicia denunciaba el "fraude constitucional" que supone la aprobación de los 69 nuevos artículos en la Constitución siguiendo un mecanismo contrario al que contempla la Ley de Leyes vigente.

Juan Manuel Hernández criticó el cambio encubierto del modelo de estado; de un estado de derecho a un estado policial; de un estado democrático a un estado socialista; de una economía mixta a una economía estatal. Tomando prestadas las palabras de William Churchill, el dirigente venezolano aseguró que Chávez está construyendo "una cortina de hierro", "un estado comunista inmensamente rico".

El representante de Primero Justicia destacó la supresión del derecho a la propiedad privada siguiendo el ejemplo del castrismo y de los efectos que esta puede producir en la inversión extranjera, como una de las cinco bombas atómicas que contiene el texto.

También subrayó la reelección "indefinida" del presidente; la modificación territorial por la que se otorga la potestad de "eliminar gobernaciones" a su antojo, minando la soberanía popular; la creación de un nuevo Poder Popular, un órgano elegido directamente por el presidente con el que "asumiría las facultades de los tres poderes" el ejecutivo, legislativo y judicial; además de la derogación de la ley que regula la declaración de los estados de excepción.

Juan Manuel Hernández, no sin cierta alarma, subrayó la referencia que se incluye en los nuevos artículos de la Constitución a "los enemigos externos e internos" de Venezuela y recordó las pretensiones nucleares anunciadas recientemente por Chávez con las que quiere completar un "estado armamentístico".

El dirigente de Primero Justicia puso de relieve la contradicción en la que cae el mandatario venezolano que es capaz de criticar el imperialismo cuando él se ocupa de construir el "imperio del petróleo para financiar al eje del mal y el comunismo anacrónico" en la región, es decir, Bolivia, Ecuador, Cuba y Nicaragua.

Hernández se mostró cautelosamente optimista con el rechazo de la reforma constitucional pues todas las encuestas indican que "va a ganar el no". De ahí, el "nerviosismo evidente" del presidente golpista.

En el caso de que después del 2 de diciembre nos encontremos en ese escenario, la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica de Caracas, Liliana Fasciani auguró que quienes "conocemos a Chávez sabemos que le va a costar asimilarlo y acusará al Consejo Nacional Electoral de haberle traicionado". "No se va a conformar, no lo va a aceptar, va a insistir en su proyecto", advirtió para concluir que "transformará la derrota en una victoria".

El alegato más emocionado lo hizo la joven presidenta del Centro de Estudiantes de la Universidad de Zulia, Milagros Paz, quien calificó al presidente venezolano como una "amenaza y un peligro para Latinoamérica", y denunció la "violación de los derechos fundamentales por parte de las fuerzas de seguridad" en la represión de las manifestaciones estudiantiles.

"No somos hijos del imperio y no representamos la conciencia de nadie" subrayó. Milagros Paz hizo un llamamiento para que Venezuela en masa participe en "el referéndum revocatorio". "No vamos a descansar aunque tengamos que morir en las calles, hasta que Venezuela sea libre".

Mayor Oreja afirma que votar 'no' en el referéndum venezolano es la posición "más democrática y más fuerte"

Europapress.es

El portavoz del PP en el Parlamento Europeo y vicepresidente del Grupo Popular Europeo, Jaime Mayor Oreja, afirmó hoy que votar 'no' en el próximo referéndum en Venezuela, con el que el presidente Hugo Chávez pretende reformar la Constitución y que se celebrará el próximo domingo, es la posición "más democrática y más fuerte", por lo que animó a toda la oposición a "estar unidos".

Durante una rueda de prensa en la sede de la Fundación para el Análisis y los Estudios Sociales (FAES), Mayor Oreja denunció que un régimen en el que se cierra RCTV (Radio Caracas Televisión), en el que "más de 5.000 horas resumen la trayectoria de Chávez en menos de un año", en el que se pretende que las Fuezas Armadas "sean rojas rojillas", es un régimen que "pretende coartar la libertad".

En cuanto al referéndum del domingo, 2 de diciembre, en el que Chávez pretende la aprobación de 69 artículos de la Carta Magna, Mayor Oreja señaló que "es una lástima" que no vaya a haber observadores internacionales vigilando el proceso electoral, aunque recordó que el Grupo Popular Europeo enviará una delegación pero sin carácter de observador internacional.

El portavoz del PP en el Parlamento Europeo se refirió al Gobierno de Chávez como uno de los "socios exteriores" del Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero, afirmando que aquello que hacen éstos, también "lo acabarán haciendo sus socios interiores". Además, remarcó que es igual de "rechazable" tanto el régimen venezolano como el "movimiento nacionalista en España".

Así lo subrayó Mayor Oreja durante la rueda de prensa que ofreció con un grupo de opositores venezolanos, entre ellos un representante del partido Primero Justicia, Juan Manuel Hernández, quien alertó de la "cortina de hierro" que se está tejiendo en el país sudamericano con este intento de reforma constitucional porque se ha propuesto un cambio hacia un "Estado controlador, policial y comunista", pasando de una "economía mixta a una economía socialista y controladora".

Según aseguró, varios artículos que se pretenden modificar son "casi una copia" de la Constitución cubana, entre ellos el referido a la "eliminación" de la propiedad privada. Asimismo, Hernández insistió en sus denuncias contra la "reelección presidencial indefinida", el control sobre las administraciones territoriales, la creación del Poder Popular, "por el que el presidente asumiría las facultades de los tres poderes", la derogación de la ley de estados de excepción, todas ellas propuestas de reforma constitucional si gana el 'sí' el próximo domingo.

ESCALADA ARMAMENTÍSTICA

Además, destacó el "Estado armamentístico" al que está llevando Chávez a Venezuela, la mayoría armas de procedencia rusa, para defenderse, según la reforma constitucional, de los "enemigos externos e internos", y denunció la construcción de un "imperio del petróleo para financiar al eje del mal y el comunismo anacrónico" en la región, es decir, Bolivia, Ecuador, Cuba y Nicaragua. A su juicio, lo que se busca con la nueva Carta Magna es "más poder para el poder".

No obstante, el representante de Primero Justicia resaltó que "es la primera vez que Chávez no tiene la mayoría", ya que "todas las encuestas dicen que va a ganar el 'no'" y que el Gobierno lo sabe y por eso "manifiesta un evidente nerviosismo".

Pero la profesora de Derecho Constitucional de la Universidad Católica de Caracas Liliana Fasciani auguró que, en caso de que gane el 'no', "a Chávez le va a costar asimilarlo y acusará al Consejo Nacional Electoral de haberle traicionado". "No se va a conformar, no lo va a aceptar, va a insistir en su proyecto", advirtió.

Para Fasciani, esta reforma supone un "fraude constitucional" porque utiliza métodos para su modificación que no están contemplados en la propia Carta Magna, al tiempo que subrayó que "suprime y restringe muchos de los derechos fundamentales y pretende cambiar a un Estado socialista", lo cual supone una "grave incidencia en los principios fundamentales".

Por último, la presidenta del Centro de Estudiantes de la Universidad de Zulia, Milagros Paz, calificó al presidente venezolano como una "amenaza y un peligro para Latinoamérica", y denunció la "violación de los derechos fundamentales por parte de las fuerzas de seguridad" en la represión de las manifestaciones estudiantiles.

La reforma constitucional y la universidad

Por Amalio Belmonte

El Proyecto de Reforma Constitucional (PRC) presentado por el Presidente de la República para consideración de la Asamblea Nacional no hubo inicialmente referencia directa sobre el tema educativo, pero posteriormente, se agregó el artículo 103 que sostiene: “…el Estado realizará una inversión prioritaria de acuerdo a los principios humanísticos del socialismo bolivariano”.

Igualmente se propuso modificar el artículo 109 sobre la autonomía universitaria para intentar cambiar, de manera forzada, la integración del claustro universitario y la correlación de fuerzas en el seno de las universidades que ha sido adversa al oficialismo.

De todas manera el propósito fundamental de la RC es eliminar todos los obstáculos que la cultura democrática del país impiden la instalación de un régimen unidimensional y excluyente, para crear un modelo de sociedad y Estado y un Sistema Educativo que permita cumplir lo que reza la Exposición de Motivos “cambiar la superestructura política, ideológica, cultural, epistemológica y educativa del país".

Además, el conjunto de artículos procura la legitimación de lo que el gobierno llama el Socialismo del Siglo XXI, propugna mayor concentración de poder en la figura del jefe del Ejecutivo Nacional. Para asegurar que ese modelo político disponga de un mito fundacional, representado por liderazgo fuerte, personificado en el Presidente. La RC serviría también como sustrato legal del llamado Tercer Motor de la Revolución: Moral y Luces, que es el instrumento para forjará el hombre nuevo cargado de “Etica Socialista”.

