16 diciembre 2010

Ley Antitalanquera o el cepo de la sumisión




Seguimos en la onda legislativa. Es inevitable, considerando que los hornos crematorios del hemiciclo, donde han vuelto cenizas el Estado de Derecho, los Derechos Humanos y la Democracia, no se han apagado desde el 26 de septiembre pasado, cuando la oposición le sacudió la alfombra al gobierno en las elecciones parlamentarias. Alfombra que, dicho sea de paso, cuando toque levantarla habrá que echarla a la basura, por la cantidad de mugre acumulada debajo durante estos doce años.

El último artilugio diseñado y elaborado por los artesanos del autoritarismo es una reforma parcial a la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones, mediante la adición de un nuevo capítulo que lleva por título "De los compromisos de los parlamentarios con sus electores y electoras", pero cuyo apodo no puede ser más vernáculo: "Ley Antitalanquera".

La finalidad del cepo en cuestión consiste, nada menos, en impedir que los diputados rojos rojitos cambien de color y salten la valla en el transcurso de su periodo parlamentario. O sea, que los diputados electos bajo la égida del guripa que se pasea por Miraflores no pueden, so pena de ser severamente sancionados, hacer caso de la máxima kantiana "El sabio puede cambiar de opinión. El necio, nunca", porque en el minúsculo maní tostado que tienen por cerebro no conciben ni la rectificación de sus errores, ni el disenso postraumático.

El primer párrafo de la Exposición de Motivos es espeluznante :

"La presente Reforma tiene como finalidad el establecimiento de mecanismos que obliguen a los diputados y diputadas de la Asamblea Nacional a mantener una conducta apegada al compromiso asumido con los electores y electoras y electoras (sic) de acuerdo a su programa de gestión, presentada en la campaña para la cual se postuló".

El penúltimo es sencillamente ridículo:

"En este sentido, una posición asumida en el ejercicio parlamentario que contravenga la oferta política por la cual fue electo el diputado o diputada constituye un fraude electoral a sus electores y electoras, asimismo representa una deslealtad a la organización política o movimiento social que lo respalda...".

Lo que sigue es el articulado compuesto por seis disposiciones, de las cuales citaré las que considero absolutamente inicuas por inconstitucionales:

«Artículo 30. Se considerarán conductas fraudulentas al electorado las siguientes:

1. Votar en contra de los postulados del programa de gestión presentado a los electores y electoras, en términos de su contenido programático y su orientación político-ideológica.

2. Hacer causa común con contenidos y posiciones políticas contrarias a la oferta del programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral y presentado a los electores y electoras durante la campaña electoral.

3. Hacer causa común con fuerzas políticas contrarias a los movimientos sociales u organización políticas que respaldaron el programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral.

4. Separarse del Grupo Parlamentario de Opinión perteneciente a la organización política o social que lo postuló, para integrar o formar otro Grupo Parlamentario de Opinión contrarios al programa de gestión consignado ante el Consejo Nacional Electoral.

Artículo 31. Todo fraude a los electores y electoras con base a lo señalado en los artículos precedentes podrá conllevar a la suspensión o inhabilitación parcial o total del diputado o diputada previa solicitud de los ciudadanos o un diputado en representación del Grupo Parlamentario de Opinión al cual pertenece..."».

Esta bribonada, suscrita por la crema y nata de la intransigencia nacional, refleja sin ambages la ulceración intestinal del partido oficialista y, en consecuencia, la indigerible certeza que tienen los chavistas sectarios de que, a partir del 4 de enero de 2011, no serían pocos los parlamentarios de su propio bando que estarían dispuestos a "saltar la talanquera" o, cuando menos, a propiciar el diálogo y hasta el consenso en proyectos legislativos y otras propuestas que presentaran sus colegas opositores.

En definitiva, de lo que se trata es de establecer mecanismos que obliguen a los diputados a mantener una conducta apegada al compromiso adquirido con Hugo Chávez y su revolución, mediante la sumisión y la obediencia ciega e irreflexiva a todas sus exigencias en materia legislativa, tal como se han sometido los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, la mayoría de los jueces de la República, la Fiscal General, el Contralor General y la Defensora del Pueblo.

El procedimiento para aplicar las sanciones de suspensión o inhabilitación parcial o total al diputado que desobedezca las órdenes del jefe o que apoye una moción contraria a los intereses de éste, convertirá la "previa solicitud de los ciudadanos o de un diputado en representación del Grupo Parlamentario de Opinión al cual pertenece" en una trampa cazabobos, porque, o bien elaboran una falsa petición firmada por unos cuantos lamebotas, o bien se ahorran esta molestia con cualquier pretexto y uno de ellos se ofrece en plan de voluntario enterrador.

Comoquiera que sea, la "Ley Antitalanquera" es una ley anticonstitucional por autoritaria.

Texto de la Reforma de la Ley de Partidos Políticos, Reuniones Públicas y Manifestaciones.

La imagen es una caricatura -editada- de Eneko

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