A pesar de lo señalado en el párrafo anterior, podemos conseguir en parte del articulado consideraciones sobre asuntos que incidirían sobre las eventuales políticas educativas del oficialismo. Así, en el artículo 16 se menciona el “Poder popular derivado de las “células geohumanas del territorio” como núcleo del Estado socialista. También asiente que los Consejos del Poder Popular (Art. 70), constituidos entre otros por los consejos estudiantiles, son medios de participación y protagonismo para la construcción del socialismo. Como puede colegirse, no concibe el proponente de esta reforma que puedan crearse formas de organización ciudadana, cuyos objetivos no se sometan al imperativo del Socialismo del Siglo XXI, por lo que se tornarían discutibles o sin legitimidad formas de autoridad diferentes. Recordemos su parecer acerca del poder constituyente como proceso permanente en detrimento de lo constituido.

Suele ocurrir con las iniciativas legislativas oficiales que antes de proceder a su discusión en la Asamblea Nacional ya están creados los mecanismos y desarrolladas parte de las políticas concretas que sólo esperan la legitimación de la Asamblea Nacional, tal como puede constatarse, entre otras instituciones, en las modificaciones sufridas por la Fuerza Armada Nacional y el Banco Central. En estos casos no ha necesitado el Presidente cambiar la Constitución para decretar la Hegemonía política e ideológica del gobierno en esas instituciones contraviniendo disposiciones de la Constitución vigente. Los asuntos de la formalidad democrática preocupan poco a quienes se sienten representantes de la ideas salvadoras únicas.
No es descaminado plantear que, en el marco de una decisión de la AN para declarar que Venezuela es una sociedad socialista, a tenor de lo que el Presidente considere al respecto, toda la educación sería obligada a construir el ideario ideológico y doctrinario que tal modelo demanda.

Para el caso de la autonomía universitaria, sería poco probable que el gobierno aceptara la vigencia de un principio contrapuesto a la hegemonía de un pensamiento único y ala funcionamiento natural de una institución caracterizada por el pluralismo, distante e la genuflexión y la aquiescencia ante el poder.

Ya hemos sido advertidos por funcionarios del Ministerio de Educación con respecto a la “profundización” del Tercer Motor de la Revolución: Moral y Luces que tiene la responsabilidad de crear la “ética socialista “en el conjunto de estudiantes que les corresponde atender. Sólo se espera la aprobación de la Reforma Constitucional y la legitimación que aspiran recibir para su proyecto del Socialismo del Siglo XXI. Por su parte el Ministro de Educación Superior Luis Acuña tomó la iniciativa, coincidiendo con la proposición de la reforma, de presentar ante la Asamblea Nacional un articulado para la segunda discusión de la Ley Orgánica de Educación que se ajusta perfectamente a la idea principal de declarar a la sociedad venezolana gobernada con base en un régimen socialista: considera este funcionario que las universidades deben avenirse ideológicamente “con lo que determinan los nuevos tiempos del país”. Propone para esa ocasión que en la Exposición de Motivos y en las Disposiciones Fundamentales del PLOE, se contemplen: la ética socialista; la democracia protagónica revolucionaria y el modelo productivo socialista entre otros temas.

Agrega que debe “revisarse la condición de las figuras rectorales para que puedan adecuase sus atribuciones y pertinencia al contexto de la educación superior que exige el país y permitan materializar un Estado eficiente signado por la ética socialista. Las autoridades, dice “No pueden colocar sus méritos académicos por encima de las nuevas concepciones (sic) de la autonomía con participación protagónica”. Piensa que la revolución es asunto de tal trascendencia que mal podría subrogarse a criterios académicos.

El profesor Acuña también le resulta adecuado el planteamiento de la proposición de la Reforma Constitucional, con relación a la nueva “Geometría del Poder”, porque ella debería copar todos los ámbitos de la sociedad, y el gobierno universitario es un objetivo importante para ese cometido. No olvida este alto funcionario de la educación superior las dificultades de la del oficialismo para ganar elecciones en los sectores que integran la comunidad académica nacional. Por ello invita a “materializar el Poder Popular para las decisiones trascendentes” y “Adaptar la organización estudiantil al nuevo concepto de Poder Popular”. Así mismo, modificar la integración del claustro universitario porque “se menosprecia a los otros miembros de la comunidad universitaria”.

Puede concluirse afirmando que los efectos de la Reforma Constitucional deben examinarse, tomando en cuenta el propósito político central del gobierno para procurarse la hegemonía ideológica y política del país e, igualmente, los programas educativos en todos los ámbitos de la educación venezolana que propician la constitución de un Sistema Educativo Bolivariano, basado en la exclusiva idea del Socialismo del Siglo XXI, mediante el cual se subsane la carencia épica de la revolución bolivariana socialista y se construya con la ideologización forzada, sin consideración alguna por la libertad académica, la pluralidad de las ideas y la autonomía universitaria, el mito fundacional del denominado Socialismo del Siglo XXI.

25 noviembre 2007

No puede ser sometido a referendo constitucional una reforma que usurpa el poder constituyente de los venezolanos

Por Cecilia Sosa Gómez

1. La Constitución NO permite aplicar un procedimiento distinto al establecido en ella para su reforma.
2. La reforma de la Constitución es un simple poder de revisión mientras que si se trata de alterar sus principios sólo el poder constituyente lo puede efectuar. El poder de revisión está sometido al constituyente.
3. Por referendo constitucional no puede cambiarse la estructura y los principios de la Constitución
4. Conclusión.


1. La Constitución NO permite aplicar un procedimiento distinto al establecido en ella para su reforma.

Cada vez es más frecuente encontrar en sentencias nacionales la influencia de las de otros países. Las provisiones constitucionales varían de una Constitución a otra, la estructura, por ejemplo, del sistema judicial puede diferir, pero las ideas y principios en que se fundan son los mismos. En este sentido, la interpretación y revisión constitucional ejercida por los Tribunales constitucionales –en Venezuela, Sala Constitucional del TSJ- ha jugado un rol importante en la construcción de un derecho constitucional de valores compartidos por las sociedades democráticas. Cada vez se percibe más el rol y la importancia del “préstamo constitucional”, ya no solo en el transplante o adaptación de instituciones de una Constitución a otra, sino en la influencia de sentencias extranjeras en las nacionales, cuando los criterios interpretativos contenidos en una sentencia cruza la frontera de un tribunal constitucional y se aloja en la de otro país.
La Sala Constitucional del TSJ no ha sido ajena a este fenómeno, pero con una variante importante, no usa la sentencia importada como línea argumentativa, sino mediante citas textuales las utiliza como prueba de la correcta argumentación de la Sala Constitucional. Frecuentemente encontramos en sus decisiones citas textuales de párrafos completos o parciales de sentencias de tribunales constitucionales extranjeros, preferentemente del español y el alemán.
En su necesidad de mostrar la seriedad y autoridad de su argumentación la Sala Constitucional ha ido más lejos al sentenciar, es más común encontrar citas textuales de autores que consideran autoridad de excepción en algún punto de derecho que está resolviendo. Esto implica asumir como propia no solo la cita sino la argumentación y la doctrina que subyace o desarrolla el autor. De otra manera solo sería una descontextualización o manipulación del pensamiento o raciocinio del autor para hacer ver que con su autoridad académica avala la decisión de la Sala.
Por estas razones, he creído pertinente esta reflexión a propósito de la reciente sentencia – 06/11/2007- recaída en el expediente No 07-1282/07-1362, que resolvió las dos solicitudes de interpretación que fueron ejercidas respecto del Artículo 344 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en que se cita, entre otros autores extranjeros, a dos ampliamente conocidos entre nosotros: uno español y el otro italiano.
A los efectos de fundamentar las modificaciones constitucionales, la Sala Constitucional señala, en la sentencia en comento, que:

“Las Constituciones requieren ajustes permanentes para regular la sociedad conforme a los constantes cambios sociales y políticos que se suscitan y deben expresar los valores compartidos por la comunidad política, ello como expresión del derecho que tienen los pueblos de revisar y de reformar su Constitución. Una generación no puede sujetar a sus leyes a las generaciones futuras. Para lograr esos cambios se crean en la propia Constitución mecanismos de reforma, por lo que tales procedimientos tienen rango constitucional, lo que impide una reforma constitucional por un procedimiento distinto al previamente establecido y obliga a los órganos del Estado a la aplicación del mecanismo previsto.” (Resaltado propio)


Para dar más autoridad a su aseveración, la sentencia usa una cita del catedrático español Luís López Guerra, quien fuera Magistrado del Tribunal Constitucional del Reino de España, y Vicepresidente del Consejo General del Poder Judicial:

“(…) Las Constituciones, como la inmensa mayoría de las normas jurídicas nacen con vocación de permanencia y estabilidad: la aspiración a la seguridad y certeza de las relaciones humanas es característica común a las manifestaciones del Derecho. Pero ello no ha impedido constatar, desde un primer momento, que toda regulación, y también las constitucionales, puede alterarse en el futuro, por el cambio de las circunstancias sociales, o de la voluntad de la comunidad política”. (Cfr. Introducción al Derecho Constitucional, López Guerra Luis, Editorial Tirant Lo Blanch, Valencia, España, Capítulo III, pp. 54 y 55).

Como la cita no señala el año de publicación ni a que edición corresponde, entiendo que está tomada del libro “Derecho Constitucional”, López Guerra, Luis, en colaboración con otros autores, publicado por Lo Blanch, Valencia, España 2003 (6a edición). En este libro se trata in extenso la tensión que se presenta entre la seguridad jurídica y la necesidad de alteraciones por cambio de las circunstancias sociales o de la voluntad política, distinguiendo lo que son los ajustes e interpretaciones del texto, del cambio estructural. Correctamente distingue cuando los cambios corresponden a reforma y cuando al poder constituyente, rechaza, al igual que la mayoría de los autores, la hipótesis de admitir que por vía de reforma constitucional, se sustituya lo esencial del orden consagrado en la propia Constitución que estableció el mecanismo de su reforma.

2. La reforma de la Constitución es un simple poder de revisión mientras que si se trata de alterar sus principios sólo el poder constituyente lo puede efectuar. El poder de revisión está sometido al constituyente.

El Poder Constituyente Originario no concibe que él mismo, titular de este máximo poder del Estado, renuncie a su ejercicio como tal, de manera que si dicta normas para la reforma de los preceptos que aprueba, no puede admitir que, simplemente por medio de un proceso de reforma, se sustituya la esencia del ideal de derecho generador e inspirador del texto. El poder constituyente derivado no elimina ni se sustituye en el originario, como lo ha hecho el Presidente de la República con su iniciativa de Reforma Constitucional y la Asamblea Nacional con la aprobación, modificación de dicho proyecto ya sea adicionando artículos o temas, tal como se puede apreciar en el cuadro comparativo que anexo.
La propia sentencia en comento lo reconoce cuando sostiene: “De allí que las Constituciones escritas contengan, como regla general previsiones relativas a su modificación y establezcan procedimientos específicos para ello, que suelen incluir requisitos más complejos que los exigidos para la reforma de otras normas. El cambio constitucional se efectuará dentro de unas pautas jurídicas y mediante procedimientos conocidos con antelación, que darán oportunidad a los sectores sociales involucrados para ordenar su intervención y participación.” (resaltado propio). Estos procedimientos son los contenidos en los artículos 340 a 349 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Y, el constituyente de 1999 fue muy claro al precisar que el pueblo es el depositario del poder constituyente, que en ejercicio de dicho poder puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución.

Consecuente con lo que ya ha señalado, la sentencia desarrolla el principio de la interpretación restrictiva de los artículos relacionados a los cambios de la Constitución, de manera que:

“(…) la interpretación que se realice en relación con tales pautas jurídicas debe ser restrictiva en el sentido de que por un lado debe estar orientada a garantizar la viabilidad de la participación de esos sectores sociales, pero también a evitar que a través de ese mecanismo para la reforma se transforme en fácil cauce para intentar legitimar con un supuesto consenso popular, lo que no es en sustancia sino la imposición de la voluntad de una minoría.” (resaltado propio)

En orden de enfatizar la importancia del derecho político de participación, acertadamente el sentenciador acertadamente lo fundamenta en el principio de la soberanía popular (el artículo 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela), la cual reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en el Texto Constitucional y en las leyes, e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen el Poder Público. Para dar más fuerza a este argumento, cita la sentencia un párrafo del Prof. Norberto Bobbio, señalando que:

“En consecuencia, debe existir una indisoluble unión entre el sistema democrático y los medios de participación como desarrollo del dogma de la soberanía popular, si se quiere asegurar la efectividad del sistema democrático; al efecto, interesa resaltar lo expuesto por BOBBIO quien ha manifestado la necesidad de que la multiplicidad de centros de poder que caracterizan a las sociedades pluralistas sirvan como cauce y estímulo para la participación política de los ciudadanos (Vid. BOBBIO; Norberto; “Diccionario de Política”, Madrid, 1983, pp. 1209-1210).”

Como pareciera que de mención de autores se trata _considerados por la Sala Constitucional con la autoridad suficiente para ser citados en sus sentencias_ debemos considerar que la Sala Constitucional asume como propia la lógica argumental de Bobbio, desplegada en su “Diccionario de Política”, en colaboración con otros autores, Siglo XXI Editores, décima cuarta edición en español, 2005, México. En ella, al tratar “LAS MODIFICACIONES DE LA CONSTITUCION”, pags 326-327, señala que la Constitución está constituida por el conjunto de decisiones que se derivan de las determinaciones, explícitas o implícitas, de las fuerzas políticas que controlan el ordenamiento.
Esta Constitución y no otra, constituye el parámetro por el que se rige el Estado, de manera que el problema de sus modificaciones o transformaciones dependen de sí la evolución de los procesos sociales permiten o no reconocer la permanencia de las características de identificación, constituido por normas fundamentales que derivan y están condicionadas por el principio originario que constituye al mismo tiempo el núcleo efectivo de toda la organización constitucional. En sentido técnico, nos dice Bobbio que, si permanecen inalterados los principios fundamentales nos encontramos en presencia de un simple poder de revisión (reforma), mientras que si se sustituyen estamos en presencia de la acción de un poder constituyente. Esta distinción está claramente recogida en nuestra Constitución; mientras se trate de cambios que respetan su estructura y principios fundamentales se trata de una enmienda o reforma, pero si se trata de alterarlos, solo el poder constituyente los puede efectuar.
Si no se respeta el principio de soberanía popular y participación, en los términos precisos establecidos en los artículos 340; 342 y 347, precisados claramente en la sentencia en comento, estamos en presencia de una grave usurpación de funciones que originará la nulidad de cualesquier acto que contraríe estas disposiciones.
Bobbio es muy claro sobre este particular cuando analiza las diferencias entre reforma y poder constituyente, nos dice:

“Lo que caracteriza, en efecto, al poder constituyente es no sentirse ligado, en sus determinaciones, por un sistema jurídico preexistente: es completamente libre en la elección de sus propias finalidades. No sucede lo mismo con el poder de revisión que está limitado por lo menos por la obligación de no renunciar a los lineamientos que caracterizan el sistema jurídico vigente y que se consideran como limitaciones a su uso concreto: se reconoce que el poder de revisión está íntimamente ligado con una exigencia de garantizar una cierta Constitución, en cuanto que tiende a adaptarla, a través de procedimientos formalmente compatibles con la misma, a las nuevas exigencias, conservando sus rasgos esenciales y evitando recurrir a expedientes extrajurídicos (ajenos al ordenamiento en cuestión y que serían, en última instancia, manifestación de un poder constituyente). En sentido lógico, el poder de revisión está subordinado por lo tanto al constituyente que es el único capaz de establecer y modificar radicalmente la Constitución en sentido material. Por consiguiente, todas las veces que se encuentren modificaciones que prescinden del respeto de las líneas esenciales del ordenamiento –o sea de constitución material, que como se señala es el núcleo del mismo o su superconstitución- no se trata de un problema de aceptación de un ordenamiento preexistente sino de un nuevo ordenamiento condicionado por un poder constituyente propio. Existe, en cambio, identificabilidad cuando las modificaciones no afectan la Constitución material.”

En su línea de pensamiento Bobbio prosigue argumentando que, las modificaciones pueden configurarse de acuerdo con distintas hipótesis. Cumplen una función importante las modificaciones que se producen lentamente como consecuencia de la evolución y se realizan poco a poco en el tiempo a través de la evaluación que hacen los órganos constitucionales, la magistratura y el elemento social de los principios constitucionales.
Usualmente, estas modificaciones están consagradas en procedimientos formales que constituyen el núcleo de los procedimientos de revisión que, en algunos ordenamientos, no requieren formas distintas de las usadas para la adaptación de las leyes (Constitución flexible), en tanto que en otros se requieren formas más complejas y diferenciadas respecto de las seguidas en término medio por las leyes, y los procedimientos por lo tanto se agravan o refuerzan, dándose particular importancia a las modificaciones de la Constitución formal ( Constitución rígida, entre otras, las de Italia, España, Alemania, Venezuela).

3. Por referendo constitucional no puede cambiar la estructura y los principios de la Constitución porque así lo decidiera el Presidente de la República y la Asamblea Nacional

De la simple comparación de la propuesta de Reforma Constitucional del Presidente de la República, aprobada por la Asamblea Nacional, las modificaciones introducidas durante la discusión, y los nuevos artículos propuestos por la Asamblea aparece nítidamente que no constituyen una simple revisión ya que las características de identificación cambian fundamentalmente. Más allá de los límites para superar nuevas situaciones o para acometer las reformas propuestas que imponen modificaciones al texto constitucional, la reforma constitucional presupone que se mantienen intactas las decisiones fundamentales que configuran la identidad de la Constitución; según la Ley Fundamental, los principios consagrados en los artículos 1 a 9, estas normas derivan y están condicionadas por un principio originario (Asamblea Nacional Constituyente de 1999) que constituye al mismo tiempo el núcleo efectivo de toda la organización constitucional.
La reforma propuesta cambia la estructura y principios del Estado: deja de ser un Estado democrático y social de derecho y de justicia, para transformarse en uno socialista; igualmente se cambian las decisiones fundamentales respecto a la organización del estado-aparato, mediante utilización del principio de concentración y de separación de las distintas competencias, del principio de la paridad o de la gradación en la utilización en la utilización de las mismas; se propone la creación de una “nueva geometría del poder”, que implica la concentración del poder en manos del Presidente de la República; la soberanía popular es sustituida por el poder popular que se ejerce a través de los consejos comunales y de la comuna; el régimen de autonomías públicas y privadas es sustituido por otro en que priva y se somete lo privado a lo público, en especial toda la “Constitución económica”, dando origen a nuevas formas en la organización del estado-comunidad. Se cambia el régimen de relaciones entre estado-ordenamiento y comunidad internacional.
Una mención especial merece la nueva articulación territorial que plantea el Proyecto de Reforma Constitucional. En que en una primera etapa coexistirá la actual organización con las nuevas estructuras, hasta que sean absorbidas por las nuevas formas de organización político-territorial de origen marxista-comunista, en la que el Estado Socialista Venezolano se organiza de acuerdo a la “nueva geometría del poder”; así el Distrito Federal sustituye al Distrito Capital; los estados traspasan paulatinamente sus facultades y recursos a las nuevas organizaciones diluyéndose en ellas; las regiones marítimas, los territorios federales y los municipios federales remplazan la antigua estructura organizativa.
La unidad política primaria de la organización territorial nacional será, de acuerdo al Proyecto de Reforma, la ciudad, entendida ésta como todo asentamiento poblacional dentro del municipio, e integrada por áreas o extensiones geográficas denominadas comunas. Las comunas serán las células sociales del territorio y estarán conformadas por las comunidades, cada una de las cuales constituirá el núcleo territorial básico e indivisible del Estado Socialista Venezolano. A partir de la comunidad y la comuna, el Poder Popular desarrollará formas de agregación comunitaria político-territorial, las cuales serán reguladas en la ley nacional, y que constituyan formas de autogobierno y cualquier otra expresión de democracia directa.
La Ciudad Comunal se constituye cuando en la totalidad de su perímetro se hayan establecido las comunidades organizadas, las comunas y el autogobierno comunal. En las regiones marítimas, territorios federales, distritos federales, municipios federales, distritos insulares, provincias federales, ciudades federales y distritos funcionales, así como cualquier otra entidad que establezca esta Constitución y la ley, el Presidente o Presidenta de la República designará y removerá las autoridades respectivas, por un lapso máximo que establecerá la ley.
El proyecto propone crear distritos funcionales; la creación de un Distrito Funcional implica la elaboración y activación de una Misión Distrital con el respectivo Plan Estratégico Funcional a cargo del Gobierno Nacional, con la participación y en consulta permanente con sus habitantes. Podrá ser conformado por uno o más municipios o lotes territoriales de estos, sin perjuicio del estado al cual pertenezcan.
Igualmente, se propone la creación de las provincias federales que se conformarán como unidades de agregación y coordinación de políticas territoriales, sociales y económicas a escala regional, siempre en función de los planes estratégicos nacionales y el enfoque estratégico internacional del Estado venezolano.
Las provincias federales se constituirán pudiendo agregar indistintamente estados y municipios, sin que estos sean menoscabos en las atribuciones que esta Constitución les confiere.

CONCLUSIÓN

El Proyecto de Reforma Constitucional va a la médula del núcleo de la Constitución; es más radical y profunda la transformación propuesta que la Constitución elaborada por la Asamblea Nacional Constituyente y aprobada referendariamente el 15 de diciembre de 1999. Esta reforma elimina la identidad constitucional venezolana produciendo una discontinuidad inadmisible. En realidad se trata de ejercer el el poder constituyente, de sustituir la actual por otra nueva Constitución, al margen del orden público constitucional.

18 noviembre 2007

Blanca paloma de la Paz

Por María Walter

En el orden de las vicisitudes humanas
no es siempre la mayoría de la masa física la que decide,
sino que es la superioridad de la fuerza moral
la que inclina hacia sí la balanza política.

Simón Bolívar


Uno de los mayores daños que se le puede hacer a una República es propiciar que sus ciudadanos se enemisten entre sí, pues de esa manera, si alguna fuerza enemiga externa existiera pendiente para efectuar un ataque, dicha división le resultaría altamente ventajosa... No habría sino esperar el buen momento para irrumpir, confiando “internamente” la ceguera se nutra de la encendida emocionalidad y unos contra los otros derrumbando la posibilidad de sueños por años compartidos, faciliten camino...

Está visto, la guerra es la peor calamidad que puede vivir un pueblo, peor aún, si ésta se sucede entre hermanos; por ello, nada más alejado entonces de la verdad y la luz que la guerra, evitable gracias al raciocinio; ausente éste, como absurdo civilizatorio buscan justificarlo, caracterizándolo como tránsito indispensable a la paz futura, absurdo repetido, una y otra vez, buscando mercados, mientras tú, paloma, blanca paloma de la Paz, insistes en volar entre las multitudes. Hábiles tus giros, apenas se ven, por ello, el valor de la sensatez ha de caracterizar a quien en ejercicio del poder, guía. Si no somos capaces del entendimiento, a qué fin entonces el verbo al servicio del Hombre, a qué fin el estudio, la doctrina? Más aún, a qué fin, la pretensión de un nuevo paradigma, según se asegura de corte más humano si “exhibido en la historia futura” da al traste con la libertad, impone el uso de la fuerza, acalla las conciencias, amortaja.

Si algo trae de propio el Siglo XXI es favorecer el encuentro entre los Seres, pues, no en balde la propia Madre Tierra habla de los errores en los que consuetudinariamente se ha incurrido, por ello, estatuir un nuevo orden en este Siglo no se concibe sin el indispensable diálogo franco y fecundo pues la noción del valor de la vida colectiva ha adquirido –se supone- suficiente fuerza moral, exigiendo, la búsqueda de oportunidades de encuentro y realización humana, máxime cuando con alocados vientos y marejadas, la Tierra ya cansada de nuestros desatinos perfila lo imperioso de la Unión y la Solidaridad en la Humanidad Viviente so pena de extravío definitivo.

Cuando llegado el momento de propiciar acuerdos, en lo político, por lo contrario, se opta por caminos pedregosos, la insensatez aparece dispuesta a la trifulca, ganando adeptos, asumiendo “enemigos”. Una misma sangre / Nación / oportunidad de realización, es entonces expuesta al tropel, cual si la vida nada significara. Cual si la Libertad fuese cosa de libros y falsas militancias. Extraña manera de soñar la Patria Grande de Bolívar, extraña manera...

Por ello, el desconocimiento de la Ley, no exime de su cumplimiento.

Articulo 1 Constitucional: La República Bolivariana de Venezuela es irrevocablemente libre e independiente y fundamenta su patrimonio moral y sus valores de libertad, igualdad, justicia y paz internacional, en la doctrina de Simón Bolívar, el Libertador. Son derechos irrenunciables de la Nación: la independencia, la libertad, la soberanía, la inmunidad, la integridad del territorio y la autodeterminación nacional.

Artículo 2 Constitucional: Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Artículo 3 Constitucional: El Estado tiene como fines esenciales la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, el ejercicio democrático de la voluntad popular, la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía del cumplimiento de los principios, derechos y deberes consagrados en esta Constitución.

Artículo 4 Constitucional: La República Bolivariana de Venezuela es un Estado Federal descentralizado en los términos consagrados por esta Constitución, y se rige por los principios de integridad territorial, cooperación, solidaridad, concurrencia y corresponsabilidad.

Articulo 5 Constitucional: La Soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley, e indirectamente mediante el sufragio, por los órganos de ejerza el Poder Público. Los órganos del Estado emanan de la soberanía popular y a ella están sometidos.

Artículo 6 Constitucional: El gobierno de la Republica Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que lo componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables.

Artículo 7 Constitucional: La Constitución es la norma suprema y el fundamento del ordenamiento jurídico. Todas las personas y los órganos que ejercen el Poder Público están sujetas a esta Constitución.

La conciencia como el eco aflora, libre como hoja blanca de la historia.

Gente del Petróleo ante el fraude constitucional

Ante la nueva iniciativa del régimen militarista de imponernos mediante un procedimiento inconstitucional una nueva Carta Magna cuyo contenido representa un cambio drástico de nuestro sistema político, territorial y social, en flagrante desconocimiento de los derechos contemplados en la actual Constitución y en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Asociación Civil Gente del Petróleo fija posición ante la opinión pública:

PRIMERO: Rechazamos el proyecto de nueva Constitución por cuanto el mismo presenta aspectos que atentan contra nuestra ya precaria democracia, al preverse en su texto:

• La instauración de hecho de la presidencia vitalicia, principal motivación de esta propuesta constitucional, concentrando todo el poder en una sola persona y eliminando la alternabilidad en el ejercicio de la Presidencia de la República, con el detalle adicional que si hoy es imposible ganarle una elección al gobierno por la opacidad del CNE, mañana, con ese gigantesco poder acumulado, la reelección estará garantizada como la respuesta a una orden de la burocracia.

• La entrega del país, de manera insólita a un solo hombre para que, entre muchos controles personales, se adueñe del Poder Comunal. El Presidente de la República decidirá quienes conforman los Consejos Comunales y a quien dará los recursos. Por lo que, legalmente, si los líderes comunales no comulgan con el gobierno, queda a discreción del Presidente "darles permiso"para organizarse y por supuesto, para otorgarles los recursos.

• El retorno a la centralización, ya superada en todo el mundo menos en los países totalitarios, ya que el Presidente podrá designar gobernadores o vicepresidentes federales por su sólo deseo, anulando así la gestión de los alcaldes y gobernadores electos por el pueblo.

• La restricción de la libertad de información en momentos de excepción, que por supuesto serán determinados por el arbitrio único del Presidente de la República.

• La instauración de un sistema socio-económico socialista, basado en la propiedad y administración colectiva y estatal de medios de producción, así como la regulación por parte del Estado de las actividades económicas y sociales de distribución.

• Las restricciones al derecho de propiedad privada.

• Limitaciones en la libre iniciativa económica.

• La concentración de competencias en el Poder Ejecutivo en detrimento de los otros poderes públicos e instituciones del Estado, lo cual conllevaría a abuso de poder por parte del Ejecutivo Nacional, debido a la eliminación de los pesos y contrapesos.

• .La eliminación de la autonomía del Banco Central.

• La desigualdad de las asociaciones políticas frente a la ley.

• La instauración de un proceso de ideologización en nuestra juventud a través de un sistema educativo no plural, no acorde con los sistemas de gobiernos democráticos y participativos.

• La eliminación del sufragio universal como fuente del poder popular.

• La intención de sustituir a la Fuerza Armada por una milicia política que sea el brazo armado al servicio del régimen.

• La exclusión de la venezolanidad de sectores que han contribuido a la conformación y desarrollo de nuestra República.

• La incorporación de un sexto (6to) poder, mal llamado popular, dependiente y subyugado al Poder Ejecutivo Nacional.

SEGUNDO: En razón de los aspectos mencionados, varios de los cuales violan el Artículo 6 de la Constitución que establece que: "El gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y de las entidades políticas que lo componen es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo, responsable, pluralista y de mandatos revocables", rechazamos la realización de un Referendo sobre el proyecto mencionado, por cuanto no podemos someter a consulta pública los derechos conquistados a través de un proceso evolutivo de nuestro sistema democrático, logrado en el pasado mediante consenso de todos los sectores sociales, políticos y económicos que hacen vida en el país. La nueva Constitución, cambiaría aspectos de fondo que afectarían nuestra identidad y por lo tanto, no puede imponerse por el voto de un sector de la sociedad.

TERCERO: En el supuesto negado que los cambios propuestos gozaran de la aprobación de todos los sectores, es inadmisible aceptar la violación de la Constitución vigente, la cual establece en su texto que cuando una reforma comprenda aspectos estructurales y principios fundamentales, sólo podrá llevarse a cabo mediante una Asamblea Constituyente.

CUARTO: Hacemos un llamado a todos los sectores sociales, económicos y políticos del país a defender por todos los medios los principios y valores de nuestra sociedad, ya que no estamos ante la disyuntiva de si es o no posible ganar el Referendo con un Consejo Nacional Electoral parcializado y un Registro Electoral viciado; nos encontramos frente al hecho de que no podemos aceptar que un sector pretenda arrebatar los derechos inalienables e intransferibles de los ciudadanos.

QUINTO: La Gente del Petróleo hemos mantenido una posición permanente de respaldo y defensa de los principios y valores contenidos en la Carta Magna, los cuales se pretenden violentar mediante una reforma con el solo propósito de perpetuar al Teniente Coronel Hugo Chávez Frías en el poder.

SEXTO: En razón de lo antes enumerado surgen cuestionamientos que pudieran calificarnos de intransigentes por la conocida consigna de ¡Ni un Paso Atrás! Sin embargo, como trabajadores formados en un ambiente donde los principios y valores propios a nuestra venezolanidad siempre prevalecieron, es que preguntamos a nuestros compatriotas:

• ¿Hay que permanecer pasivos ante las reiteradas violaciones a la Constitución y a los Derechos Humanos?

• ¿Debemos participar en un Referendo cuyo origen o fundamento es violatorio del texto constitucional vigente?

• ¿Tiene sentido acudir a una consulta referendaria, la cual tendrá por objeto la legalización y legitimación de los abusos de poder en el cual ha incurrido el régimen?

SÉPTIMO: Entendemos muy bien que en política hay que ser flexibles, pero cuando se trata de la defensa de principios y valores insistimos en que no está permitido dar ¡Ni un paso atrás!
¡Presentes y comprometidos avanzando hacia la recuperación de la democracia!

Venezuela, 15 de noviembre del 2007

Pronunciamiento del INPRE, Colegios de Abogados y la CONVEPUV

Los abajo firmantes integrantes de las Juntas Directivas del Instituto de Previsión Social del Abogado, los Colegios de Abogados de Distrito Capital, de los estados Miranda, Aragua, Cojedes, Falcón, Lara, Guárico, Carabobo y de la Confederación de Profesionales Universitarios de Venezuela, ante la propuesta de modificación constitucional promovida por el Presidente de la República y la Asamblea Nacional, en nuestra condición de máximos representantes del gremio de abogados, fijamos posición pública en los términos siguientes:

Frente a la subversión del Orden Constitucional adelantado e impulsado desde la Presidencia de la República por el Teniente Coronel Hugo Chávez Frías, subversión ésta que se manifestada en la presentación de un proyecto de reforma a todas luces fraudulento y violatorio de la vigente Constitución de la República mediante el cual se pretende modificar la estructura y principios fundamentales en los cuales se basa el Contrato Social de la Nación sancionado en diciembre de 1.999, resulta ineludible para los gremios de las entidades federales aquí representadas, fijar posición frente al país y el mundo a los fines de alertar sobre el sistema autocrático y totalitario que pretende implantarse con la inconstitucional propuesta de Reforma, la cual en su esencia, pretende la legalización y constitucionalización de una dictadura autocrática y militar.

Este inconstitucional procedimiento de reforma desde sus inicios presenta los signos que han caracterizado el ejercicio de la Presidencia de la República en los últimos cinco años, a saber: control de los poderes por parte del ejecutivo, abrogando su independencia e imparcialidad; lo anterior se refleja muy especialmente en el hecho de que la Comisión Presidencial a la que se le encomendó la redacción del mismo, estuvo compuesta por los máximos representantes del Tribunal Supremo de Justicia, Asamblea Nacional, Defensoría del Pueblo, Ministerio Público, situación esta que constituye una aberración, puesto que eliminó la posibilidad de que se aplicara cualquier mecanismo de control frente a los vicios de Inconstitucionalidad e Ilegalidad del Proyecto, logrando que EL PUEBLO VENEZOLANO quedase huérfano de la protección de las instituciones del Estado que deben velar por el respeto a sus derechos y al orden constitucional.

La Asamblea Nacional , vacía de autonomía, quebró el mecanismo constitucional establecido en el Capítulo II de la Carta Fundamental. Ciega y sorda frente a los diversos sectores de la sociedad que señalaban los vicios del procedimiento seguido, hizo de la intemperancia, la soberbia y la exclusión, los signos característicos que acompañaron el "debate" del proyecto de reforma.

El Proyecto inicial y los artículos incorporados por el Poder Legislativo, contrarían el carácter progresivo de los derechos constitucionales, eliminando el derecho a la información y al debido proceso en los estados de excepción dándole carácter indefinido a los mismos; atenta contra autonomía Universitaria, los gremios, los derechos intelectuales; elimina la representación de la sociedad civil en el Comité de Evaluaciones para designar a los integrantes del Poder Ciudadano; aumenta los porcentajes requeridos para la solicitud de convocatoria de los referendos constitucionales restándole poder al pueblo; esto también expresado en la llamada nueva geometría del poder que no es más que la designación de autoridades no mediante el ejercicio del derecho al voto, sino por voluntad del Presidente de la República; limita el derecho a la propiedad privada, socava la autonomía del poder judicial cuando establece que los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia serán designados y/o revocados con el voto de la mayoría simple de los diputados de la Asamblea Nacional; suprime la descentralización y sustituye a los Municipios y a los Estados por órganos del Poder Popular designados por el Ejecutivo Nacional; y le da carácter indefinido a los mismos; le quita el carácter Institucional y Profesional a la Fuerza Armada Nacional ara convertirla en milicias al servicio de un partido político; elimina la autonomía del Banco Central de Venezuela para dejar en manos del Ejecutivo la política monetaria del país. En definitiva la propuesta constituye una regresión en los logros alcanzados en materia de Derechos Humanos violándose así la Constitución vigente y los Tratados Internacionales sucritos por el país.

En nuestra condición de abogados, lamentamos profundamente que siendo el Poder Judicial, de los Poderes del Estado el llamado a guardar el equilibrio institucional, obligados a asegurar la integridad de la Constitución, la supremacía y efectividad de las normas y principios constitucionales, ha abjurado de su condición de tal, porque pese a los recursos interpuestos para preservar el referido Orden Constitucional y legal violentados por el Ejecutivo y el Legislativo, no existe pronunciamiento alguno en este sentido, encontrándonos que la magistrada Presidenta del TSJ, Luisa Estella Morales, ni siquiera por ética profesional se ha inhibido en las causas planteadas, a pesar de ser un hecho público y notorio su parcialidad frente al proyecto de reforma constitucional.

Esta Reforma es moral y jurídicamente inaceptable de sancionarse la misma Venezuela entrará nuevamente al siglo XIX, el de la guerra fratricida, el de la violación de los derechos humanos, el de la discriminación por causas políticas y del colapso económico . De ser aprobada perderán autonomía los poderes del Estado y el Pueblo perderá su poder de decisión ante los poderes públicos, se perderá la transparencia en la administración de los recursos del estado, el derecho a la elección de la actividad económica que decida cada ciudadano, entre otros Derechos Humanos.

Venezuela no necesita de una reforma constitucional, sino de Vigencia Constitucional, de un gobierno probo, eficiente, transparente en sus actos, responsable en el ejercicio de la función pública, con sometimiento pleno a la ley y al derecho, íntegramente comprometido al servicio de los venezolanos sin exclusión alguna . Porque hoy los venezolanos están cansados de nueve años de promesas incumplidas y mas que una reforma constitucional que perpetúe en el poder al Presidente de la República exige: el combate efectivo contra el flagelo de la inseguridad, la reactivación del aparato productivo para que genere empleo estable, las leyes de seguridad social engavetadas en el parlamento, lucha contra el alto costo de la vida, viviendas dignas, educación de calidad para todos los venezolanos implementada conforme al plan de desarrollo del país, servicio integral de salud de primera; Este país tiene los recursos naturales y humanos necesarios para lograr su pleno desarrollo.

Venezuela no debe apostar nuevamente a las patas del caballo de un nuevo caudillo militar el Pueblo Venezolano, el pueblo venezolano luchó y derramó su sangre para que quedaran en el pasado los regímenes autocráticos y militaristas que desolaron a la Nación como lo fueron los de Monagas, Guzmán Blanco, Gómez y Pérez Jiménez; y esto lo decimos, porque es por demás evidente que el objetivo principal y casi único de la reforma planteada por el Presidente es su reelección indefinida, es decir, la entronización en el siglo XXI, no de un socialismo democrático sino del mas avasallante caudillismo autocrático y militarista que creíamos desaparecido en Venezuela y el continente.

No a la Reforma debe ser el motivo y el objetivo que una a todos los ciudadanos de este país, porque debe evitarse a toda costa que Venezuela deje de ser un estado democrático y social de derecho y de justicia que propugna como valores de su ordenamiento jurídico la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Hacemos nuestras las palabras de la Conferencia Episcopal Venezolana en el sentido que "…debemos tener claro que el verdadero sujeto de la Constitución es el pueblo, no el Estado y menos aún el gobierno; por eso ella debe expresar el acuerdo de todos los sectores, corrientes e ideologías. No puede ser la consagración de las ideas o propósitos políticos de un determinado grupo partidista. Consiguientemente, una modificación de la "Carta Magna" debe apoyarse en el mayor consenso posible...".

Por último, como lo han hecho otras instituciones, exhortamos a los Poderes Públicos a suspender el curso de una propuesta de cambio constitucional que ha generado en el país un clima de enfrentamientos lo conminamos a convocar a las organizaciones políticas, sociales representativas de los empresarios y de los trabajadores, a los gremios profesionales, las universidades, dirigentes vecinales, las organizaciones no gubernamentales y a otros sectores sociales para proponerles un acuerdo mínimo sobre los temas en discusión, e igualmente proponemos al Gobierno Nacional que de continuar en su propósito de cambiar el texto constitucional lo haga a través de la convocatoria a la Asamblea Nacional Constituyente de modo que el nuevo texto resulte del consenso político y social que merece el pueblo de Venezuela.

Por último les recordamos que el Pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario,; en ejercicio de ese poder debe decir NO A CUALQUIER ACTO que pretenda hacer perder la vigencia de la actual Constitución por medios no previstos en ella.

Valencia 02 de noviembre de 2007.

Luis Gonzalez Blanco, (Psdte. Inpreabogado), Yvett Lugo (Prsdta.Colegio Dtto. Capital), Letty Piedrahita (Psdta. Colegio Miranda), Cergio Cuevas (Psdte Colegio de Portuguesa), Wilmer Pereira (Psdte. Colegio Falcón), Henry Alviares (Psdte. Colegio Lara), Rosalino Medina (Psdte. Colegio Aragua), Roberto Anderi (Psdte. Colegio Cojedes), Luis Calderón (Psdte. Colegio Anzoátegui), Mary de Mudesa(Colegio Guárico), Orlando Velásquez (Psdte. Colegio Sucre), Pedro Arévalo (Psdte. Nueva Esparta), Mario Torres (Psdte. Colegio Zulia), Eliseo Moreno (Psdte. Colegio Mérida), Jesús Ramos (Psdte. Colegio Monagas), Rafael Veloz (Psdte. Confepuv), Adelba Taffin (Psdta. Colegio Carabobo), José Dionisio Morales (Psdte. Tribunal Disciplinario Carabobo), Nobis Rodríguez, Gustavo Correa, Karelly Lizarraga, Hugo Suárez P. (Vicepresidente, secretario, tesorera y bibliotecaria de Colegio de Carabobo), acompañados de los abogados Virginia Rodríguez, Danila Guglielmetti, Josefina Herrera, Mayela Fonseca, Marieles Damiani, Germán González, Nelly Soriano, Elia Damiani, Mary Martín, Amarilis Mota, Lenis Márquez, Carlos Omaña, Miguel Díaz, Carmen Lisser, Carmen García, Soraya Rivero, Juan Molinari, Mayela Fonseca, Nellys Reyes, Alfonso Granadillo, entre otros.

La reforma constitucional sería un golpe de Estado ejecutado por medios aparentemente democráticos

RELIAL

Respaldo a la lucha del pueblo de Venezuela por recuperar su democracia

Nosotros, organizaciones integrantes de la Red Liberal de América Latina (RELIAL) e instituciones amigas, preocupados ante la evidente amenaza que se cierne contra la democracia venezolana por la reforma constitucional promovida por el gobierno del Teniente Coronel Hugo Chávez Frías, declaramos:

El atropello sistemático y creciente del régimen chavista a la libertad de pensamiento y expresión, a las libertades políticas, a la propiedad y a la integridad física de los venezolanos, se expresan ahora en una inconstitucional reforma de la Constitución venezolana cuyo único propósito es la eliminación del sistema de libertades políticas y económicas que han disfrutado los venezolanos desde 1958. Dicha reforma condensa los siguientes atropellos a libertades básicas reconocidas en el derecho internacional:

1. Elimina el principio de tolerancia y la diversidad de pensamiento político, a través de la creación de un estado de vocación socialista. Es decir, la consolidación del pensamiento único es la negación misma de la democracia.

2. Elimina el principio de alternabilidad política, a través de la habilitación al Presidente de la República, para poder optar a la magistratura presidencial sin limitación alguna. Esta inclusión, que atenta contra la tradición republicana venezolana, es evidencia clara de la vocación dictatorial de la reforma propuesta.

3. Elimina libertades fundamentales sin las cuales es inconcebible la práctica de la democracia; entre ellas, la libertad de expresión y la libertad de información, al controlar especialmente la televisión, y promueve la desaparición de las organizaciones sociales autónomas como los sindicatos, los gremios, las asociaciones estudiantiles, la autonomía universitaria, así como la mayoría de las agrupaciones de la sociedad civil.

4. Elimina derechos humanos sin los cuales es impensable la creación de riqueza social. En particular, suprime la libertad económica, que es garantía en el derecho a ejercer la iniciativa propia para actuar en la economía, y a la justa remuneración por la contribución social resultante. Por el contrario, el proyecto acentúa el peso del Estado en la economía, ya desmedido, por medio de nuevas habilitaciones financieras, administrativas y económicas. Sin duda, esto someterá al venezolano común a la tutela del Estado, excluyéndolo del proceso productivo, a menos que se someta indignamente a la ideología política socialista promovida desde el gobierno, por mandato constitucional.

5. Elimina el principio de rendición de cuentas de las autoridades elegidas, al suprimir dicha obligación del mandato constitucional.

6. Elimina la propiedad privada, al crear un elenco atrabiliario de formas de propiedad colectivista, contra toda la evidencia que pone de relieve los fracasos habidos en sistemas colectivistas en otras sociedades, de lo cual existe amplia referencia.

7. Elimina el carácter profesional de las Fuerzas Armadas, lo que las convierte en una milicia ideologizada, al servicio de los intereses de Hugo Chávez y de su proyecto político personal. Con ello, se pretende militarizar la sociedad venezolana, y subordinarla a los dictados del poder militar, creando una peligrosa amenaza geopolítica que compromete la seguridad de la región.

8. Anula la representación democrática de alcaldes y gobernadores, nacida en el voto popular, por un tumultuario “Poder Popular” designado por voluntad del Presidente de la República, que no nace del voto y de procesos comiciales transparentes y plurales, es una clara muestra del talante dictatorial de esta reforma, que suprimirá la libertad de los ciudadanos y el funcionamiento independiente de las instituciones.

9. Elimina la autonomía del Banco Central, con lo que éste se convierte en la caja chica del gobierno, aumentando dramáticamente el riesgo de que los venezolanos vean confiscado el fruto de su trabajo mediante la emisión inflacionaria irresponsable del gobernante.

10. Viola el principio de libertad de enseñanza, ya que pretende convertir a la educación formalmente en una herramienta de adoctrinamiento de todos los jóvenes.

Estos cambios, y otros, que suprimen el sistema de libertades democráticas en Venezuela apelan a mecanismos inconstitucionales, que no son aceptadas por la gran mayoría del pueblo venezolano. En lugar de haber sido preparadas por una Asamblea Nacional Constituyente, con representación de la verdadera correlación de fuerzas políticas de la sociedad venezolana, ellas han sido concebidas sin consulta alguna a las fuerzas vivas de la sociedad. Por el contrario, el régimen que gobierna a Venezuela ha actuado con evidente talante fascista, agrediendo física y moralmente cualquier expresión de disidencia, por conducto de grupos de facinerosos y provocadores vinculados al régimen, y medios oficiales.

Por lo anterior, la pretendida reforma constitucional aludida no sería más que un golpe de Estado ejecutado por medios aparentemente democráticos. Esto constituye un acto más de la nueva modalidad asumida por gobiernos de corte autoritario y populista en Latinoamérica, de apelar a medios ofrecidos por la democracia, para subvertirla hasta hacerla irreconocible.

Con estas reformas, el régimen presidido por el presidente Chávez pretende acabar con la democracia venezolana y consolidar su modelo político antidemocrático y represivo de las libertades, torciendo el propósito de la ley y los medios de expresión popular aceptados en democracia. Ello constituye un funesto ejemplo para otros populistas dentro de la región, y un claro elemento desestabilizador de las democracias latinoamericanas, con peligrosos efectos desestabilizadores de la paz regional.

Todas estas reformas constituyen una afrenta contra los principios y derechos contenidos en la Carta de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, de la cual Venezuela forma parte. Asimismo, contradicen el espíritu de libertades consagrado en el Sistema Interamericano, representado en la OEA y el Pacto de San José.
En función de lo anterior, declaramos nuestro absoluto rechazo a las pretensiones del régimen del presidente Chávez de reformar la Constitución venezolana aprobada por el pueblo de Venezuela en 1999. En especial, apoyamos la valiente posición asumida por la juventud venezolana, quien en digna representación democrática del Pueblo venezolano, se enfrenta en las calles con arrojo a la represión del régimen presidido por el Teniente Coronel Hugo Chávez Frías.

Venezuela:
Centro de Divulgación del Conocimiento Económico para la Libertad

Argentina:
Red Libertad
Fundación Atlas 1853
Fundación Cívico-Republicana
Instituto para la Gestión
Recrear para el Crecimiento
Partido Primero la Gente

Bolivia:
Fundación Libertad y Democracia
Notoria: Agenda para una sociedad libre

Brasil:
Instituto de Estudios Empresariais
Instituto Liberdade
Democratas, Rio Grande do Sul
Instituto de Estudos Avançados
Juventude Democratas

Chile:
Instituto Libertad y Desarrollo

Colombia:
Instituto de Ciencia Política

Costa Rica:
Movimiento Libertario
Asociación Nacional de Fomento Económico
Instituto para la Libertad y el Análisis de Políticas
Asociación de Consumidores Libres
Instituto Libertad

Cuba:
Unión Liberal de la República de Cuba
Unión Liberal Cubana

El Salvador:
Alianza Republicana Nacionalista

Ecuador
Instituto Ecuatoriano de Economía Política
Instituto para la Libertad
Coordinadora para la Inversión y el Trabajo Ecuador

Guatemala:
Movimiento Reformador
Instituto CIVICA

Honduras:
Red de Exbecarios de la Fundación Friedrich Naumann

México:
Centro de Investigaciones para el Desarrollo
Partido Nueva Alianza
Contrapeso

Nicaragua:
Alianza Liberal Nicaragüense

Panamá:
Fundación Libertad

Paraguay:
Fundación Libertad

Perú:
Partido Justicia Nacional
Instituto de Estudios de la Acción Humana
Instituto Político para la Libertad
Vanguardia Liberal
Perú Liberal
Centro de Estudios Públicos del Perú

Uruguay:
Círculo Liberal
Instituciones cooperantes:
Fundación Iberoamérica Europa (España)
Hispanic American Center for Economic Research (EE.UU.)
Instituciones que lo suscriben de forma solidaria:
Movimiento Demócrata Liberal (Venezuela)
Movimiento Republicano (Venezuela)
Espacio Civil (Venezuela)
Organización por la Democracia Liberal en Venezuela (Venezuela)
Sociedad Mundial del Futuro (Venezuela)
Centro para la Apertura y el Desarrollo de América Latina (Argentina)
LiberPress (Argentina)
Generación Democrática (Argentina)
Instituto Millenium (Brasil)
Centro de Estudios Interamericanos (Brasil)
Instituto Libertad (Chile)
Partido Liberal Nacional Cubano (Cuba)
Frente para la Libertad Total de Cuba (Cuba)
Movimiento Libertario (Ecuador)
Llibertat i Democràcia (Catalunya/España)
Grupo de Estudios Estratégicos (España)
Foro Aragón Liberal (España)
Canarias Liberal (España)
Centro para la Prosperidad Global – The Independent Institute (EE.UU.)
Asociación Europea Cuba Libre (Francia)
Instituto Veritas (Honduras)
Centro de Investigaciones sobre la Libre Empresa (México)
Asuntos Capitales (México)
Instituto Cultural Ludwig von Mises (México)
Instituto Libre Acción (Perú)
Asociación Sociedad Civil – Clase Media (Perú)
Instituto Voz y Voto (Perú)
La Libertad (Uruguay)
Fundación Libertad (Uruguay)

Personalidades que respaldan la declaración:
Ignacio de León (Venezuela)
Carlos Sabino (Venezuela/Argentina)
José Luis Cordeiro (Venezuela)
Aixa Armas (Venezuela)
Elena Blanco (Venezuela)
Carlos R. Padilla L. (Venezuela)
Manuel R. Rivas G. (Venezuela)
Julio Albarrán (Venezuela)
Jose M. Berroteran T. (Venezuela)
Raúl Amiel (Venezuela)
Gamal Sol (Venezuela)
Rodolfo Cortéz (Venezuela)
Carlos Pulido (Venezuela)
Ricardo López Göttig (Argentina)
Daniel A. Darrieux (Argentina)
Ángel Soto (Chile)
Hans Peter Müller Rätzer (Colombia)
Oscar Alvarez Araya (Costa Rica)
Carlos Alberto Montaner (Cuba)
Josep Soler (Catalunya/España)
Laurent Muller (Francia)
Isaac Katz (México)
Luis F. Aguilar (México)
Eugenio D’Medina (Perú)
Gerard Giglio Malinaric (Perú)
Alfredo Reyna Valentín (Perú)
Álvaro Pinto Cárdenas (Perú)
Manuel Calloquispe Flores (Perú)
Diego Martínez García (Uruguay)
Bernardo Massa (Uruguay)
Hernán Bonilla (Uruguay)

Responsable de la publicación: Ignacio de León (CEDICE)
Información de prensa: Víctor H. Becerra
victor.becerra@fnst.org
Tel. (+5255) 5550 1039 Ciudad de México
Fax. (+5255) 5550 6223
Skype: vnaumann2
http://www.relial.org/

El Consejo Nacional de Laicos ante el proyecto de Reforma Constitucional

Comunicado a la opinión pública

1. El Consejo Nacional de Laicos de Venezuela, movido por la reciente Exhortación Pastoral de la Conferencia Episcopal Venezolana "Estamos llamados a vivir en Libertad" se dirige a todos los venezolanos para expresar nuestra solidaridad con lo expuesto en dicha Exhortación, brindarles total apoyo a los legítimos Pastores de la Iglesia y para fijar posición sobre el proyecto de Reforma Constitucional. Por ello asumimos la responsabilidad de decir nuestra palabra como venezolanos y como católicos, guiados por los principios de la Doctrina Social de la Iglesia y por los valores de verdad, libertad y justicia.

2. La reforma constitucional que se nos propone no es una modificación parcial de nuestra carta fundamental, sino un cambio radical en ella. Lo que se nos pide aprobar son nuevas bases para la vida social, la mayor parte de las cuales contradicen los derechos humanos fundamentales de la convivencia social. Aceptar los contenidos y el procedimiento escogido en este Proyecto sería legitimarlos como si no violaran los principios y estructuras fundamentales de la vigente Constitución. No se puede ignorar además que "Todos los hombres deben estar inmunes de coacción, tanto por parte de personas particulares como de grupos sociales y de cualquier potestad humana... de tal manera que ni se obligue a nadie a obrar contra su conciencia ni se le impida que actúe conforme a ella...".

3. El procedimiento mediante el cual se ha tramitado la reforma, además de su carácter inconstitucional, es un obstáculo para que ella cumpla con los fines de solidaridad democrática que le son propios. Al efecto, cabe destacar entre otros, los siguientes aspectos: La elaboración del proyecto en un cenáculo cerrado; su trámite apresurado por parte de la Asamblea Nacional así como, el intento de esta de modificar otras disposiciones constitucionales, violando los procedimientos establecidos en la constitución vigente; la manipulación de los recursos financieros y comunicacionales del Estado para conducir a la población a un falso dilema plebiscitario. Estos elementos objetivos resultan, por decir lo menos, difícilmente conciliables con la naturaleza nacional e incluyente que como pacto de convivencia la Constitución debe tener.

4. Aunque reconocemos algunos elementos positivos en el Proyecto, la forma global propuesta para su aprobación impediría que estos puedan ser considerados. Con la reforma que se nos propone se decidiría el marco dentro del cual se desarrollaría la vida de los venezolanos en el futuro. Decidiríamos sobre la vida de nuestros hijos: las posibilidades del desarrollo de su personalidad, su libertad, sus derechos, su trabajo, sus oportunidades. Es más que evidente que ello solo podría decidirse en el seno de una Asamblea Nacional Constituyente, sin perjuicio, desde luego, de los derechos inherentes a la dignidad de la persona humana.

5. A lo largo del articulado de la reforma propuesta se advierte un signo colectivista que contradice los valores que inspiran los procedimientos democráticos y pluralistas señalados por la Doctrina Social de la Iglesia: "... la dignidad de toda persona humana, el respeto de los derechos del hombre, la asunción del "bien común" como fin y criterio regulador de la vida política".

6. La primacía del bien común es un principio distinto en su raíz a la subordinación de la persona al colectivo. Por bien común se entiende "el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de su propia perfección". La vida social es una vía de realización de la persona y no una forma de sumisión de ésta.

7. La reforma, redefiniendo la sociedad, nos propone: la sustitución de la "defensa y desarrollo de la persona" por la comuna como "célula geo-humana"; el "Poder Popular", con los "consejos comunales", lo que evidencia una peligrosa confusión entre sociedad política y sociedad civil, desconociendo la autonomía de éstas que es la clave de su diálogo fecundo; el cambio de un "Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia" por un "Estado Socialista".

8. Las Disposiciones Fundamentales de la Constitución definen al Estado venezolano como "Democrático y Social de Derecho y de Justicia" (Art.2). El proyecto de reforma nos presenta, como un perfeccionamiento del Estado Democrático, el "Estado Socialista Venezolano", explicitado, en cambio, según la línea del castro-comunismo.

9. El proceso de descentralización, un avance democrático, sustentado en el principio de subsidiaridad, es vaciado de contenido al crearse instancias directamente dependientes del poder nacional, con atribuciones y recursos, pero sin control democrático por parte de la ciudadanía. "Con el principio de subsidiaridad contrastan las formas de centralización, de burocratización, de asistencialismo, de presencia injustificada y excesiva del Estado y del aparato público". Como bien señala Benedicto XVI: "Lo que hace falta no es un Estado que regule y domine todo, sino que generosamente reconozca y apoye, de acuerdo al principio de subsidiaridad, las iniciativas que surgen de las diversas fuerzas sociales y que unen la espontaneidad con la cercanía a los hombres necesitados de auxilio".

10. La propiedad, cuya función social está en la conciencia de la humanidad desde hace tiempo y que no es un fin sino un medio, se diluye en una aparente variedad de "formas" donde predomina exageradamente el poder económico del Estado, distorsionando las relaciones de éste con la sociedad civil, lo que genera situaciones estructurales de injusticia. Además, a la propiedad privada se la pone bajo sospecha de ilegitimidad y se la asocia en el discurso con el egoísmo, cuando en realidad es "absolutamente necesaria para la autonomía personal y familiar" y una "ampliación de la libertad humana" y se olvida que la libertad económica y la iniciativa privada ( Art.112) son un derecho inalienable que hay que promover y tutelar. "La experiencia nos muestra que la negación de tal derecho o su limitación en nombre de una pretendida "igualdad" de todos en la sociedad reduce o, sin más, destruye de hecho el espíritu de iniciativa, es decir la subjetividad creativa del ciudadano".

11. Al apreciar la Democracia no sólo como un respeto formal a las reglas, sino una aceptación convencida de los valores que la inspiran, Juan Pablo II indicaba: "Por esto mismo no puede favorecer la formación de grupos dirigentes restringidos que, por intereses particulares o por motivos ideológicos, usurpan el poder del Estado".

12. En la reforma constitucional propuesta se plantea un Estado desproporcionadamente poderoso con relación a la sociedad de la que es servidor. El predominio creciente del Poder Ejecutivo Nacional va en perjuicio de la distribución de los demás poderes y de las posibilidades reales de ejercer un control democrático por parte de los ciudadanos. Y en la cúspide del gobierno, el Presidente de la República, reelegible indefinidamente y con exagerados poderes de disposición de todos los recursos del Estado. Ello contrasta con la enseñanza sana y sabia de Juan Pablo II: "Es preferible que un poder esté equilibrado por otros poderes y otras esferas de competencia, que lo mantengan en su justo límite. Es éste el principio del "Estado de derecho", en el cual es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres".

13. Los católicos no podemos desatender el reclamo que hacen a nuestra conciencia los graves sufrimientos a causa de la injusticia de numerosos seres humanos. Nuestro deber es contribuir no a su acentuación o agravamiento, sino a reemplazarla con la justicia, más aún, "una justicia abierta al horizonte de la solidaridad y el amor" . No es verdad que haya un camino único y obligatorio, y menos si éste es uno comprobadamente ineficaz, y radicalmente injusto e inhumano. Al efecto, es oportuno recordar las palabras de un noble y valiente pastor de nuestro pueblo, Monseñor Rafael Arias Blanco, en su histórica carta de hace ya 50 años: "Entre el socialismo materialista y estatólatra, que considera al individuo como una mera pieza en la gran maquinaria del Estado, y el materializado capitalismo liberal, que no ve en el obrero sino un instrumento de producción, una máquina valiosa, productora de nuevas máquinas en su prole, está la doctrina eterna del Evangelio, que considera a cada uno de nosotros, sin distinción de clases ni de razas, como persona humana, como hijos de Dios, como base y fuente de los derechos humanos."

14. Por todo lo expuesto, concluimos que la actual propuesta no es aceptable por contradecir Derechos Humanos ineludibles. Invitamos a los católicos y a todas las personas de buena voluntad a orar, a reflexionar sobre el actual proyecto y a tomar posición, a la luz de los principios fundamentales para toda persona y para la sociedad. Sin menoscabo del deber insoslayable que tenemos de ser promotores de justicia, de reconciliación y de paz.

15. La Iglesia aprecia el sistema de la democracia en la medida en que asegura la participación de los ciudadanos en las opciones políticas. Es fundamental, por lo tanto, que se creen las condiciones para que la población pueda participar y decidir:

No por prejuicios, sino en nombre de principios.
No por defender intereses, sino para defender valores.
No a favor o en contra de un gobierno, sino por un país.
¡Es nuestro derecho como venezolanos! ¡Es nuestro deber con Venezuela!